El contrato de prestación de servicio de acuerdo a legislación colombiana es cuando se contrata a una persona natural o jurídica para que preste un servicio a cambio de una remuneración que generalmente se denomina honorario. Este servicio puede ser de carácter profesional, técnico o de cualquier otra índole.
Desde su entrada en vigor estos contratos han generado controversia, toda vez que han sido utilizados por una inmensa mayoría de empleadores y contratantes para evadir las garantías laborares; por consiguiente, el contratista debe asumir el pago de su seguridad social, parafiscales, no contará con el reconocimiento de prestaciones sociales entre otros beneficios laborales.
El presidente Petro desde su campaña prometió acabar con estos contratos de prestación de servicio en aras de salvaguardar las garantías laborales a los ciudadanos, es por ello, que ya electo, mediante una directriz del DAFP y la ESAP, estableció que los contratos de prestación se hagan únicamente en casos donde sean estrictamente necesarios y estos solo se podrán firmar hasta abril de 2023, en el marco del plan de formalización laboral del empleo público.
















