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Columnista - 8 diciembre, 2021

De ochas panochas la Ley de garantías

En un país que requiere de tantos cambios se puede ser “antídoto”, pero no “antitodo”, empezando por aplicar el artículo 19 de la Constitución Nacional, que consagra la separación de poderes de las tres ramas del poder público: ejecutiva, legislativa y judicial. Desempolvando literalmente la historia encontramos la destitución del entonces director del ICA en […]

En un país que requiere de tantos cambios se puede ser “antídoto”, pero no “antitodo”, empezando por aplicar el artículo 19 de la Constitución Nacional, que consagra la separación de poderes de las tres ramas del poder público: ejecutiva, legislativa y judicial.

Desempolvando literalmente la historia encontramos la destitución del entonces director del ICA en la regional Cesar, ya fallecido, Luis Alberto Guerra Araújo, médico veterinario, por sancionar al ministro de Agricultura de la época, Gustavo Castro Guerrero, muy a pesar de la actuación legal de su subalterno, por no haber destruido la soca del algodonero, que es la higiene del cultivo, medidas regladas en la misma norma fitosanitaria, y el ejemplo entra por casa.

Pero no vamos tan lejos, traigamos a colación un suceso de actualidad que raya con la soberbia y el exceso de poder, a propósito de la decisión de un juez de la República, denunciado e investigado por frenar la Ley de Garantías que sancionó el presidente Duque, aún desafiando un fallo de tutela.

La gente se pregunta: ¿Por qué van a investigar al juez si no infringió la legislación colombiana? Por el contrario, obró en cumplimiento de una Ley Estatutaria en el entendido de que una Ley de Garantías no se puede modificar a través de una ley ordinaria de presupuesto, verbigracia de no guardar unidad de materia por ser temas diferentes el presupuesto y la Ley de Garantías, lo que riñe con el artículo 158 de la Constitución Política.

Dan por descontada la destitución del juez, que según abogados y colegas más cautos debió haberse declarado incompetente para que un juez de mayor jerarquía hubiera asumido el caso, y no hacer el papel de héroe.

Está dicho por William Shakespeare, que el hombre termina matando lo que más quiere y pareciéndose a lo que más odia, me refiero a la impunidad que esgrimen algunos cuando la ley no les es favorable.

Y no es el retruécano de la judicialización de la política o la politización de la justicia a lo que me refiero, es reprochar la desesperación por retener el poder en el umbral de un debate electoral, con una Ley de Garantías que apalanque al candidato del establecimiento con recursos del erario a través de la contratación pública, mayor foco de corrupción del Estado.

El Gobierno ahora hará de “ochas panochas” con la Ley de Garantías, aprovechándose del término en que el Consejo de Estado y la Corte Constitucional puedan dirimir la situación jurídica, luego que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca anulara lo resuelto por el juez Tercero Administrativo de Bogotá, por vulnerar el debido proceso, al carecer supuestamente de competencia para fallar la tutela.

Columnista
8 diciembre, 2021

De ochas panochas la Ley de garantías

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Miguel Aroca Yepez

En un país que requiere de tantos cambios se puede ser “antídoto”, pero no “antitodo”, empezando por aplicar el artículo 19 de la Constitución Nacional, que consagra la separación de poderes de las tres ramas del poder público: ejecutiva, legislativa y judicial. Desempolvando literalmente la historia encontramos la destitución del entonces director del ICA en […]


En un país que requiere de tantos cambios se puede ser “antídoto”, pero no “antitodo”, empezando por aplicar el artículo 19 de la Constitución Nacional, que consagra la separación de poderes de las tres ramas del poder público: ejecutiva, legislativa y judicial.

Desempolvando literalmente la historia encontramos la destitución del entonces director del ICA en la regional Cesar, ya fallecido, Luis Alberto Guerra Araújo, médico veterinario, por sancionar al ministro de Agricultura de la época, Gustavo Castro Guerrero, muy a pesar de la actuación legal de su subalterno, por no haber destruido la soca del algodonero, que es la higiene del cultivo, medidas regladas en la misma norma fitosanitaria, y el ejemplo entra por casa.

Pero no vamos tan lejos, traigamos a colación un suceso de actualidad que raya con la soberbia y el exceso de poder, a propósito de la decisión de un juez de la República, denunciado e investigado por frenar la Ley de Garantías que sancionó el presidente Duque, aún desafiando un fallo de tutela.

La gente se pregunta: ¿Por qué van a investigar al juez si no infringió la legislación colombiana? Por el contrario, obró en cumplimiento de una Ley Estatutaria en el entendido de que una Ley de Garantías no se puede modificar a través de una ley ordinaria de presupuesto, verbigracia de no guardar unidad de materia por ser temas diferentes el presupuesto y la Ley de Garantías, lo que riñe con el artículo 158 de la Constitución Política.

Dan por descontada la destitución del juez, que según abogados y colegas más cautos debió haberse declarado incompetente para que un juez de mayor jerarquía hubiera asumido el caso, y no hacer el papel de héroe.

Está dicho por William Shakespeare, que el hombre termina matando lo que más quiere y pareciéndose a lo que más odia, me refiero a la impunidad que esgrimen algunos cuando la ley no les es favorable.

Y no es el retruécano de la judicialización de la política o la politización de la justicia a lo que me refiero, es reprochar la desesperación por retener el poder en el umbral de un debate electoral, con una Ley de Garantías que apalanque al candidato del establecimiento con recursos del erario a través de la contratación pública, mayor foco de corrupción del Estado.

El Gobierno ahora hará de “ochas panochas” con la Ley de Garantías, aprovechándose del término en que el Consejo de Estado y la Corte Constitucional puedan dirimir la situación jurídica, luego que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca anulara lo resuelto por el juez Tercero Administrativo de Bogotá, por vulnerar el debido proceso, al carecer supuestamente de competencia para fallar la tutela.