El Juzgado Sexto Civil Municipal protegió los derechos fundamentales al debido proceso, al trabajo y al mínimo vital de José Mario Fuentes Peñate y ordenó a la Alcaldía de Valledupar suspender los efectos del artículo primero y del literal C del artículo tercero del polémico decreto 108 del 11 de abril de 2014, el cual prohíbe eventos alternos al Festival Vallenato en la inauguración y clausura del certamen.
El artículo primero que ordena suspender el juez habla de prohibir la autorización y expedición de toda clase de permisos para la realización de eventos públicos masivos en Valledupar durante los días 29 y tres de mayor en sitios distintos a los lugares donde se desarrollan los eventos culturales y artísticos programados por la Fundación del Festival Vallenato; mientras que el literal C se refiere a las venta ambulantes en lugares adyacentes al parque de la Leyenda Consuelo Araújo Noguera y en sitios no autorizados por el Municipio.
El fallo fue enviado a la Procuraduría General de la Nación para que garantice los derechos fundamentales al debido proceso, la igualdad ante la lee, el derecho al trabajo, al mínimo vital de subsistencia y el principio de confianza legítima del accionante, por lo que el Ministerio Público este martesenvió una actuación preventiva al Municipio de Valledupar.






