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Columnista - 24 marzo, 2018

El Brochazo inconsulto

El brochazo con pintura blanca que borró de la fachada del Concejo Municipal de Valledupar, la obra denominada “Valledupar tierra de dioses”, causó indignación entre los habitantes de la ciudad. La cuestionada decisión del Alcalde Augusto Daniel Ramírez Uhia, sobrepasó los límites de la autoridad, teniendo en cuenta que la obra del fallecido gestor cultural […]

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El brochazo con pintura blanca que borró de la fachada del Concejo Municipal de Valledupar, la obra denominada “Valledupar tierra de dioses”, causó indignación entre los habitantes de la ciudad. La cuestionada decisión del Alcalde Augusto Daniel Ramírez Uhia, sobrepasó los límites de la autoridad, teniendo en cuenta que la obra del fallecido gestor cultural Germán Piedrahita se había convertido en un mural distintivo para el centro histórico de la ciudad.

Una obra de arte urbano funciona como cualquier otro elemento del paisaje, por su ubicación y la historia impregnada en ellos, incluso poseen elementos de evolución como todo lo que tienen a su alrededor, incluidos los espectadores. Al comparar el arte urbano y los murales es posible identificar diferencias, el arte urbano puede aparecer en lugares inesperados, y puede después desaparecer en cualquier momento. Mientras que los murales, por el contrario, tienden a aparecer en lugares mucho más predecibles, y suelen permanecer allí.

El contexto del párrafo anterior valorado por expertos en materia de arte urbano y los murales, concibe un alto grado de sensibilidad, no solo por parte de los autores, sino también de los espectadores que lo apropian. Esta razón es significativa para la toma de decisiones, un gobernante tiene todas las facultades legales para tomarlas, por lo tanto, no está obligado a consultarlas con la ciudadanía, sin embargo, algunas que por su connotación pueden generar sensibilidad deben ser socializadas o en el mejor de los casos consultadas.

El avance normativo en el país cada vez involucra más a los ciudadanos. Para estos efectos la Constitución de 1991 estableció los mecanismos de participación ciudadana. La Ley 1712 de 2014, reguló el derecho de acceso a la información pública y los procedimientos para el ejercicio y garantías del derecho. Lo que hicieron contradice los propósitos de los proyectos enfocados hacia el desarrollo del sector turístico como emblema de crecimiento económico.

De otra parte, no tengo registros de inconformidad por parte de los integrantes del Concejo de la ciudad, deduzco que un mural para ellos no es lucrativo en términos electorales. Tuvieron una oportunidad para demostrar el alcance de su liderazgo y la representatividad que les permite el Cabildo Abierto como mecanismo utilitario para resolver asuntos que son de interés para la comunidad. En este escenario debió socializarse con oportuna anticipación las razones de carácter técnico y estructural de la pared donde pasaba el mural, si es que las había, asimismo, los riesgos inherentes y las medidas de mitigación.

Estos conceptos no surgen del imaginario de las actitudes despóticas, deben documentarse como argumento probatorio. Allí yace la descomunal falla del Gobierno y de la corporación edilicia.

@LuchoDiaz12

Columnista
24 marzo, 2018

El Brochazo inconsulto

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Luis Elquis Diaz

El brochazo con pintura blanca que borró de la fachada del Concejo Municipal de Valledupar, la obra denominada “Valledupar tierra de dioses”, causó indignación entre los habitantes de la ciudad. La cuestionada decisión del Alcalde Augusto Daniel Ramírez Uhia, sobrepasó los límites de la autoridad, teniendo en cuenta que la obra del fallecido gestor cultural […]


El brochazo con pintura blanca que borró de la fachada del Concejo Municipal de Valledupar, la obra denominada “Valledupar tierra de dioses”, causó indignación entre los habitantes de la ciudad. La cuestionada decisión del Alcalde Augusto Daniel Ramírez Uhia, sobrepasó los límites de la autoridad, teniendo en cuenta que la obra del fallecido gestor cultural Germán Piedrahita se había convertido en un mural distintivo para el centro histórico de la ciudad.

Una obra de arte urbano funciona como cualquier otro elemento del paisaje, por su ubicación y la historia impregnada en ellos, incluso poseen elementos de evolución como todo lo que tienen a su alrededor, incluidos los espectadores. Al comparar el arte urbano y los murales es posible identificar diferencias, el arte urbano puede aparecer en lugares inesperados, y puede después desaparecer en cualquier momento. Mientras que los murales, por el contrario, tienden a aparecer en lugares mucho más predecibles, y suelen permanecer allí.

El contexto del párrafo anterior valorado por expertos en materia de arte urbano y los murales, concibe un alto grado de sensibilidad, no solo por parte de los autores, sino también de los espectadores que lo apropian. Esta razón es significativa para la toma de decisiones, un gobernante tiene todas las facultades legales para tomarlas, por lo tanto, no está obligado a consultarlas con la ciudadanía, sin embargo, algunas que por su connotación pueden generar sensibilidad deben ser socializadas o en el mejor de los casos consultadas.

El avance normativo en el país cada vez involucra más a los ciudadanos. Para estos efectos la Constitución de 1991 estableció los mecanismos de participación ciudadana. La Ley 1712 de 2014, reguló el derecho de acceso a la información pública y los procedimientos para el ejercicio y garantías del derecho. Lo que hicieron contradice los propósitos de los proyectos enfocados hacia el desarrollo del sector turístico como emblema de crecimiento económico.

De otra parte, no tengo registros de inconformidad por parte de los integrantes del Concejo de la ciudad, deduzco que un mural para ellos no es lucrativo en términos electorales. Tuvieron una oportunidad para demostrar el alcance de su liderazgo y la representatividad que les permite el Cabildo Abierto como mecanismo utilitario para resolver asuntos que son de interés para la comunidad. En este escenario debió socializarse con oportuna anticipación las razones de carácter técnico y estructural de la pared donde pasaba el mural, si es que las había, asimismo, los riesgos inherentes y las medidas de mitigación.

Estos conceptos no surgen del imaginario de las actitudes despóticas, deben documentarse como argumento probatorio. Allí yace la descomunal falla del Gobierno y de la corporación edilicia.

@LuchoDiaz12