Publicidad
Categorías
Categorías
Columnista - 26 noviembre, 2018

Donald Trump versus Constitución de los EE.UU

En el marco de su política de “Cero tolerancia” frente a los inmigrantes ilegales, el Presidente de los EE.UU propone, vía decreto, abolir la nacionalidad por nacimiento, y pone en evidencia el llamado “Turismo de nacimiento”, en virtud del cual mujeres embarazadas e indocumentadas, llegan a los EE.UU, para dar a luz a su bebé, […]

Boton Wpp

En el marco de su política de “Cero tolerancia” frente a los inmigrantes ilegales, el Presidente de los EE.UU propone, vía decreto, abolir la nacionalidad por nacimiento, y pone en evidencia el llamado “Turismo de nacimiento”, en virtud del cual mujeres embarazadas e indocumentadas, llegan a los EE.UU, para dar a luz a su bebé, y de esta forma obtener la nacionalidad del recién nacido, y la residencia para la madre. Ahora bien, ¿Es cierto, que por decreto se pueda abolir la nacionalidad por nacimiento? La Carta Política de los EE. UU solo puede modificarse a través de enmiendas, que además deben ser ratificadas por todos los Estados de la Unión. Un decreto por sí solo no puede, en manera alguna, ir en contra de la Constitución de ese país, pues ello generaría conflictos de tipo legal que serían desatados por los jueces, y finalmente llegarían al Tribunal Supremo de Justicia, como máxima instancia judicial.

La Constitución de los EE.UU aprobada en 1786, establece en la enmienda XIV ratificada en julio 9 de 1868 (hace 150 años), textualmente lo siguiente: 1. “Todas las personas nacidas o naturalizadas en los EE.UU y sometidas a su jurisdicción son ciudadanos de los Estados Unidos y de los Estados en que resida. Ningún Estado podrá crear o implementar leyes que limiten los privilegios o inmunidades de los ciudadanos de los Estados Unidos; tampoco podrá ningún Estado privar a una persona de su vida, libertad o propiedad, sin un debido procesos legal; ni negar a persona alguna dentro de su jurisdicción la protección legal igualitaria”.

Ahora bien, es preciso recordar que esta enmienda fue posterior a la Guerra de Secesión, que inició en 1861 y finalizó en abril de 1865, con la abolición de la esclavitud. No obstante el problema racial, como el de la libre adquisición de armas de fuego, continúa sin ser resuelto, y el mandatario de los EE.UU, hábilmente ha canalizado en beneficio propio, estos sentimientos nacionalistas, exacerbándolos hacia los inmigrantes ilegales.

Empero, Donald Trump olvida que un decreto no puede sustituir una norma de rango constitucional, y segundo, que sus abuelos Frederick Trump y señora, eran alemanes, Frederick Trump Jr. (padre del Presidente), se casó con Mary Anne Trump, escocesa, y que la primera esposa de Donald Trump, Ivana Zelnicková es checa, y que su actual esposa, la modelo Melania Knauss es de Eslovenia antigua Yugoeslavia. En ese orden de ideas, no se explica porqué el Presidente Trump, siente tanta aversión hacia los inmigrantes. ¿Amnesia? [email protected]

Darío Arregocés

Columnista
26 noviembre, 2018

Donald Trump versus Constitución de los EE.UU

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Dario Arregoces

En el marco de su política de “Cero tolerancia” frente a los inmigrantes ilegales, el Presidente de los EE.UU propone, vía decreto, abolir la nacionalidad por nacimiento, y pone en evidencia el llamado “Turismo de nacimiento”, en virtud del cual mujeres embarazadas e indocumentadas, llegan a los EE.UU, para dar a luz a su bebé, […]


En el marco de su política de “Cero tolerancia” frente a los inmigrantes ilegales, el Presidente de los EE.UU propone, vía decreto, abolir la nacionalidad por nacimiento, y pone en evidencia el llamado “Turismo de nacimiento”, en virtud del cual mujeres embarazadas e indocumentadas, llegan a los EE.UU, para dar a luz a su bebé, y de esta forma obtener la nacionalidad del recién nacido, y la residencia para la madre. Ahora bien, ¿Es cierto, que por decreto se pueda abolir la nacionalidad por nacimiento? La Carta Política de los EE. UU solo puede modificarse a través de enmiendas, que además deben ser ratificadas por todos los Estados de la Unión. Un decreto por sí solo no puede, en manera alguna, ir en contra de la Constitución de ese país, pues ello generaría conflictos de tipo legal que serían desatados por los jueces, y finalmente llegarían al Tribunal Supremo de Justicia, como máxima instancia judicial.

La Constitución de los EE.UU aprobada en 1786, establece en la enmienda XIV ratificada en julio 9 de 1868 (hace 150 años), textualmente lo siguiente: 1. “Todas las personas nacidas o naturalizadas en los EE.UU y sometidas a su jurisdicción son ciudadanos de los Estados Unidos y de los Estados en que resida. Ningún Estado podrá crear o implementar leyes que limiten los privilegios o inmunidades de los ciudadanos de los Estados Unidos; tampoco podrá ningún Estado privar a una persona de su vida, libertad o propiedad, sin un debido procesos legal; ni negar a persona alguna dentro de su jurisdicción la protección legal igualitaria”.

Ahora bien, es preciso recordar que esta enmienda fue posterior a la Guerra de Secesión, que inició en 1861 y finalizó en abril de 1865, con la abolición de la esclavitud. No obstante el problema racial, como el de la libre adquisición de armas de fuego, continúa sin ser resuelto, y el mandatario de los EE.UU, hábilmente ha canalizado en beneficio propio, estos sentimientos nacionalistas, exacerbándolos hacia los inmigrantes ilegales.

Empero, Donald Trump olvida que un decreto no puede sustituir una norma de rango constitucional, y segundo, que sus abuelos Frederick Trump y señora, eran alemanes, Frederick Trump Jr. (padre del Presidente), se casó con Mary Anne Trump, escocesa, y que la primera esposa de Donald Trump, Ivana Zelnicková es checa, y que su actual esposa, la modelo Melania Knauss es de Eslovenia antigua Yugoeslavia. En ese orden de ideas, no se explica porqué el Presidente Trump, siente tanta aversión hacia los inmigrantes. ¿Amnesia? [email protected]

Darío Arregocés