Publicidad
Categorías
Categorías
Política - 11 septiembre, 2024

Destituido e inhabilitado por 11 años el exconcejal de Valledupar Julio Julio Peralta

La Procuraduría precisó que contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular.

El exconcejal Julio Julio Peralta.
El exconcejal Julio Julio Peralta.
Boton Wpp

En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 11 años al concejal de Valledupar (Cesar), Julio Julio Julio Peralta (2020-2023)por haberse inscrito como candidato y posesionarse en el cargo a pesar de estar incurso en inhabilidad.

La entidad aseguró que demostró que, dentro del año anterior a su elección, el disciplinado celebró cuatro contratos que debían ser ejecutados en el mismo municipio para el cual resultó electo, en representación de la Asociación Sindical de Ginecología y Obstetricia del Cesar (Asgoce), que operaba como contratista del Hospital Rosario Pumarejo de López.

Contexto: La Procuraduría le ‘enredó’ la candidatura a Julio Julio Peralta

A juicio de la Procuraduría Regional de Juzgamiento del Atlántico, el entonces concejal debió ceder el negocio jurídico o renunciar a la ejecución del mismo en el año anterior a la elección, por haber contratado con Asgoce, una entidad pública del orden departamental. 

Con esta actuación Julio Peralta “inobservó el adecuado comportamiento del servidor público respecto de las formalidades y finalidades que se derivan del principio de moralidad, desconociendo los mandatos constitucionales y legales, y defraudando a la comunidad que lo eligió esperando de él una conducta responsable en el ejercicio de sus funciones, con apego a sus deberes y evitando incurrir en las prohibiciones propias del ejercicio del cargo”, señaló la Procuraduría.

El ente de control calificó la falta del exconcejal como gravísima cometida a título de dolo, y señaló que en caso de que haya cesado en sus funciones o no fuera posible la ejecución de la sanción, el término de suspensión o el que faltare se convertirá en salarios, de acuerdo con el monto de lo devengado para el momento de la comisión de la falta.

Finalmente, la Procuraduría precisó que contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular.

Política
11 septiembre, 2024

Destituido e inhabilitado por 11 años el exconcejal de Valledupar Julio Julio Peralta

La Procuraduría precisó que contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular.


El exconcejal Julio Julio Peralta.
El exconcejal Julio Julio Peralta.
Boton Wpp

En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 11 años al concejal de Valledupar (Cesar), Julio Julio Julio Peralta (2020-2023)por haberse inscrito como candidato y posesionarse en el cargo a pesar de estar incurso en inhabilidad.

La entidad aseguró que demostró que, dentro del año anterior a su elección, el disciplinado celebró cuatro contratos que debían ser ejecutados en el mismo municipio para el cual resultó electo, en representación de la Asociación Sindical de Ginecología y Obstetricia del Cesar (Asgoce), que operaba como contratista del Hospital Rosario Pumarejo de López.

Contexto: La Procuraduría le ‘enredó’ la candidatura a Julio Julio Peralta

A juicio de la Procuraduría Regional de Juzgamiento del Atlántico, el entonces concejal debió ceder el negocio jurídico o renunciar a la ejecución del mismo en el año anterior a la elección, por haber contratado con Asgoce, una entidad pública del orden departamental. 

Con esta actuación Julio Peralta “inobservó el adecuado comportamiento del servidor público respecto de las formalidades y finalidades que se derivan del principio de moralidad, desconociendo los mandatos constitucionales y legales, y defraudando a la comunidad que lo eligió esperando de él una conducta responsable en el ejercicio de sus funciones, con apego a sus deberes y evitando incurrir en las prohibiciones propias del ejercicio del cargo”, señaló la Procuraduría.

El ente de control calificó la falta del exconcejal como gravísima cometida a título de dolo, y señaló que en caso de que haya cesado en sus funciones o no fuera posible la ejecución de la sanción, el término de suspensión o el que faltare se convertirá en salarios, de acuerdo con el monto de lo devengado para el momento de la comisión de la falta.

Finalmente, la Procuraduría precisó que contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular.