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Política - 16 mayo, 2013

Es falsa la orden de expropiaciones para el Estadio de Valledupar

No hay orden de expropiación de lotes en el barrio Pablo Sexto. Lo que hay es un proceso de negociación para adquirir de manera concertada los predios para construir el estadio.

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Por: Pepe Morón Reales 
[email protected] 

El Asesor Jurídico del Departamento, Jaime Parejo, explicó los avances del proceso administrativo que se inició para lograr la enajenación voluntaria de los 24 predios mencionados en relación con la construcción del nuevo estadio de futbol. 

De esta manera, el funcionario señaló que las únicas resoluciones que se han expedido son las de oferta de compra, enviadas a los propietarios en las que se indica el precio de indemnización propuesto por la Gobernación y que está hecho con base en el avalúo de la Sociedad Colombiana de Arquitectos, según lo explicó el funcionario; una vez notificados, se les invita a una audiencia o reunión de negociación, que es el escenario de contacto  directo, en el cual los propietarios tienen la oportunidad de plantear al gobierno sus requerimientos de pago y las pruebas para demostrar los eventuales perjuicios por los que esperan ser indemnizados. 

Por otra parte, Fuentes Pumarejo expresó que "en estos momentos, nos encontramos justo en esa etapa de negociación voluntaria, para la cual la ley otorga 30 días hábiles a partir de la fecha de notificación de la oferta de compra  a los propietarios”. Sin embargo, aclaró que la expropiación es un recurso final que otorga la ley 388 del 97 cuando no se llega a acuerdo entre las partes; pero tienen instrucciones precisas del Gobernador Luis Alberto Monsalvo de hacer una negociación sin traumatismos.

Política
16 mayo, 2013

Es falsa la orden de expropiaciones para el Estadio de Valledupar

No hay orden de expropiación de lotes en el barrio Pablo Sexto. Lo que hay es un proceso de negociación para adquirir de manera concertada los predios para construir el estadio.


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El Asesor Jurídico del Departamento, Jaime Parejo, explicó los avances del proceso administrativo que se inició para lograr la enajenación voluntaria de los 24 predios mencionados en relación con la construcción del nuevo estadio de futbol. 

De esta manera, el funcionario señaló que las únicas resoluciones que se han expedido son las de oferta de compra, enviadas a los propietarios en las que se indica el precio de indemnización propuesto por la Gobernación y que está hecho con base en el avalúo de la Sociedad Colombiana de Arquitectos, según lo explicó el funcionario; una vez notificados, se les invita a una audiencia o reunión de negociación, que es el escenario de contacto  directo, en el cual los propietarios tienen la oportunidad de plantear al gobierno sus requerimientos de pago y las pruebas para demostrar los eventuales perjuicios por los que esperan ser indemnizados. 

Por otra parte, Fuentes Pumarejo expresó que "en estos momentos, nos encontramos justo en esa etapa de negociación voluntaria, para la cual la ley otorga 30 días hábiles a partir de la fecha de notificación de la oferta de compra  a los propietarios”. Sin embargo, aclaró que la expropiación es un recurso final que otorga la ley 388 del 97 cuando no se llega a acuerdo entre las partes; pero tienen instrucciones precisas del Gobernador Luis Alberto Monsalvo de hacer una negociación sin traumatismos.