Por todos los medios y todas las fuentes, le han advertido a los mandatarios regionales sobre la necesidad de cumplir con la Ley de Garantías, un mecanismo para evitar que los recursos públicos sean destinados para favorecer a las campañas políticas con miras a las elecciones de gobernadores, alcaldes, diputados ,concejales y ediles el próximo […]
Por todos los medios y todas las fuentes, le han advertido a los mandatarios regionales sobre la necesidad de cumplir con la Ley de Garantías, un mecanismo para evitar que los recursos públicos sean destinados para favorecer a las campañas políticas con miras a las elecciones de gobernadores, alcaldes, diputados ,concejales y ediles el próximo 25 de octubre.
El siete de abril la Procuraduría General de la Nación emitió la circular 005 de 2015, con las recomendaciones en materia de contratación y demás restricciones en aplicación de la Ley de Garantías Electorales, con ocasión a los proceso electorales de 2015. Ahora lo hace Colombia Eficiente (ente rector del sistema de compras y contratación pública) con su circular número 18, con la que también recuerda a los gobernadores y alcaldes la prohibición de celebrar contratos o convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos cuatro meses antes de las elecciones, de acuerdo con la Ley 996 de 2005.
Tantas advertencias son por algo. La Misión de Observación Electoral –MOE- ya ha alertado sobre varios municipios donde hay riesgos electorales, la mayoría por trashumancia. El mismo riesgo se puede correr si existen irregularidades en la contratación con el propósito politiquero de beneficiar alguna campaña.
Es oportuno que se haga tanta publicidad a este tema. El próximo 25 de junio comienza a regir la Ley de Garantías y lo único que se espera de las administraciones municipales y departamentales es que cumplan la ley, y que sean transparentes en la contratación que hayan hecho previamente a esa fecha.
La norma indica que “cuatro meses antes de las elecciones, ninguna entidad estatal del orden territorial puede celebrar convenios o contratos interadministrativos para ejecutar los recursos públicos “sin importar la naturaleza o el orden nacional o territorial de la otra entidad contratante”. Esta prohibición opera entre el 25 de junio y el 26 de octubre, es decir la prohibición termina el día siguiente de la jornada electoral para elegir gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles para el periodo 2016 – 2020”.
EL PILÓN insiste en la necesidad de que los organismos de control pongan la lupa más cerca de la contratación, no solo por la Ley de Garantías, sino porque queda abierta la contratación directa y por ahí generalmente se favorecen intereses políticos.
Por todos los medios y todas las fuentes, le han advertido a los mandatarios regionales sobre la necesidad de cumplir con la Ley de Garantías, un mecanismo para evitar que los recursos públicos sean destinados para favorecer a las campañas políticas con miras a las elecciones de gobernadores, alcaldes, diputados ,concejales y ediles el próximo […]
Por todos los medios y todas las fuentes, le han advertido a los mandatarios regionales sobre la necesidad de cumplir con la Ley de Garantías, un mecanismo para evitar que los recursos públicos sean destinados para favorecer a las campañas políticas con miras a las elecciones de gobernadores, alcaldes, diputados ,concejales y ediles el próximo 25 de octubre.
El siete de abril la Procuraduría General de la Nación emitió la circular 005 de 2015, con las recomendaciones en materia de contratación y demás restricciones en aplicación de la Ley de Garantías Electorales, con ocasión a los proceso electorales de 2015. Ahora lo hace Colombia Eficiente (ente rector del sistema de compras y contratación pública) con su circular número 18, con la que también recuerda a los gobernadores y alcaldes la prohibición de celebrar contratos o convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos cuatro meses antes de las elecciones, de acuerdo con la Ley 996 de 2005.
Tantas advertencias son por algo. La Misión de Observación Electoral –MOE- ya ha alertado sobre varios municipios donde hay riesgos electorales, la mayoría por trashumancia. El mismo riesgo se puede correr si existen irregularidades en la contratación con el propósito politiquero de beneficiar alguna campaña.
Es oportuno que se haga tanta publicidad a este tema. El próximo 25 de junio comienza a regir la Ley de Garantías y lo único que se espera de las administraciones municipales y departamentales es que cumplan la ley, y que sean transparentes en la contratación que hayan hecho previamente a esa fecha.
La norma indica que “cuatro meses antes de las elecciones, ninguna entidad estatal del orden territorial puede celebrar convenios o contratos interadministrativos para ejecutar los recursos públicos “sin importar la naturaleza o el orden nacional o territorial de la otra entidad contratante”. Esta prohibición opera entre el 25 de junio y el 26 de octubre, es decir la prohibición termina el día siguiente de la jornada electoral para elegir gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles para el periodo 2016 – 2020”.
EL PILÓN insiste en la necesidad de que los organismos de control pongan la lupa más cerca de la contratación, no solo por la Ley de Garantías, sino porque queda abierta la contratación directa y por ahí generalmente se favorecen intereses políticos.