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Columnista - 3 noviembre, 2021

La Corte Penal Internacional y las víctimas

La visita a Colombia de la máxima autoridad de la Corte Penal Internacional (CPI), el fiscal Karim Khan, ha originado toda clase de comentarios y suspicacias por el cierre preliminar del Examen de la CPI sobre la situación de Colombia, lo que, como estudioso de la situación de protección de los derechos humanos de las […]

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La visita a Colombia de la máxima autoridad de la Corte Penal Internacional (CPI), el fiscal Karim Khan, ha originado toda clase de comentarios y suspicacias por el cierre preliminar del Examen de la CPI sobre la situación de Colombia, lo que, como estudioso de la situación de protección de los derechos humanos de las víctimas, veo necesario ampliar a la luz del Estatuto de Roma.

La CPI es un órgano judicial independiente con competencia para juzgar, y como tribunal permanente juzgará los crímenes de genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión.

 Con vocación universal, de carácter complementario respecto de las jurisdicciones nacionales, fue creada mediante Tratado Internacional por el Estatuto de Roma, adoptado el 17 de julio de 1998, con sede en La Haya, Holanda, con competencia para juzgar a los individuos supuestos responsables de haber cometido genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. Colombia aceptó la competencia del citado Estatuto en el año 2002, mediante Decreto 2764 de noviembre 26.

De acuerdo con el principio de Complementariedad Activa, según las declaraciones dadas por el fiscal Karim Khan, a Colombia se le cierran los 17 años de observación para intervención de la CPI por estos cinco temas:  paramilitarismo, ‘falsos positivos’, violencia sexual en el conflicto armado, desplazamiento forzado y tránsito de la justicia ordinaria a la JEP.

El cierre preliminar se determina en virtud del desempeño eficaz del Alto Tribunal de Justicia Transicional conocido como la JEP durante tres años, en los que ha dado resultados que nunca mostró la justicia ordinaria en Colombia. 

Y destacan en el acuerdo firmado entre el fiscal Karim Khan y el presidente Iván Duque, lo siguiente: “Reconociendo con aprecio el firme compromiso del Gobierno de Colombia con las diferentes pero interconectadas jurisdicciones que comprenden el sistema de justicia ordinario, el mecanismo de la Ley de Justicia y Paz y la Jurisdicción Especial para la Paz, y en particular con la salvaguarda del marco legislativo y de las asignaciones presupuestarias requeridas para su implementación”. 

Aunque el gobierno fue quien solicitó la visita del fiscal de la CPI, es importante destacar que ha sido este mismo gobierno quien ha realizado y puesto todos los obstáculos a través del partido de Gobierno (que es el Centro Democrático) para eliminar la JEP. Es así como hoy está cursando un Proyecto de Ley que lo demuestra flagrantemente, liderado por el representante a la Cámara del Centro Democrático Gabriel Vallejo.

El cierre preliminar que la CPI ha hecho no promueve que haya impunidad en cuanto a los delitos arriba enunciados, ni tampoco desconocimiento de los derechos de las víctimas. Si el Ejecutivo o el partido de gobierno (a través del Congreso) profieren un ataque a la JEP, en cualquier sentido, este último Acuerdo faculta a la JEP por el canal directo con la CPI -no el diplomático- para comunicarlo en forma inmediata y, entonces, habría intervención directa de la CPI.

Las víctimas no deben ser ignoradas, y por eso debe denunciarse ante la CPI cualquier violación a sus derechos, y respetar la implementación de las curules ordenadas para ellas en el Acuerdo de la Habana y, en consecuencia, un hijo de un exparamilitar no puede ocupar asiento en un alto cargo relacionado con los Derechos Humanos, sin que ello sea considerado como una afrenta para las víctimas del paramilitarismo. La JEP es inmodificable, ya que ella es un sistema de justicia transicional que está dentro del bloque de constitucionalidad nuestro. Nos corresponde, como ciudadanos, estar atentos ante cualquier ataque que el Partido de Gobierno –Centro Democrático– pretenda o promueva en contra de esta jurisdicción -única que ha hecho visible a las víctimas-, y que permanezca mientras se obtiene la Verdad, la Justicia, la Reparación y la no Repetición.

Columnista
3 noviembre, 2021

La Corte Penal Internacional y las víctimas

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Alfredo Saade Vergel

La visita a Colombia de la máxima autoridad de la Corte Penal Internacional (CPI), el fiscal Karim Khan, ha originado toda clase de comentarios y suspicacias por el cierre preliminar del Examen de la CPI sobre la situación de Colombia, lo que, como estudioso de la situación de protección de los derechos humanos de las […]


La visita a Colombia de la máxima autoridad de la Corte Penal Internacional (CPI), el fiscal Karim Khan, ha originado toda clase de comentarios y suspicacias por el cierre preliminar del Examen de la CPI sobre la situación de Colombia, lo que, como estudioso de la situación de protección de los derechos humanos de las víctimas, veo necesario ampliar a la luz del Estatuto de Roma.

La CPI es un órgano judicial independiente con competencia para juzgar, y como tribunal permanente juzgará los crímenes de genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión.

 Con vocación universal, de carácter complementario respecto de las jurisdicciones nacionales, fue creada mediante Tratado Internacional por el Estatuto de Roma, adoptado el 17 de julio de 1998, con sede en La Haya, Holanda, con competencia para juzgar a los individuos supuestos responsables de haber cometido genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. Colombia aceptó la competencia del citado Estatuto en el año 2002, mediante Decreto 2764 de noviembre 26.

De acuerdo con el principio de Complementariedad Activa, según las declaraciones dadas por el fiscal Karim Khan, a Colombia se le cierran los 17 años de observación para intervención de la CPI por estos cinco temas:  paramilitarismo, ‘falsos positivos’, violencia sexual en el conflicto armado, desplazamiento forzado y tránsito de la justicia ordinaria a la JEP.

El cierre preliminar se determina en virtud del desempeño eficaz del Alto Tribunal de Justicia Transicional conocido como la JEP durante tres años, en los que ha dado resultados que nunca mostró la justicia ordinaria en Colombia. 

Y destacan en el acuerdo firmado entre el fiscal Karim Khan y el presidente Iván Duque, lo siguiente: “Reconociendo con aprecio el firme compromiso del Gobierno de Colombia con las diferentes pero interconectadas jurisdicciones que comprenden el sistema de justicia ordinario, el mecanismo de la Ley de Justicia y Paz y la Jurisdicción Especial para la Paz, y en particular con la salvaguarda del marco legislativo y de las asignaciones presupuestarias requeridas para su implementación”. 

Aunque el gobierno fue quien solicitó la visita del fiscal de la CPI, es importante destacar que ha sido este mismo gobierno quien ha realizado y puesto todos los obstáculos a través del partido de Gobierno (que es el Centro Democrático) para eliminar la JEP. Es así como hoy está cursando un Proyecto de Ley que lo demuestra flagrantemente, liderado por el representante a la Cámara del Centro Democrático Gabriel Vallejo.

El cierre preliminar que la CPI ha hecho no promueve que haya impunidad en cuanto a los delitos arriba enunciados, ni tampoco desconocimiento de los derechos de las víctimas. Si el Ejecutivo o el partido de gobierno (a través del Congreso) profieren un ataque a la JEP, en cualquier sentido, este último Acuerdo faculta a la JEP por el canal directo con la CPI -no el diplomático- para comunicarlo en forma inmediata y, entonces, habría intervención directa de la CPI.

Las víctimas no deben ser ignoradas, y por eso debe denunciarse ante la CPI cualquier violación a sus derechos, y respetar la implementación de las curules ordenadas para ellas en el Acuerdo de la Habana y, en consecuencia, un hijo de un exparamilitar no puede ocupar asiento en un alto cargo relacionado con los Derechos Humanos, sin que ello sea considerado como una afrenta para las víctimas del paramilitarismo. La JEP es inmodificable, ya que ella es un sistema de justicia transicional que está dentro del bloque de constitucionalidad nuestro. Nos corresponde, como ciudadanos, estar atentos ante cualquier ataque que el Partido de Gobierno –Centro Democrático– pretenda o promueva en contra de esta jurisdicción -única que ha hecho visible a las víctimas-, y que permanezca mientras se obtiene la Verdad, la Justicia, la Reparación y la no Repetición.