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Columnista - 18 febrero, 2019

El trabajo Informal

La generación de empleo se ha convertido en el dolor de cabeza de los mandatarios, y en especial los alcaldes. Para demostrarlo solo basta con ver los pobres resultados de la actual administración, evidenciados en la pasada rendición de cuentas. Parece que los esfuerzos de emprendimiento no han logrado absorber, ni con mucho, la creciente […]

La generación de empleo se ha convertido en el dolor de cabeza de los mandatarios, y en especial los alcaldes. Para demostrarlo solo basta con ver los pobres resultados de la actual administración, evidenciados en la pasada rendición de cuentas. Parece que los esfuerzos de emprendimiento no han logrado absorber, ni con mucho, la creciente demanda de empleo formal de los vallenatos. Ante esta situación, y a fin de paliar las necesidades cotidianas, se abre paso la informalidad. Es así como de un tiempo para acá proliferan las ollas de comida en las esquinas o la venta de minutos a celular, lotería, verduras, transporte ilegal, libros, cuadernos, discos compactos y un largo etcétera. Fenómenos que eufemísticamente llamamos “rebusque”, pero que vistas bien las cosas constituyen una competencia ilegal respecto de las empresas legalmente constituidas, asfixiándolas hasta hacerlas perecer.

Que el municipio de Valledupar ocupe el deshonroso cuarto lugar en materia de desempleo después de Armenia, Cúcuta y Quibdó con un vergonzoso 11.6 % según el DANE, es la consecuencia lógica de una pobre oferta laboral. Ahora bien, ante esta situación, y contrario a lo que pudiera pensarse, las entidades públicas en general y los entes territoriales en particular, también se han visto obligados a ofertar empleos informales (¡!). Es así como para complacer a la clientela se acuden a prácticas irregulares como son las llamadas nóminas paralelas, o las O.P.S. (Órdenes de Prestación de Servicios), en virtud de la cual se contrata por un corto tiempo a un trabajador, cualificado o no, para que cumpla con funciones permanentes, sin que la entidad pública contratante le reconozca sus prestaciones sociales, a las que tendría derecho, si el empleo se rigiera por un contrato laboral.

La Corte Constitucional, en fallo T-723 de 2016, expresó que solo hay una forma de contratación y es la prevista en la Ley 80 de 1993, tildando a las OPS como una forma de desnaturalizar los contratos laborales, y de desdibujar una relación laboral existente, pues la vinculación supuestamente es de carácter civil, no laboral, y en consecuencia le es dado al patrono desconocer derechos laborales irrenunciables como son las prestaciones sociales. Todo esto ocurre a la luz del tan cacareado Estado Social de Derecho, de allí que Colombia se encuentre dentro de los países más corruptos del orbe, y ocupa el tercer lugar entre los de mayor desigualdad social, después de Haití y Angola.

Columnista
18 febrero, 2019

El trabajo Informal

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Dario Arregoces

La generación de empleo se ha convertido en el dolor de cabeza de los mandatarios, y en especial los alcaldes. Para demostrarlo solo basta con ver los pobres resultados de la actual administración, evidenciados en la pasada rendición de cuentas. Parece que los esfuerzos de emprendimiento no han logrado absorber, ni con mucho, la creciente […]


La generación de empleo se ha convertido en el dolor de cabeza de los mandatarios, y en especial los alcaldes. Para demostrarlo solo basta con ver los pobres resultados de la actual administración, evidenciados en la pasada rendición de cuentas. Parece que los esfuerzos de emprendimiento no han logrado absorber, ni con mucho, la creciente demanda de empleo formal de los vallenatos. Ante esta situación, y a fin de paliar las necesidades cotidianas, se abre paso la informalidad. Es así como de un tiempo para acá proliferan las ollas de comida en las esquinas o la venta de minutos a celular, lotería, verduras, transporte ilegal, libros, cuadernos, discos compactos y un largo etcétera. Fenómenos que eufemísticamente llamamos “rebusque”, pero que vistas bien las cosas constituyen una competencia ilegal respecto de las empresas legalmente constituidas, asfixiándolas hasta hacerlas perecer.

Que el municipio de Valledupar ocupe el deshonroso cuarto lugar en materia de desempleo después de Armenia, Cúcuta y Quibdó con un vergonzoso 11.6 % según el DANE, es la consecuencia lógica de una pobre oferta laboral. Ahora bien, ante esta situación, y contrario a lo que pudiera pensarse, las entidades públicas en general y los entes territoriales en particular, también se han visto obligados a ofertar empleos informales (¡!). Es así como para complacer a la clientela se acuden a prácticas irregulares como son las llamadas nóminas paralelas, o las O.P.S. (Órdenes de Prestación de Servicios), en virtud de la cual se contrata por un corto tiempo a un trabajador, cualificado o no, para que cumpla con funciones permanentes, sin que la entidad pública contratante le reconozca sus prestaciones sociales, a las que tendría derecho, si el empleo se rigiera por un contrato laboral.

La Corte Constitucional, en fallo T-723 de 2016, expresó que solo hay una forma de contratación y es la prevista en la Ley 80 de 1993, tildando a las OPS como una forma de desnaturalizar los contratos laborales, y de desdibujar una relación laboral existente, pues la vinculación supuestamente es de carácter civil, no laboral, y en consecuencia le es dado al patrono desconocer derechos laborales irrenunciables como son las prestaciones sociales. Todo esto ocurre a la luz del tan cacareado Estado Social de Derecho, de allí que Colombia se encuentre dentro de los países más corruptos del orbe, y ocupa el tercer lugar entre los de mayor desigualdad social, después de Haití y Angola.