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Tendencias - 3 mayo, 2022

Corte Suprema absolvió al exalcalde de Valledupar Luis Fabián Fernández por el delito de peculado

La Corte Suprema de Justicia absolvió al exalcalde de Valledupar, Luis Fabián Fernández, quien había sido condenado por el delito de peculado por aplicación oficial diferente

Exalcalde de Valledupar
Exalcalde de Valledupar

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia absolvió al exalcalde de Valledupar, Luis Fabián Fernández, quien había sido condenado por el Juzgado Segundo Penal del Circuito, decisión confirmada por el Tribunal Superior de Valledupar, por el delito de peculado por aplicación oficial diferente.

Los hechos materia de investigación tienen que ver con la recaudación, por parte del municipio de Valledupar dentro del marco del Decreto 2093 del 28 de julio de 2003 emanado del Gobierno nacional, de recursos por el orden de más de 1.500 millones de pesos los cuales fueron aplicados o destinados a propiciar la seguridad ciudadana y preservar el orden público en el municipio de Valledupar, tal cual lo concibió el Gobierno nacional al expedir el referido decreto.

Según la acusación de la Fiscalía, tales recursos fueron destinados por el alcalde municipal de entonces, Luis Fabián Fernández Maestre, a gastos de funcionamiento, es decir, a pagar la nómina burocrática.

Relató el ente que el acusado en su condición de alcalde, de conformidad con el artículo 315 numeral 9 de la Constitución Política tenía como atribuciones ordenar los gastos municipales de acuerdo al plan de inversión y  presupuesto, entre otras.

Por esos hechos, el Juzgado Segundo Penal del Circuito, mediante sentencia del 8 de mayo de 2017, declaró al procesado penalmente responsable del comportamiento atribuido y lo sancionó con 24 meses de prisión y multa de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La defensa apeló la decisión y el Tribunal la confirmó con proveído del 17 de julio siguiente, determinación que recurrió de manera extraordinaria el mismo sujeto procesal.

‘CONDUCTA NO FUE ATÍPICA’: CORTE

La Sala de Casación Penal consideró que la conducta de Fernández Maestre no constituyó un delito (fue atípica) puesto que no se estableció que la modificación al destino de los dineros de seguridad y convivencia para emplearlos en gastos de funcionamiento (pago de nómina), “haya generado perjuicio a la inversión social o los salarios o prestaciones sociales de los servidores de la administración municipal”.

No hay duda que el acusado dispuso la utilización de unos recursos públicos a un fin diverso al legalmente establecido. Sin embargo, de allí no surge que su conducta sea típica del punible de peculado por aplicación oficial diferente, en tanto no se estableció que la modificación al destino de los dineros de seguridad y convivencia para emplearlos en gastos de funcionamiento (pago de nómina), haya generado perjuicio a la inversión social o los salarios o prestaciones sociales de los servidores de la administración municipal, conforme lo exige la descripción típica del artículo 399 del Código Penal”, señala la providencia.

En la parte resolutiva de la sentencia, la Corte ordena al “Juzgado de primera instancia proceder a cancelar los registros y anotaciones que haya originado este diligenciamiento en contra del sentenciado”.

LOS OTROS PROCESOS PENDIENTES 

A pesar de ser absuelto en el caso anteriormente expuesto, Fernández Maestre, quien se encuentra prófugo de la justicia, enfrenta como reo ausente otros procesos.

En el Juzgado Tercero Penal del Circuito, en etapa de juicio, es acusado por la presunta irregularidad en la que habría incurrido al efectuar un convenio para una construcción en el corregimiento de Guacoche, al norte de Valledupar.

También pesa una condena en su contra emanada por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Valledupar de 5 años y tres meses de prisión, confirmada por el Tribunal Superior de Valledupar, tras considerar que en ejercicio de sus funciones como alcalde en el período 2009-2011, celebró a ‘dedo’ un millonario contrato con una empresa inapropiada para, supuestamente, capacitar a la población indígena arhuaca, que le costó al municipio un total de $452.200.000.

Entre otros procesos de Fernández Maestre está el famoso empréstito de los 36.000 millones de pesos que inyectó a la Empresa de Servicios Públicos de Valledupar, Emdupar, a través de un convenio interadministrativo para obras de acueducto y alcantarillado que no llegaron a feliz término. El Concejo de Valledupar le otorgó facultades para solicitar a la banca privada un empréstito de 36.000 millones de pesos con cargo al Sistema General de Participación, pero muchas de las obras de acueducto y alcantarillado no se terminaron.

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3 mayo, 2022

Corte Suprema absolvió al exalcalde de Valledupar Luis Fabián Fernández por el delito de peculado

La Corte Suprema de Justicia absolvió al exalcalde de Valledupar, Luis Fabián Fernández, quien había sido condenado por el delito de peculado por aplicación oficial diferente


Exalcalde de Valledupar
Exalcalde de Valledupar

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia absolvió al exalcalde de Valledupar, Luis Fabián Fernández, quien había sido condenado por el Juzgado Segundo Penal del Circuito, decisión confirmada por el Tribunal Superior de Valledupar, por el delito de peculado por aplicación oficial diferente.

Los hechos materia de investigación tienen que ver con la recaudación, por parte del municipio de Valledupar dentro del marco del Decreto 2093 del 28 de julio de 2003 emanado del Gobierno nacional, de recursos por el orden de más de 1.500 millones de pesos los cuales fueron aplicados o destinados a propiciar la seguridad ciudadana y preservar el orden público en el municipio de Valledupar, tal cual lo concibió el Gobierno nacional al expedir el referido decreto.

Según la acusación de la Fiscalía, tales recursos fueron destinados por el alcalde municipal de entonces, Luis Fabián Fernández Maestre, a gastos de funcionamiento, es decir, a pagar la nómina burocrática.

Relató el ente que el acusado en su condición de alcalde, de conformidad con el artículo 315 numeral 9 de la Constitución Política tenía como atribuciones ordenar los gastos municipales de acuerdo al plan de inversión y  presupuesto, entre otras.

Por esos hechos, el Juzgado Segundo Penal del Circuito, mediante sentencia del 8 de mayo de 2017, declaró al procesado penalmente responsable del comportamiento atribuido y lo sancionó con 24 meses de prisión y multa de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La defensa apeló la decisión y el Tribunal la confirmó con proveído del 17 de julio siguiente, determinación que recurrió de manera extraordinaria el mismo sujeto procesal.

‘CONDUCTA NO FUE ATÍPICA’: CORTE

La Sala de Casación Penal consideró que la conducta de Fernández Maestre no constituyó un delito (fue atípica) puesto que no se estableció que la modificación al destino de los dineros de seguridad y convivencia para emplearlos en gastos de funcionamiento (pago de nómina), “haya generado perjuicio a la inversión social o los salarios o prestaciones sociales de los servidores de la administración municipal”.

No hay duda que el acusado dispuso la utilización de unos recursos públicos a un fin diverso al legalmente establecido. Sin embargo, de allí no surge que su conducta sea típica del punible de peculado por aplicación oficial diferente, en tanto no se estableció que la modificación al destino de los dineros de seguridad y convivencia para emplearlos en gastos de funcionamiento (pago de nómina), haya generado perjuicio a la inversión social o los salarios o prestaciones sociales de los servidores de la administración municipal, conforme lo exige la descripción típica del artículo 399 del Código Penal”, señala la providencia.

En la parte resolutiva de la sentencia, la Corte ordena al “Juzgado de primera instancia proceder a cancelar los registros y anotaciones que haya originado este diligenciamiento en contra del sentenciado”.

LOS OTROS PROCESOS PENDIENTES 

A pesar de ser absuelto en el caso anteriormente expuesto, Fernández Maestre, quien se encuentra prófugo de la justicia, enfrenta como reo ausente otros procesos.

En el Juzgado Tercero Penal del Circuito, en etapa de juicio, es acusado por la presunta irregularidad en la que habría incurrido al efectuar un convenio para una construcción en el corregimiento de Guacoche, al norte de Valledupar.

También pesa una condena en su contra emanada por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Valledupar de 5 años y tres meses de prisión, confirmada por el Tribunal Superior de Valledupar, tras considerar que en ejercicio de sus funciones como alcalde en el período 2009-2011, celebró a ‘dedo’ un millonario contrato con una empresa inapropiada para, supuestamente, capacitar a la población indígena arhuaca, que le costó al municipio un total de $452.200.000.

Entre otros procesos de Fernández Maestre está el famoso empréstito de los 36.000 millones de pesos que inyectó a la Empresa de Servicios Públicos de Valledupar, Emdupar, a través de un convenio interadministrativo para obras de acueducto y alcantarillado que no llegaron a feliz término. El Concejo de Valledupar le otorgó facultades para solicitar a la banca privada un empréstito de 36.000 millones de pesos con cargo al Sistema General de Participación, pero muchas de las obras de acueducto y alcantarillado no se terminaron.