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Judicial - 20 diciembre, 2018

Corte Interamericana condena a Colombia por crimen de AUC en el Cesar

La corte, como medida de reparación, ordenó al Estado mantener abierta la investigación del caso, brindar apoyo psicológico a los familiares y entregar una compensación económica familiar.

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Un histórico fallo para el departamento del Cesar emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), al condenar a la nación por los crímenes cometidos contra miembros de dos familias, atribuidos a los paramilitares en el municipio de Aguachica, en hechos registrados durante el año 1994.

En la sentencia dada a conocer por un comunicado, el tribunal responsabilizó a Colombia de la violación de los derechos a la vida e integridad personal de Noel Omeara Carrascal, su hijo Manuel Guillermo Omeara Miraval y el suegro de éste, Héctor Álvarez Sánchez, por los atentados sufridos y sus posteriores muertes; además del daño causado a sus demás familiares, que para la época, al verse en estado de desprotección, tuvieron que desplazarse de Aguachica.

La CIDH consideró que existían suficientes pruebas para confirmar la existencia de vínculos de miembros de la Fuerza Pública con estructuras paramilitares.

“Este vínculo se manifestó a través de acciones directas de apoyo, colaboración y coordinación, o bien por medio de omisiones de miembros de la Fuerza Pública que favorecían por aquiescencia o tolerancia las acciones de grupos paramilitares, y que terminaron con la muerte de los tres miembros de las familias Omeara y Álvarez”, agregó la CIDH.

Los acontecimientos relacionados iniciaron el 28 de enero de 1994, cuando Noel Omeara Carrascal acudió a un restaurante en compañía de otra persona, en el que ingresaron unos hombres armados que les dispararon y abandonaron el lugar.

Ese día “José Erminso Sepúlveda Saravia – Secretario Privado del Alcalde de Aguachica por el partido político Movimiento de Acción Comunitaria (MAC), se dirigía a almorzar al restaurante “San Roque”, ubicado cerca del edificio de la Alcaldía Municipal y las sedes de la Fuerza Pública, las Unidades Antisecuestro y Extorsión (UNASE), y servicios de inteligencia, DAS. Al dirigirse a comer, se encontró con Noel Emiro Omeara Carrascal, un ganadero de la región quien le dijo querer resolver un problema de impuestos. Al almorzar juntos un grupo de hombres armados entró al restaurante, matando a Sepúlveda e hiriendo mortalmente a Omeara, que falleció seis meses después del atentado”, relata entre sus archivos la Comisión Colombiana de Juristas.

Según la sentencia, a causa del crimen el hijo de Omeara, Manuel Guillermo Omeara Miraval, que vivía con su suegro, Héctor Álvarez Sánchez, inició por su cuenta las investigaciones para descubrir la verdad pero el 27 de agosto de 1994 es privado de la libertad por individuos armados y encontrado sin vida el 23 de septiembre del mismo año.

Asimismo: “Se estableció que el 21 de octubre el señor Álvarez Sánchez cuando entraba a su casa recibió varios disparos por parte de dos hombres vestidos de civil. Como consecuencia del atentado, quedó cuadripléjico y con imposibilidades para hablar. El 11 de mayo de 2000 falleció”, expresa el resumen del fallo.

A razones de este contexto del caso, en el cual el tribunal consideró que es posible suponer la actuación de agentes del Estado en los hechos, la CIDH ordenó como medida de reparación al Estado mantener abiertas las investigaciones del asunto, brindar tratamiento psicológico a los familiares afectados y pagarles una compensación monetaria familiar.

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20 diciembre, 2018

Corte Interamericana condena a Colombia por crimen de AUC en el Cesar

La corte, como medida de reparación, ordenó al Estado mantener abierta la investigación del caso, brindar apoyo psicológico a los familiares y entregar una compensación económica familiar.


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Un histórico fallo para el departamento del Cesar emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), al condenar a la nación por los crímenes cometidos contra miembros de dos familias, atribuidos a los paramilitares en el municipio de Aguachica, en hechos registrados durante el año 1994.

En la sentencia dada a conocer por un comunicado, el tribunal responsabilizó a Colombia de la violación de los derechos a la vida e integridad personal de Noel Omeara Carrascal, su hijo Manuel Guillermo Omeara Miraval y el suegro de éste, Héctor Álvarez Sánchez, por los atentados sufridos y sus posteriores muertes; además del daño causado a sus demás familiares, que para la época, al verse en estado de desprotección, tuvieron que desplazarse de Aguachica.

La CIDH consideró que existían suficientes pruebas para confirmar la existencia de vínculos de miembros de la Fuerza Pública con estructuras paramilitares.

“Este vínculo se manifestó a través de acciones directas de apoyo, colaboración y coordinación, o bien por medio de omisiones de miembros de la Fuerza Pública que favorecían por aquiescencia o tolerancia las acciones de grupos paramilitares, y que terminaron con la muerte de los tres miembros de las familias Omeara y Álvarez”, agregó la CIDH.

Los acontecimientos relacionados iniciaron el 28 de enero de 1994, cuando Noel Omeara Carrascal acudió a un restaurante en compañía de otra persona, en el que ingresaron unos hombres armados que les dispararon y abandonaron el lugar.

Ese día “José Erminso Sepúlveda Saravia – Secretario Privado del Alcalde de Aguachica por el partido político Movimiento de Acción Comunitaria (MAC), se dirigía a almorzar al restaurante “San Roque”, ubicado cerca del edificio de la Alcaldía Municipal y las sedes de la Fuerza Pública, las Unidades Antisecuestro y Extorsión (UNASE), y servicios de inteligencia, DAS. Al dirigirse a comer, se encontró con Noel Emiro Omeara Carrascal, un ganadero de la región quien le dijo querer resolver un problema de impuestos. Al almorzar juntos un grupo de hombres armados entró al restaurante, matando a Sepúlveda e hiriendo mortalmente a Omeara, que falleció seis meses después del atentado”, relata entre sus archivos la Comisión Colombiana de Juristas.

Según la sentencia, a causa del crimen el hijo de Omeara, Manuel Guillermo Omeara Miraval, que vivía con su suegro, Héctor Álvarez Sánchez, inició por su cuenta las investigaciones para descubrir la verdad pero el 27 de agosto de 1994 es privado de la libertad por individuos armados y encontrado sin vida el 23 de septiembre del mismo año.

Asimismo: “Se estableció que el 21 de octubre el señor Álvarez Sánchez cuando entraba a su casa recibió varios disparos por parte de dos hombres vestidos de civil. Como consecuencia del atentado, quedó cuadripléjico y con imposibilidades para hablar. El 11 de mayo de 2000 falleció”, expresa el resumen del fallo.

A razones de este contexto del caso, en el cual el tribunal consideró que es posible suponer la actuación de agentes del Estado en los hechos, la CIDH ordenó como medida de reparación al Estado mantener abiertas las investigaciones del asunto, brindar tratamiento psicológico a los familiares afectados y pagarles una compensación monetaria familiar.