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Editorial - 11 abril, 2020

Contratando y controlando los contratos de urgencia para el coronavirus.

La situación que nos aqueja ha significado grandes esfuerzos para su contención y un escenario de dificultades diarias a las que se ven expuestos los gobernadores y los alcaldes por los múltiples retos que ello implica.

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La situación que nos aqueja ha significado grandes esfuerzos para su contención y un escenario de dificultades diarias a las que se ven expuestos los gobernadores y los alcaldes por los múltiples retos que ello implica. Pero como es sabido, con el fin de atender las necesidades que surgen a partir de la declaración de emergencia del Gobierno nacional , las entidades podrán contratar, bajo la modalidad de contratación directa, bienes y servicios, aplicando la causal de urgencia manifiesta.

Una cosa es que la contratación directa sea de gran utilidad en términos de celeridad  y otra muy distinta, es que, a pocos días del inicio de esta crisis en el país, la Procuraduría General de la Nación manifieste que se están verificando conductas que no son admisibles como la compra de kits de mercados cuyos precios son superiores en comparación con los de las grandes superficies.  

En circular suscrita por el contralor Carlos Felipe Córdoba, se señala que, pese a que en el  tipo de contratación no se requiere, entre otros, la elaboración de estudios previos, resulta lógico determinar la idoneidad de quien celebra el contrato y verificar que el valor se encuentre dentro de los precios de mercado para el bien, obra o servicio, en el momento de su suscripción.

Siguiendo a  la Contraloría General de la República, lo mejor es que los mandatarios  tengan presente designar supervisores e interventores idóneos para ejercer con rigor y diligencia las labores de seguimiento y control de lo contratado.

Como lo expresó José Antonio Soto Murgas, en reciente  columna de El Pilón: “… Desde las entidades estatales debe darse una correcta inversión de recursos públicos con ocasión de las urgencias manifiestas por el Covid-19; así como el deber de diligencia debe versar no solo sobre el contrato celebrado para la adquisición de bienes y servicios, también sobre la ejecución efectiva de estos”.

Igual señaló el columnista: “Las entidades estatales deben garantizar que las ayudas y lo contratado, lleguen a la población vulnerable y afectada con la pandemia, que no sea un simple formalismo o diligenciamiento de formatos. Para que esta emergencia no se preste para irregularidades con los recursos públicos, lo mejor es atender las recomendaciones que a los representantes legales y a los ordenadores del gasto de las entidades públicas, hace la Contraloría General de la República.”  

Se observa en general la sana intención de los mandatarios y su afán de acertar, en una situación compleja, y llevar el pan al necesitado, – como lo venimos reconociendo a lo largo del departamento-  pero debe haber  una conciencia gubernamental, de que son mal vistas, y son objeto de sanción por los organismos de control, las conductas que busquen utilizar la crisis para despilfarrar los sagrados dineros públicos y, en algunos casos, no para buscar votos, como se les ha acusado en la nación, cuando no hay necesidad, pues acaban de ganar con suficientes, sino para recuperar de forma grotesca con la sagrada salud, lo invertido en sus campañas electorales.

Editorial
11 abril, 2020

Contratando y controlando los contratos de urgencia para el coronavirus.

La situación que nos aqueja ha significado grandes esfuerzos para su contención y un escenario de dificultades diarias a las que se ven expuestos los gobernadores y los alcaldes por los múltiples retos que ello implica.


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La situación que nos aqueja ha significado grandes esfuerzos para su contención y un escenario de dificultades diarias a las que se ven expuestos los gobernadores y los alcaldes por los múltiples retos que ello implica. Pero como es sabido, con el fin de atender las necesidades que surgen a partir de la declaración de emergencia del Gobierno nacional , las entidades podrán contratar, bajo la modalidad de contratación directa, bienes y servicios, aplicando la causal de urgencia manifiesta.

Una cosa es que la contratación directa sea de gran utilidad en términos de celeridad  y otra muy distinta, es que, a pocos días del inicio de esta crisis en el país, la Procuraduría General de la Nación manifieste que se están verificando conductas que no son admisibles como la compra de kits de mercados cuyos precios son superiores en comparación con los de las grandes superficies.  

En circular suscrita por el contralor Carlos Felipe Córdoba, se señala que, pese a que en el  tipo de contratación no se requiere, entre otros, la elaboración de estudios previos, resulta lógico determinar la idoneidad de quien celebra el contrato y verificar que el valor se encuentre dentro de los precios de mercado para el bien, obra o servicio, en el momento de su suscripción.

Siguiendo a  la Contraloría General de la República, lo mejor es que los mandatarios  tengan presente designar supervisores e interventores idóneos para ejercer con rigor y diligencia las labores de seguimiento y control de lo contratado.

Como lo expresó José Antonio Soto Murgas, en reciente  columna de El Pilón: “… Desde las entidades estatales debe darse una correcta inversión de recursos públicos con ocasión de las urgencias manifiestas por el Covid-19; así como el deber de diligencia debe versar no solo sobre el contrato celebrado para la adquisición de bienes y servicios, también sobre la ejecución efectiva de estos”.

Igual señaló el columnista: “Las entidades estatales deben garantizar que las ayudas y lo contratado, lleguen a la población vulnerable y afectada con la pandemia, que no sea un simple formalismo o diligenciamiento de formatos. Para que esta emergencia no se preste para irregularidades con los recursos públicos, lo mejor es atender las recomendaciones que a los representantes legales y a los ordenadores del gasto de las entidades públicas, hace la Contraloría General de la República.”  

Se observa en general la sana intención de los mandatarios y su afán de acertar, en una situación compleja, y llevar el pan al necesitado, – como lo venimos reconociendo a lo largo del departamento-  pero debe haber  una conciencia gubernamental, de que son mal vistas, y son objeto de sanción por los organismos de control, las conductas que busquen utilizar la crisis para despilfarrar los sagrados dineros públicos y, en algunos casos, no para buscar votos, como se les ha acusado en la nación, cuando no hay necesidad, pues acaban de ganar con suficientes, sino para recuperar de forma grotesca con la sagrada salud, lo invertido en sus campañas electorales.