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Atienden situación de segundos ocupantes de tierra

La Unidad de Restitución de Tierras empezó a realizar acciones para contrarrestar la problemática de segundos ocupantes.

Atienden situación de segundos ocupantes de tierra

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El proceso de restitución no ha sido fácil y poco a poco avanza en distintas partes del país, sin embargo, hay una problemática a la cual están atacando desde la Unidad de Restitución de Tierras y es la situación de los segundos ocupantes; en la intervención de la Unidad se ha identificado que muchas veces se encuentran con la figura del opositor tipo Tuto Castro, Jorge 40 o Codazzi, la empresa extractiva, el despojador como tal, quienes eran los que se beneficiaban con el desplazamiento masivo.

No obstante, con el paso del tiempo ha aparecido en el proceso de restitución la figura del segundo ocupante, que no son más que personas en condiciones de vulnerabilidad a los cuales la Corte Constitucional llama “pobres históricos” que no han tenido acceso a tierra o han sido víctimas de hechos no asociados al predio pero que llegan desplazados de otras zonas del país.
En el marco normativo de la Ley 1448 no se previó esa problemática pero se permitió establecer unas condiciones especiales a los solicitantes para tratar de reducir el desequilibrio que había entre ellos para que se pudiera construir una estrategia ya que no estaba en lo estipulado en la norma.

Hoy la Unidad de Restitución busca la manera de afrontar esta situación sin un nuevo conflicto social y sin hacerle daño a las personas en condiciones de vulnerabilidad teniendo en cuenta que muchas de esas personas sustentan su ingreso del predio donde hoy están viviendo y que al ser catalogados como pobres históricos deben ser sujetos de especial atención por parte del Estado.
Fabián Oyaga Martínez, director encargado de la Unidad de Restitución territorial Cesar-Guajira dijo “hemos implementado una estrategia de intervención para esas personas hoy estamos con la Defensoría del Pueblo porque una de las grandes preocupaciones es cómo garantizamos que las personas que están en el predio en el trámite judicial pudieran tener apoderamiento de manera adecuada, pudieran demostrar cómo llegaron al predio y la buena fe, en ese sentido los primeros hallazgos era que por la condiciones de pobres históricos no se les daba la condición de representarse o apoderarse, lo que hicimos fue decirle a la Defensoría del Pueblo que es la encargada del apoderamiento judicial, se garantice la representación jurídica de estas personas y se realiza un acompañamiento por parte de la Unidad, esta directriz la dieron de manera conjunta el Director Nacional de la Unidad de Restitución y el Defensor del Pueblo a nivel nacional donde ambas instituciones asumen compromisos, no solamente el de apoderamiento, sino acompañamiento, identificación de condiciones de vulnerabilidad, se hace una visita al predio y se conoce todo el proceso”.

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