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El Vallenato - 27 abril, 2024

Estas son las restricciones para motocicletas durante el Festival Vallenato: habrá sanciones

La medida empieza a regir el 30 de abril a las 7:00 de la noche.

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La Alcaldía de Valledupar, a través del decreto 000572 del 24 de abril de 2024 estableció las restricciones para motocicletas durante la celebración de la edición 57 del Festival de la Leyenda Vallenata, que se realizará del 30 de abril al 4 de mayo.

La medida restringe la circulación de toda clase de motocicletas, cualquiera que sea su cilindraje, del 30 de abril al 4 de mayo del 2024, en el horario de 7:00 de la noche hasta las 6:00 de la mañana del día siguiente.

La medida exceptúa a los miembros de la fuerza pública, autoridades de tránsito, organismos de seguridad del estado, empresas de seguridad privada legalmente constituidas, organismos de socorro y periodistas, siempre y cuando se encuentren en ejercicio de sus funciones, quienes deben estar debidamente identificados. Asimismo, dentro de las excepciones cobija a las empresas de mensajería legalmente constituida.

MULTAS

Las personas que incumplan el decreto se les inmovilizará la motocicleta y se le impondrá una multa de 15 salarios mínimos diarios vigentes (salarios mínimos diarios vigente). El infractor asumirá el costo de grúa y parqueo, de conformidad al principio de proporcionalidad de la infracción de la medida.

El Vallenato
27 abril, 2024

Estas son las restricciones para motocicletas durante el Festival Vallenato: habrá sanciones

La medida empieza a regir el 30 de abril a las 7:00 de la noche.


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La Alcaldía de Valledupar, a través del decreto 000572 del 24 de abril de 2024 estableció las restricciones para motocicletas durante la celebración de la edición 57 del Festival de la Leyenda Vallenata, que se realizará del 30 de abril al 4 de mayo.

La medida restringe la circulación de toda clase de motocicletas, cualquiera que sea su cilindraje, del 30 de abril al 4 de mayo del 2024, en el horario de 7:00 de la noche hasta las 6:00 de la mañana del día siguiente.

La medida exceptúa a los miembros de la fuerza pública, autoridades de tránsito, organismos de seguridad del estado, empresas de seguridad privada legalmente constituidas, organismos de socorro y periodistas, siempre y cuando se encuentren en ejercicio de sus funciones, quienes deben estar debidamente identificados. Asimismo, dentro de las excepciones cobija a las empresas de mensajería legalmente constituida.

MULTAS

Las personas que incumplan el decreto se les inmovilizará la motocicleta y se le impondrá una multa de 15 salarios mínimos diarios vigentes (salarios mínimos diarios vigente). El infractor asumirá el costo de grúa y parqueo, de conformidad al principio de proporcionalidad de la infracción de la medida.