Que el común de las gentes afectadas por el desastre Space hagan declaraciones inapropiadas al respecto de la culpabilidad del curador urbano que expidió la licencia de construcción, es entendible por su impotencia ante la falta de información del estado acerca de la responsabilidad sobreviniente en este caso, pero que sobre este mismo hecho ocurran […]
Que el común de las gentes afectadas por el desastre Space hagan declaraciones inapropiadas al respecto de la culpabilidad del curador urbano que expidió la licencia de construcción, es entendible por su impotencia ante la falta de información del estado acerca de la responsabilidad sobreviniente en este caso, pero que sobre este mismo hecho ocurran tan graves acusaciones, sobretodo de personajes que se supone son jurisconsultos como el exvicepresidente Angelino Garzón, el exministro Luis Felipe Henao y ahora Federico Gutiérrez Zuluaga, actual alcalde de Medellín, quienes en su oportunidad se refirieron al caso Space, queda uno tan desconcertado por las injusticias pronunciadas, que lo que provoca inmediatamente es salir a los medios en defensa de aquellas personas que injustamente son puestas en la picota pública.
Escuchando las declaraciones del alcalde de Medellín sobre el curador del Space, que luego de ser absuelto por los estrados judiciales se volvió a presentar en el concurso de méritos ganándose el cargo de curador con el mejor puntaje en el concurso de méritos más reciente, quedé impávido ante las recomendaciones públicas del burgomaestre donde requería que el profesional se abstuviera de ocupar el cargo por mantener ante la comunidad una dudosa moral administrativa con su reprochable conducta, en una clara demostración verbal de desacato al fallo judicial que dispensó de toda culpa al exservidor público y que el alcalde obligatoriamente tenía que aceptar.
Además de parecerme irrespetuosa su actitud, la cual debería rectificar, me pareció que, igual que el exvicepresidente y el exministro, se expresó sin tener conocimiento de causa porque al parecer ninguno de ellos sabía de las funciones que desempeñaba este curador, puesto que está demostrado que acertadamente aplicó el Artículo 18 de la ley 400/97 en el sentido de que el edificio por tener más de 3.000.00 m2 de área construida, debería someterse a una supervisión técnica de acuerdo con lo establecido, pero se exceptuaba el caso en que el curador podría exonerar de la supervisión a aquellos titulares que, demostrando su idoneidad, solvencia moral y económica, establecían sistemas de control de calidad total cumpliendo con todos los requisitos exigidos.
Esta norma no la inventó el curador. La empresa constructora de Space estaba certificada de calidad y por tanto tenía derecho de la exoneración del requisito previo sin que por ello se le eximiera de la responsabilidad de sus actuaciones y por dicho motivo cualquier falla estructural que se presentara siempre seguiría bajo la responsabilidad profesional del diseñador estructural, de la empresa constructora y principalmente de la Alcaldía de Medellín que no cumplió con el seguimiento de control físico urbano ni exigió en su oportunidad el permiso de ocupación del inmueble debidamente tramitado. Y en esa misma ignorancia se mantiene la justicia, pues no conozco aún que se le haya abierto investigación penal al alcalde de Medellín, cuya moralidad administrativa está seriamente comprometida por su posible responsabilidad solidaria en la reparación a la cual se verá sometido el Estado por los daños patrimoniales y de vidas humanas que causará su omisión.
Que el común de las gentes afectadas por el desastre Space hagan declaraciones inapropiadas al respecto de la culpabilidad del curador urbano que expidió la licencia de construcción, es entendible por su impotencia ante la falta de información del estado acerca de la responsabilidad sobreviniente en este caso, pero que sobre este mismo hecho ocurran […]
Que el común de las gentes afectadas por el desastre Space hagan declaraciones inapropiadas al respecto de la culpabilidad del curador urbano que expidió la licencia de construcción, es entendible por su impotencia ante la falta de información del estado acerca de la responsabilidad sobreviniente en este caso, pero que sobre este mismo hecho ocurran tan graves acusaciones, sobretodo de personajes que se supone son jurisconsultos como el exvicepresidente Angelino Garzón, el exministro Luis Felipe Henao y ahora Federico Gutiérrez Zuluaga, actual alcalde de Medellín, quienes en su oportunidad se refirieron al caso Space, queda uno tan desconcertado por las injusticias pronunciadas, que lo que provoca inmediatamente es salir a los medios en defensa de aquellas personas que injustamente son puestas en la picota pública.
Escuchando las declaraciones del alcalde de Medellín sobre el curador del Space, que luego de ser absuelto por los estrados judiciales se volvió a presentar en el concurso de méritos ganándose el cargo de curador con el mejor puntaje en el concurso de méritos más reciente, quedé impávido ante las recomendaciones públicas del burgomaestre donde requería que el profesional se abstuviera de ocupar el cargo por mantener ante la comunidad una dudosa moral administrativa con su reprochable conducta, en una clara demostración verbal de desacato al fallo judicial que dispensó de toda culpa al exservidor público y que el alcalde obligatoriamente tenía que aceptar.
Además de parecerme irrespetuosa su actitud, la cual debería rectificar, me pareció que, igual que el exvicepresidente y el exministro, se expresó sin tener conocimiento de causa porque al parecer ninguno de ellos sabía de las funciones que desempeñaba este curador, puesto que está demostrado que acertadamente aplicó el Artículo 18 de la ley 400/97 en el sentido de que el edificio por tener más de 3.000.00 m2 de área construida, debería someterse a una supervisión técnica de acuerdo con lo establecido, pero se exceptuaba el caso en que el curador podría exonerar de la supervisión a aquellos titulares que, demostrando su idoneidad, solvencia moral y económica, establecían sistemas de control de calidad total cumpliendo con todos los requisitos exigidos.
Esta norma no la inventó el curador. La empresa constructora de Space estaba certificada de calidad y por tanto tenía derecho de la exoneración del requisito previo sin que por ello se le eximiera de la responsabilidad de sus actuaciones y por dicho motivo cualquier falla estructural que se presentara siempre seguiría bajo la responsabilidad profesional del diseñador estructural, de la empresa constructora y principalmente de la Alcaldía de Medellín que no cumplió con el seguimiento de control físico urbano ni exigió en su oportunidad el permiso de ocupación del inmueble debidamente tramitado. Y en esa misma ignorancia se mantiene la justicia, pues no conozco aún que se le haya abierto investigación penal al alcalde de Medellín, cuya moralidad administrativa está seriamente comprometida por su posible responsabilidad solidaria en la reparación a la cual se verá sometido el Estado por los daños patrimoniales y de vidas humanas que causará su omisión.