La Corte Constitucional dejó sin efecto una parte del artículo 3 de la Ley 739 de 2002 que obligaba a todas las instituciones educativas públicas y privadas del Cesar a dictar la materia del vallenato. La decisión del alto tribunal está fundamentada en que no se puede forzar a los estudiantes a recibir determinada formación musical y cultural.
La demanda fue instaurada el año pasado por tres estudiantes de derecho que consideran que la medida que busca promover la música de acordeón en el departamento del Cesar era una acción inconstitucional.
Los estudiantes Diógenes Armando Pino Sanjur, del municipio de Tamalameque, Edelmira Martínez Lozano, oriunda de Barbosa Santander y Eguis Palma Esquivel, de Pelaya, consideran que esta medida desconoce la idiosincrasia propia de cada región.






