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Entender que la crianza de un hijo es labor exclusiva de la mujer es, sin lugar a duda, una concepción patriarcal y anacrónica.
Es el tema del cual se viene ocupando la Corte Constitucional, en su afán de propiciar condiciones de igualdad y no discriminación de la paternidad, cuando la mujer gestante -compañera permanente o esposa-, no tenga un empleo formal. Es así como mediante sentencia C-517 de 2024 esta corporación amplió el radio de protección del fuero de paternidad, para que el padre no sea despedido de su trabajo, aun cuando la mujer lactante tenga empleo, motivo por el cual procedió a declarar contrario a la Constitución Política las expresiones: “… y no tenga un empleo formal” “… y una declaración, que se entiende presentada bajo la gravedad de juramento, de que ella carece de un empleo”, contenidas en los artículos 239 y 240 del Código Sustantivo del Trabajo.
Recordemos que el fuero de paternidad tiene por finalidad proteger el trabajo en condiciones dignas y justas, frente a situaciones de inequidad, en el entendido que la crianza de un recién nacido no es una obligación exclusiva de la mujer, sino que involucra al padre, haciéndolo corresponsable en esta tarea. Entender que la crianza de un hijo es labor exclusiva de la mujer es, sin lugar a duda, una concepción patriarcal y anacrónica.
Despedir a un trabajador, negándole el fuero de paternidad, basado en el hecho de que la madre gestante tenga un trabajo formal, es discriminatorio y deja la carga de la crianza exclusivamente en la mujer, lo que a todas luces resulta inequitativo, y es precisamente lo que la Corte Constitucional quiso remediar.
Por ser el trabajo un derecho fundamental y con base en el pronunciamiento de marras, cualquier despido de un trabajador en desconocimiento del fuero de paternidad, dará pie a las acciones constitucionales de amparo, contra el empleador, sin las demoras propias de la justicia ordinaria.
Desde luego que estas decisiones no caen bien, en nuestra clase empresarial, acostumbradas a ver al trabajador como un holgazán que debería estar agradecido por tener un trabajo del cual deriva el sustento de él y de su familia. ¡Qué horror!
Cita de cierre: “Los empresarios tenemos que valorar más al ser humano, y no creer que los empresarios somos los berracos”. Maurice Armitage. Alcalde de Cali 2016-2019
Por: Darío Arregocés Baute./ darioarregoces2308@hotmail.com
Entender que la crianza de un hijo es labor exclusiva de la mujer es, sin lugar a duda, una concepción patriarcal y anacrónica.
Es el tema del cual se viene ocupando la Corte Constitucional, en su afán de propiciar condiciones de igualdad y no discriminación de la paternidad, cuando la mujer gestante -compañera permanente o esposa-, no tenga un empleo formal. Es así como mediante sentencia C-517 de 2024 esta corporación amplió el radio de protección del fuero de paternidad, para que el padre no sea despedido de su trabajo, aun cuando la mujer lactante tenga empleo, motivo por el cual procedió a declarar contrario a la Constitución Política las expresiones: “… y no tenga un empleo formal” “… y una declaración, que se entiende presentada bajo la gravedad de juramento, de que ella carece de un empleo”, contenidas en los artículos 239 y 240 del Código Sustantivo del Trabajo.
Recordemos que el fuero de paternidad tiene por finalidad proteger el trabajo en condiciones dignas y justas, frente a situaciones de inequidad, en el entendido que la crianza de un recién nacido no es una obligación exclusiva de la mujer, sino que involucra al padre, haciéndolo corresponsable en esta tarea. Entender que la crianza de un hijo es labor exclusiva de la mujer es, sin lugar a duda, una concepción patriarcal y anacrónica.
Despedir a un trabajador, negándole el fuero de paternidad, basado en el hecho de que la madre gestante tenga un trabajo formal, es discriminatorio y deja la carga de la crianza exclusivamente en la mujer, lo que a todas luces resulta inequitativo, y es precisamente lo que la Corte Constitucional quiso remediar.
Por ser el trabajo un derecho fundamental y con base en el pronunciamiento de marras, cualquier despido de un trabajador en desconocimiento del fuero de paternidad, dará pie a las acciones constitucionales de amparo, contra el empleador, sin las demoras propias de la justicia ordinaria.
Desde luego que estas decisiones no caen bien, en nuestra clase empresarial, acostumbradas a ver al trabajador como un holgazán que debería estar agradecido por tener un trabajo del cual deriva el sustento de él y de su familia. ¡Qué horror!
Cita de cierre: “Los empresarios tenemos que valorar más al ser humano, y no creer que los empresarios somos los berracos”. Maurice Armitage. Alcalde de Cali 2016-2019
Por: Darío Arregocés Baute./ darioarregoces2308@hotmail.com