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Columnista - 27 mayo, 2014

La Conciliación

En Colombia existen Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC)que se traducen en formas consensuadas de resolver las controversias sin necesidad de la intervención de un Juez. Es pues una opción para resolver los conflictos de una manera rápida, eficiente y eficaz con plenos efectos legales.Pura justicia alternativa. Uno de esos MASC es el instrumento […]

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En Colombia existen Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC)que se traducen en formas consensuadas de resolver las controversias sin necesidad de la intervención de un Juez. Es pues una opción para resolver los conflictos de una manera rápida, eficiente y eficaz con plenos efectos legales.Pura justicia alternativa.

Uno de esos MASC es el instrumento de la Conciliación. Ud, amable lector, encontrará aquí ideas básicas sobre este importante instituto jurídico, como medio alternativo de solución pacífica de los conflictos.

En apretada síntesis,la conciliación, es una forma de solución de los conflictos, en virtud de la cual las partes del mismo, ante un tercero (conciliador) contrastan sus respectivas pretensiones tratando de llegar a un acuerdo que elimine la posible disputa judicial. Los conciliadores muestran caminos, señalan alternativas y siempre con el norte de colaborar en una solución concertada.

Brevemente y en contexto una de las características de la conciliación es la de que son las partes las que recurren a un tercero (conciliador prudente pero no vacilante ni mucho menos ambiguo) para que los ayude a resolver un conflicto. Este tercero no decide, se limita a proponer caminos o propiciar escenarios para la solución del conflicto y son las partes las que acuerdan lo que estimen conveniente. Aquí el ejercicio dialectico posibilita encontrar un final feliz en la solución de las controversias.

La actividad conciliadora carece de formalidad, es un acto informal por excelencia, por eso se ha convertido en una herramienta flexible, empero nada quita al conciliador que tenga su propia método para lograr el éxito que se ha propuesto al iniciar su labor conciliadora. Convocar y unir para superar las diferencias.

La conciliación puede ser judicial o extrajudicial. La primera si se realiza al interior de un proceso judicial. La segunda si se lleva a cabo antes o por fuera de un proceso de esa naturaleza y se trasunta en la denominada conciliación extrajudicial en derecho que se refiere a que se puede conciliar todos las materias que sean susceptibles de transacción y desistimiento de contenido económico.

La cámara de comercio de Valledupar, creó desde hace años atrás, un organizado centro de conciliación y arbitraje, autorizado por el Ministerio del Interior y de Justicia.Recientemente se inauguró la nueva sede del Centro de Conciliación y Arbitraje con unas instalaciones amables y confortables que sin duda alguna invitaran a conciliar las diferencias, es decir, para reconciliarnos en espacios apropiados.

Por último, por mi parte he sido capacitado y autorizado para asumir la condición de abogado conciliador en virtud a que la Cámara de Comercio de Valledupar y la Universidad de Santander organizaron con esmero la actividad académica para obtener el entrenamiento y la habilidad debida a través de experimentados capacitadores de la Cámara de Comercio de Bogotá. La perspectiva de un hombre visiblemente multiactivo como José Luis UronMárquez y de un académico como Carlos Morón Cuello se conjugó para procurar la formación idónea de selectos grupos de conciliadores en la ciudad.Uron MárquezPresidente Ejecutivo de la cámara de comercio, sin duda se ha erigido especial y penetrantemente paradigmático; Morón Cuello Rector de La UDESsiempre en misión constructivista. Loas a los dos.

Columnista
27 mayo, 2014

La Conciliación

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Hugo Mendoza

En Colombia existen Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC)que se traducen en formas consensuadas de resolver las controversias sin necesidad de la intervención de un Juez. Es pues una opción para resolver los conflictos de una manera rápida, eficiente y eficaz con plenos efectos legales.Pura justicia alternativa. Uno de esos MASC es el instrumento […]


En Colombia existen Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC)que se traducen en formas consensuadas de resolver las controversias sin necesidad de la intervención de un Juez. Es pues una opción para resolver los conflictos de una manera rápida, eficiente y eficaz con plenos efectos legales.Pura justicia alternativa.

Uno de esos MASC es el instrumento de la Conciliación. Ud, amable lector, encontrará aquí ideas básicas sobre este importante instituto jurídico, como medio alternativo de solución pacífica de los conflictos.

En apretada síntesis,la conciliación, es una forma de solución de los conflictos, en virtud de la cual las partes del mismo, ante un tercero (conciliador) contrastan sus respectivas pretensiones tratando de llegar a un acuerdo que elimine la posible disputa judicial. Los conciliadores muestran caminos, señalan alternativas y siempre con el norte de colaborar en una solución concertada.

Brevemente y en contexto una de las características de la conciliación es la de que son las partes las que recurren a un tercero (conciliador prudente pero no vacilante ni mucho menos ambiguo) para que los ayude a resolver un conflicto. Este tercero no decide, se limita a proponer caminos o propiciar escenarios para la solución del conflicto y son las partes las que acuerdan lo que estimen conveniente. Aquí el ejercicio dialectico posibilita encontrar un final feliz en la solución de las controversias.

La actividad conciliadora carece de formalidad, es un acto informal por excelencia, por eso se ha convertido en una herramienta flexible, empero nada quita al conciliador que tenga su propia método para lograr el éxito que se ha propuesto al iniciar su labor conciliadora. Convocar y unir para superar las diferencias.

La conciliación puede ser judicial o extrajudicial. La primera si se realiza al interior de un proceso judicial. La segunda si se lleva a cabo antes o por fuera de un proceso de esa naturaleza y se trasunta en la denominada conciliación extrajudicial en derecho que se refiere a que se puede conciliar todos las materias que sean susceptibles de transacción y desistimiento de contenido económico.

La cámara de comercio de Valledupar, creó desde hace años atrás, un organizado centro de conciliación y arbitraje, autorizado por el Ministerio del Interior y de Justicia.Recientemente se inauguró la nueva sede del Centro de Conciliación y Arbitraje con unas instalaciones amables y confortables que sin duda alguna invitaran a conciliar las diferencias, es decir, para reconciliarnos en espacios apropiados.

Por último, por mi parte he sido capacitado y autorizado para asumir la condición de abogado conciliador en virtud a que la Cámara de Comercio de Valledupar y la Universidad de Santander organizaron con esmero la actividad académica para obtener el entrenamiento y la habilidad debida a través de experimentados capacitadores de la Cámara de Comercio de Bogotá. La perspectiva de un hombre visiblemente multiactivo como José Luis UronMárquez y de un académico como Carlos Morón Cuello se conjugó para procurar la formación idónea de selectos grupos de conciliadores en la ciudad.Uron MárquezPresidente Ejecutivo de la cámara de comercio, sin duda se ha erigido especial y penetrantemente paradigmático; Morón Cuello Rector de La UDESsiempre en misión constructivista. Loas a los dos.