La togada habría considerado no estar probada la causal manifestada por la Fiscalía sobre la ausencia de la mujer en los hechos indagados.
El Juzgado Primero Penal del Circuito con funciones de Conocimiento negó la solicitud de preclusión que la Fiscalía 9 seccional pidió para dar por terminada el proceso de judicialización que se adelanta en contra de Aurelis María Alvarado Rodríguez, la mujer señalada de asesinar a su marido en medio de una discusión en el corregimiento de Mariangola, jurisdicción de Valledupar.
La togada habría considerado no estar probada la causal invocada por el ente acusador, que realizó la petición el pasado 19 de septiembre bajo el Artículo 332 con ítems cinco en el Código de Procedimiento Penal, el cual indica que presuntamente la incriminada no habría estado en el lugar de los hechos investigados.
Lea aquí también: Encarcelan a mujer por muerte de su marido
Ante el dictamen del juez, el fiscal del caso apeló la decisión que tendrá que ser revisada en segunda instancia por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de esta ciudad.
Las autoridades acusaron a Alvarado a inicios de abril de ser presuntamente la fémina que asesinó al jornalero Pablo Miranda en una residencia localizada en el barrio La Ceiba del corregimiento.
Según los indicios, ese día el hombre habría tenido una discusión con una mujer, procediendo a sacar su arma de perdigones para “su defensa”. Sin embrago, lo que provoca es un forcejeo entre las partes que ocasiona que se salga el disparo que lo deja sin vida por una herida en el cuello.
La togada habría considerado no estar probada la causal manifestada por la Fiscalía sobre la ausencia de la mujer en los hechos indagados.
El Juzgado Primero Penal del Circuito con funciones de Conocimiento negó la solicitud de preclusión que la Fiscalía 9 seccional pidió para dar por terminada el proceso de judicialización que se adelanta en contra de Aurelis María Alvarado Rodríguez, la mujer señalada de asesinar a su marido en medio de una discusión en el corregimiento de Mariangola, jurisdicción de Valledupar.
La togada habría considerado no estar probada la causal invocada por el ente acusador, que realizó la petición el pasado 19 de septiembre bajo el Artículo 332 con ítems cinco en el Código de Procedimiento Penal, el cual indica que presuntamente la incriminada no habría estado en el lugar de los hechos investigados.
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Según los indicios, ese día el hombre habría tenido una discusión con una mujer, procediendo a sacar su arma de perdigones para “su defensa”. Sin embrago, lo que provoca es un forcejeo entre las partes que ocasiona que se salga el disparo que lo deja sin vida por una herida en el cuello.