Aunque el artículo 170 de la Ley 136 de 1994 direcciona a los concejos municipales a elegir personeros dentro de los diez primeros días del mes de enero del año en que inicia su periodo constitucional, en cinco municipios del Cesar las corporaciones no han elegido personero.
Las razones son diferentes, pero están relacionadas con cuestionamientos sobre los procesos.
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