Hoy se completan tres días desde que la gobernación del Cesar debió escoger un nuevo director para el hospital Rosario Pumarejo de López. A pesar del vencimiento de esta fecha todavía no hay un escogido y el procedimiento ha estado rodeado de inconvenientes.
Hoy se completan tres días desde que la gobernación del Cesar debió escoger un nuevo director para el hospital Rosario Pumarejo de López. A pesar del vencimiento de esta fecha todavía no hay un escogido y el procedimiento ha estado rodeado de inconvenientes.
Ayer se conoció que en el Juzgado Segundo del Circuito, reposa desde esta semana, una nueva tutela, esta vez, encontra de la terna que le fue presentada días atrás al gobernador del Cesar, Luis Alberto Monsalvo Gnecco. Según la misma, uno de los aspirantes exige su derecho a estar dentro de la tripleta presentada al máximo mandatario del departamento.
Así las cosas, ya casi se completan los cuatro meses desde que el hospital más representativo del departamento, se mantiene acéfalo. Esta situación, preocupa a la comunidad en general que no ve una pronta solución a esta selección.
Por estos días las cosas continúan igual. Hay que recordar que en días pasados la Junta Directiva del hospital, a través del acuerdo 0202 del 31 de diciembre de 2012, le dio facultades a Nelvis Isabel Bolívar Campo, como gerente encargada de la entidad.
Además, esta misma junta le dio facultades para contratar 85 mil 700 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Un porcentaje importante del presupuesto hospitalario.
No fue destituido
Por otra parte, en relación a este mismo tema, Alex Sandro Mindiola, exgerente de este hospital, aclaró que no fue destituido por la Procuraduría ni por ningún otro ente de control y que según lo manifestado por algunos medios en este sentido, afecta su buen nombre y dignidad.
Mindiola aseguró que no existió ningún tipo de sanción disciplinaria sobre este servidor público y que su caso no entra dentro de lo que estipula el artículo 44 de la Ley 734 de 2002 del Código Único Disciplinario. “Destitución e inhabilidad general, para las faltas gravísimas dolosas o relacionadas con culpa gravísima (…)”
Hoy se completan tres días desde que la gobernación del Cesar debió escoger un nuevo director para el hospital Rosario Pumarejo de López. A pesar del vencimiento de esta fecha todavía no hay un escogido y el procedimiento ha estado rodeado de inconvenientes.
Hoy se completan tres días desde que la gobernación del Cesar debió escoger un nuevo director para el hospital Rosario Pumarejo de López. A pesar del vencimiento de esta fecha todavía no hay un escogido y el procedimiento ha estado rodeado de inconvenientes.
Ayer se conoció que en el Juzgado Segundo del Circuito, reposa desde esta semana, una nueva tutela, esta vez, encontra de la terna que le fue presentada días atrás al gobernador del Cesar, Luis Alberto Monsalvo Gnecco. Según la misma, uno de los aspirantes exige su derecho a estar dentro de la tripleta presentada al máximo mandatario del departamento.
Así las cosas, ya casi se completan los cuatro meses desde que el hospital más representativo del departamento, se mantiene acéfalo. Esta situación, preocupa a la comunidad en general que no ve una pronta solución a esta selección.
Por estos días las cosas continúan igual. Hay que recordar que en días pasados la Junta Directiva del hospital, a través del acuerdo 0202 del 31 de diciembre de 2012, le dio facultades a Nelvis Isabel Bolívar Campo, como gerente encargada de la entidad.
Además, esta misma junta le dio facultades para contratar 85 mil 700 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Un porcentaje importante del presupuesto hospitalario.
No fue destituido
Por otra parte, en relación a este mismo tema, Alex Sandro Mindiola, exgerente de este hospital, aclaró que no fue destituido por la Procuraduría ni por ningún otro ente de control y que según lo manifestado por algunos medios en este sentido, afecta su buen nombre y dignidad.
Mindiola aseguró que no existió ningún tipo de sanción disciplinaria sobre este servidor público y que su caso no entra dentro de lo que estipula el artículo 44 de la Ley 734 de 2002 del Código Único Disciplinario. “Destitución e inhabilidad general, para las faltas gravísimas dolosas o relacionadas con culpa gravísima (…)”