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General - 27 septiembre, 2021

El cambio climático, una deuda ‘pendiente’ del POT de Valledupar

El Plan de Ordenamiento de Valledupar vigencia 2015–2017 se aprobó el 5 de junio del 2015, es decir, antes del acuerdo de diciembre en París de ese mismo año y por supuesto dos años antes de la implementación de la política nacional de cambio climático.

El POT de la ciudad debe alinearse a las normas colombianas relacionadas con el cambio climático. 

Foto de cortesía.
El POT de la ciudad debe alinearse a las normas colombianas relacionadas con el cambio climático. Foto de cortesía.
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Colombia hace parte del grupo de países que suscribió el acuerdo de París en el 2015 (COP 21), cuyo objetivo principal es evitar al 2030 el aumento de 2°C de la temperatura del planeta.  Para tal fin en materia de mitigación se comprometió a disminuir en un 51 % las emisiones de GEI y en materia de adaptación a aumentar las áreas protegidas para crear nuevos ecosistemas resilientes con base a las mediciones del 2010. 

En ese orden de ideas, el Gobierno nacional desarrolló estrategias en el marco del cumplimiento de los compromisos, inicialmente mediante Decreto 298 de 2016, que creó el Sistema Nacional de Cambio Climático –SISCLIMA– para gestionar la mitigación de gases de efecto invernadero y la adaptación al cambio climático. Una de sus funciones fue la consolidación de la política nacional de cambio climático (PNCC) en el año 2017, cuyo objetivo principal es incorporar la gestión del cambio climático en las decisiones públicas y privadas para avanzar en una senda de desarrollo resiliente al clima y baja en carbono, que reduzca los riesgos del cambio climático y permita aprovechar las oportunidades que el cambio climático genera.

Teniendo en cuenta lo anterior, le corresponde a cada municipio la implementación de esta política pública a través de un instrumento de planeación territorial. A estos instrumentos se les denomina Planes de Ordenamiento Territorial (POT) y fueron implementados por la Ley 388 de 1997. 

El Plan de Ordenamiento de Valledupar vigencia 2015–2017 se aprobó el 5 de junio del 2015, es decir, antes del acuerdo de diciembre en París de ese mismo año y por supuesto dos años antes de la implementación de la política nacional de cambio climático.  Lo anterior implica la no aplicación de la PNCC en el POT de Valledupar. Inicialmente  esta política no era obligatoria y solo hasta el 2018 con la sanción de la Ley 1931 del 27 de julio de ese mismo año, la implementación se volvió obligatoria.

El POT 2015-2027 contiene 499 artículos en donde se establecen directrices, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas, destinadas a orientar y administrar el desarrollo físico del territorio en materia de: usos del suelo y espacio público, planeación urbana, recursos naturales, gestión del recurso hídrico, residuos sólidos, entre otros. Integrar esta relación de cambio climático en la planeación urbana contribuiría a disminuir la vulnerabilidad de los territorios frente a los impactos negativos de los fenómenos climáticos; aumentar la capacidad de las comunidades para resistir los eventos extremos y recuperarse tras estos; y evitar tomar decisiones que no sean sostenibles y que a su vez contribuyan a la reducción de las emisiones de GEI.

El 66 % de los 368 artículos analizados del POT de Valledupar contienen estrategias para la mitigación y la adaptación al cambio climático, sin embargo, estas estrategias no contemplan un plan de medición de emisiones que le permita determinar el % de gas GEI que se emite en la puesta en marcha de los proyectos viabilizados por la administración municipal, es decir, no podríamos saber con exactitud el impacto positivo o negativo de estos proyectos.  En materia de adaptación no contempla la declaratoria de nuevas áreas protegidas y carece de acciones que permitan al año 2030 el desarrollo hacia una economía, sociedad y ecosistemas resilientes a los impactos de cambio climático.

Teniendo en cuenta lo anterior es necesario hacer una revisión ordinaria o modificación excepcional del POT de Valledupar para complementar la planificación económica y social con la dimensión territorial, racionalizar la intervención sobre el territorio y propiciar su desarrollo y aprovechamiento sostenible a partir de la inclusión de la Política Nacional de Cambio Climático en su articulado.  Finalmente, les corresponde a los gobiernos municipales garantizar el cumplimiento de las normas para que la ciudad aporte en el cumplimiento del acuerdo realizado en la COP 21.

Por Odacir Camargo

General
27 septiembre, 2021

El cambio climático, una deuda ‘pendiente’ del POT de Valledupar

El Plan de Ordenamiento de Valledupar vigencia 2015–2017 se aprobó el 5 de junio del 2015, es decir, antes del acuerdo de diciembre en París de ese mismo año y por supuesto dos años antes de la implementación de la política nacional de cambio climático.


El POT de la ciudad debe alinearse a las normas colombianas relacionadas con el cambio climático. 

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El POT de la ciudad debe alinearse a las normas colombianas relacionadas con el cambio climático. Foto de cortesía.
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Colombia hace parte del grupo de países que suscribió el acuerdo de París en el 2015 (COP 21), cuyo objetivo principal es evitar al 2030 el aumento de 2°C de la temperatura del planeta.  Para tal fin en materia de mitigación se comprometió a disminuir en un 51 % las emisiones de GEI y en materia de adaptación a aumentar las áreas protegidas para crear nuevos ecosistemas resilientes con base a las mediciones del 2010. 

En ese orden de ideas, el Gobierno nacional desarrolló estrategias en el marco del cumplimiento de los compromisos, inicialmente mediante Decreto 298 de 2016, que creó el Sistema Nacional de Cambio Climático –SISCLIMA– para gestionar la mitigación de gases de efecto invernadero y la adaptación al cambio climático. Una de sus funciones fue la consolidación de la política nacional de cambio climático (PNCC) en el año 2017, cuyo objetivo principal es incorporar la gestión del cambio climático en las decisiones públicas y privadas para avanzar en una senda de desarrollo resiliente al clima y baja en carbono, que reduzca los riesgos del cambio climático y permita aprovechar las oportunidades que el cambio climático genera.

Teniendo en cuenta lo anterior, le corresponde a cada municipio la implementación de esta política pública a través de un instrumento de planeación territorial. A estos instrumentos se les denomina Planes de Ordenamiento Territorial (POT) y fueron implementados por la Ley 388 de 1997. 

El Plan de Ordenamiento de Valledupar vigencia 2015–2017 se aprobó el 5 de junio del 2015, es decir, antes del acuerdo de diciembre en París de ese mismo año y por supuesto dos años antes de la implementación de la política nacional de cambio climático.  Lo anterior implica la no aplicación de la PNCC en el POT de Valledupar. Inicialmente  esta política no era obligatoria y solo hasta el 2018 con la sanción de la Ley 1931 del 27 de julio de ese mismo año, la implementación se volvió obligatoria.

El POT 2015-2027 contiene 499 artículos en donde se establecen directrices, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas, destinadas a orientar y administrar el desarrollo físico del territorio en materia de: usos del suelo y espacio público, planeación urbana, recursos naturales, gestión del recurso hídrico, residuos sólidos, entre otros. Integrar esta relación de cambio climático en la planeación urbana contribuiría a disminuir la vulnerabilidad de los territorios frente a los impactos negativos de los fenómenos climáticos; aumentar la capacidad de las comunidades para resistir los eventos extremos y recuperarse tras estos; y evitar tomar decisiones que no sean sostenibles y que a su vez contribuyan a la reducción de las emisiones de GEI.

El 66 % de los 368 artículos analizados del POT de Valledupar contienen estrategias para la mitigación y la adaptación al cambio climático, sin embargo, estas estrategias no contemplan un plan de medición de emisiones que le permita determinar el % de gas GEI que se emite en la puesta en marcha de los proyectos viabilizados por la administración municipal, es decir, no podríamos saber con exactitud el impacto positivo o negativo de estos proyectos.  En materia de adaptación no contempla la declaratoria de nuevas áreas protegidas y carece de acciones que permitan al año 2030 el desarrollo hacia una economía, sociedad y ecosistemas resilientes a los impactos de cambio climático.

Teniendo en cuenta lo anterior es necesario hacer una revisión ordinaria o modificación excepcional del POT de Valledupar para complementar la planificación económica y social con la dimensión territorial, racionalizar la intervención sobre el territorio y propiciar su desarrollo y aprovechamiento sostenible a partir de la inclusión de la Política Nacional de Cambio Climático en su articulado.  Finalmente, les corresponde a los gobiernos municipales garantizar el cumplimiento de las normas para que la ciudad aporte en el cumplimiento del acuerdo realizado en la COP 21.

Por Odacir Camargo