Uno que ya no tiene capacidad de asombro, sin embargo, no se comprende por qué la excandidata presidencial Marta Lucía Ramírez pueda decir sin sonrojo que iba tramitar a través de su partido conservador que se le pidiera al presidente Santos que renunciara a la Inmunidad Presidencial. La afirmación es un disparate conceptual porque, primero, […]
Uno que ya no tiene capacidad de asombro, sin embargo, no se comprende por qué la excandidata presidencial Marta Lucía Ramírez pueda decir sin sonrojo que iba tramitar a través de su partido conservador que se le pidiera al presidente Santos que renunciara a la Inmunidad Presidencial.
La afirmación es un disparate conceptual porque, primero, el Presidente de Colombia no tiene inmunidad, sino fuero constitucional, segundo, entre una y otra institución jurídica hay sustanciales diferencias. Ambas son prerrogativas o garantías de la institución, del empleo o del cargo, no de la persona individualmente considerada, por eso ninguna de las dos son renunciables. Así de elemental.
Al fiscal general Martínez Neira se le escucha hablar en sistema acusatorio de indagaciones preliminares y de expedientes, cuando todo ello ha quedado superado con los avances de los procesos bajo sistemáticas de audiencias y de oralidad. Imperdonable.
El Fiscal General -que peligrosamente pasa ahora con micrófono en mano por el episodio de Odebrecht- se le olvida -¿o desconoce?- que es deber de todos los servidores públicos abstenerse de presentar en público, al indiciado, imputado o acusado como responsable, como lo señala con hialina claridad el CPP en su art. 138.6 y por el contrario a quienes el mediático Fiscal Martínez viene -gota a gota- nombrando (por el lenguaje enfático que emplea) les recrea temible atmósfera de juzgamiento, es decir, según sus perspectivas ya son todos culpables, como si él fuera omnímodo Juez de la Republica. Arbitrario con su ya oropel de poder. ¡Dios, qué horror!.
A la periodista María Isabel Rueda se le lee, vocablos indicativos que no tiene ni mínima idea de lo que escribe. Cuando alude a “donación de Odebrecht” a la campaña de Zuluaga, seguramente lo que quiere decir es “aporte” y cuando menciona que así lo “confesó el asesor de imagen Duda Mendoca” lo que procura referirse es que este “declaró” y no a que “confesó”, porque una y otra son medios de prueba o conocimiento distintos. Se ofende la inteligencia. Los giros de las expresiones que utiliza reflejan ignorancia supina (de lo que puede y debe saberse).
El columnista Mauricio Vargas aconseja que “digan la verdad”. La verdad no se dice, o revela, porque la verdad está en los hechos y la certeza en nosotros. La verdad se construye y es al convencimiento que llega quien hace la valoración probatoria. Se debe persuadir a las personas que relaten -verosímilmente- lo que conocen y saben directa y personalmente. La verdad de los periodistas, es una verdad distinta a la que se alcanza en los procesos judiciales, aunque ambas sean teoría del conocimiento (gnoseología) aun en postura epistemológica. La verdad consiste en la congruencia entre los fines practicos y los pensamientos, aserto de Nietzsche. Como en Platón es el pensamiento, la razón la fuente principal del conocimiento humano.
El profesor Ramiro Bejarano Guzmán igualmente contamina su casi siempre buen entendimiento cuando alude a los “sobornos de Odebrecht”, desconociendo que en Colombia la conducta punible del soborno, nada tiene que ver con la definición gramatical del término (coima). El delito de soborno consiste en entregar o prometer dinero u otra utilidad a un testigo para que falte a la verdad o la calle total o parcialmente en su testimonio. Comprendido.
Ni que hablar de la prensa hablada y escrita por estos sectores de la patria. Amén del escaso conocimiento básico en léxico jurídico y las instituciones legales, se les suma el sesgo ideológico y partidista -pero de politiquería rastrera- con las que los periodistas examinan, debaten y opinan los sucesos y situaciones de connotaciones en derecho. Ahí en esa materia el caos conceptual visceral. ¡Lamentable por el daño jurídico!
Por Hugo Mendoza Guerra
Uno que ya no tiene capacidad de asombro, sin embargo, no se comprende por qué la excandidata presidencial Marta Lucía Ramírez pueda decir sin sonrojo que iba tramitar a través de su partido conservador que se le pidiera al presidente Santos que renunciara a la Inmunidad Presidencial. La afirmación es un disparate conceptual porque, primero, […]
Uno que ya no tiene capacidad de asombro, sin embargo, no se comprende por qué la excandidata presidencial Marta Lucía Ramírez pueda decir sin sonrojo que iba tramitar a través de su partido conservador que se le pidiera al presidente Santos que renunciara a la Inmunidad Presidencial.
La afirmación es un disparate conceptual porque, primero, el Presidente de Colombia no tiene inmunidad, sino fuero constitucional, segundo, entre una y otra institución jurídica hay sustanciales diferencias. Ambas son prerrogativas o garantías de la institución, del empleo o del cargo, no de la persona individualmente considerada, por eso ninguna de las dos son renunciables. Así de elemental.
Al fiscal general Martínez Neira se le escucha hablar en sistema acusatorio de indagaciones preliminares y de expedientes, cuando todo ello ha quedado superado con los avances de los procesos bajo sistemáticas de audiencias y de oralidad. Imperdonable.
El Fiscal General -que peligrosamente pasa ahora con micrófono en mano por el episodio de Odebrecht- se le olvida -¿o desconoce?- que es deber de todos los servidores públicos abstenerse de presentar en público, al indiciado, imputado o acusado como responsable, como lo señala con hialina claridad el CPP en su art. 138.6 y por el contrario a quienes el mediático Fiscal Martínez viene -gota a gota- nombrando (por el lenguaje enfático que emplea) les recrea temible atmósfera de juzgamiento, es decir, según sus perspectivas ya son todos culpables, como si él fuera omnímodo Juez de la Republica. Arbitrario con su ya oropel de poder. ¡Dios, qué horror!.
A la periodista María Isabel Rueda se le lee, vocablos indicativos que no tiene ni mínima idea de lo que escribe. Cuando alude a “donación de Odebrecht” a la campaña de Zuluaga, seguramente lo que quiere decir es “aporte” y cuando menciona que así lo “confesó el asesor de imagen Duda Mendoca” lo que procura referirse es que este “declaró” y no a que “confesó”, porque una y otra son medios de prueba o conocimiento distintos. Se ofende la inteligencia. Los giros de las expresiones que utiliza reflejan ignorancia supina (de lo que puede y debe saberse).
El columnista Mauricio Vargas aconseja que “digan la verdad”. La verdad no se dice, o revela, porque la verdad está en los hechos y la certeza en nosotros. La verdad se construye y es al convencimiento que llega quien hace la valoración probatoria. Se debe persuadir a las personas que relaten -verosímilmente- lo que conocen y saben directa y personalmente. La verdad de los periodistas, es una verdad distinta a la que se alcanza en los procesos judiciales, aunque ambas sean teoría del conocimiento (gnoseología) aun en postura epistemológica. La verdad consiste en la congruencia entre los fines practicos y los pensamientos, aserto de Nietzsche. Como en Platón es el pensamiento, la razón la fuente principal del conocimiento humano.
El profesor Ramiro Bejarano Guzmán igualmente contamina su casi siempre buen entendimiento cuando alude a los “sobornos de Odebrecht”, desconociendo que en Colombia la conducta punible del soborno, nada tiene que ver con la definición gramatical del término (coima). El delito de soborno consiste en entregar o prometer dinero u otra utilidad a un testigo para que falte a la verdad o la calle total o parcialmente en su testimonio. Comprendido.
Ni que hablar de la prensa hablada y escrita por estos sectores de la patria. Amén del escaso conocimiento básico en léxico jurídico y las instituciones legales, se les suma el sesgo ideológico y partidista -pero de politiquería rastrera- con las que los periodistas examinan, debaten y opinan los sucesos y situaciones de connotaciones en derecho. Ahí en esa materia el caos conceptual visceral. ¡Lamentable por el daño jurídico!
Por Hugo Mendoza Guerra