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Política - 21 noviembre, 2011

Contraloría detectó hallazgos en Planeación Municipal

Según el concepto de la Contraloría Municipal, luego de la auditoría realizada a la gestión de Oficina de Planeación Municipal concluyó que esta Oficina no cumple con los principios de economía, eficiencia, eficacia, equidad y valoración de los costos ambientales.

Boton Wpp

Según el concepto de la Contraloría Municipal, luego de la auditoría realizada a la gestión de Oficina de Planeación Municipal  concluyó que esta Oficina no cumple con los principios de economía, eficiencia, eficacia, equidad y valoración de los costos ambientales.

Las principales deficiencias fueron encontradas en el manejo presupuestal y baja ejecución en los proyectos. Un común denominador fue el incumplimiento de metas en los proyectos evaluados. Hechos que permitieron establecer la dificultad que tiene la entidad para materializar estrategias establecidas  con el propósito de dar cumplimiento a los objetivos institucionales esperados en un periodo determinado.

En cuanto a las acciones de control urbano posterior que realiza la Oficina de Planeación Municipal, se observa además que de las 823 licencias expedidas en la vigencia 2010 por las Curadurías urbanas del municipio de Valledupar, solo se realizó  control posterior a 39 licencias, es decir al 4.7% de las licencias expedidas; lo que denota la falta de vigilancia y control por parte de la oficina asesora de planeación municipal al cumplimiento de las normas urbanísticas en el municipio de Valledupar.

A esta serie de inconsistencias  se suma que los procesos abiertos por la Oficina de Planeación Municipal en contra de los infractores urbanísticos, se observa que estos no se llevan de acuerdo a los procedimientos legales establecidos. De acuerdo a una muestra seleccionada, se pudo constatar que se inician procesos y solo se llega hasta los descargos del presunto infractor, no se continúa dicho proceso, no se sanciona a pesar de tener plenamente establecido la infracción cometida; inclusive existen casos donde los infractores son reiterativos en la contravención.

Ausencia de política de  archivos documentales

De otro lado, la Administración Municipal no recibe, ni realiza las gestiones pertinentes para garantizar la escrituración de las zonas de cesión obligatoria y gratuita de los proyectos urbanísticos a favor del Municipio de Valledupar. No están definidos los parámetros y procedimientos que conduzcan a materializar estos procesos; no se tiene un inventario de las áreas de cesión pertenecientes al Municipio, lo cual impide la vigilancia y control de las mismas; permitiendo el apropio por parte de particulares de estas áreas que deberían ser de uso público.

En el área de Gestión Documental y de la Administración de archivos, la oficina asesora de planeación municipal, no cuenta con la infraestructura adecuada de espacios, dotaciones, ni con la tecnología conveniente, para atender espacios, de dotaciones, ni con la tecnología conveniente para atender eficientemente a todo el cúmulo de usuarios que diariamente de forma presencial y por medio de diversas comunicaciones requiere respuestas efectivas, agiles y oportunas a sus necesidades de información.

Hasta la fecha, la Oficina Asesora de Planeación Municipal no cuenta con una política eficaz de manejo de los archivos documentales, incumpliendo lo establecido en la Ley 594 de  2000.

Hallazgos

En la auditoria se establecieron cuatro hallazgos con presunta incidencia disciplinaria; los cuales serán trasladados ante las autoridades competentes.

Hallazgo 1. Control Urbano.

Hallazgo 2. Procesos por Infracciones  Urbanísticas.

Hallazgo 3. Incorporación de áreas públicas.

Hallazgo 4. Impuesto de Delineación Urbana

La entidad debe ajustar el plan de mejoramiento que se encuentra desarrollando, con acciones y metas que permitan solucionar las deficiencias comunicadas durante el proceso auditor y que se describen en el informe.

El plan de mejoramiento ajustado debe ser entregado a la Contraloría Municipal de Valledupar dentro de los ocho días hábiles siguientes al recibo del informe, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Resolución Reglamentaria No. 0147 del 21 de diciembre de 2009, en el formato diseñado para  ello.

El plan en mención debe contener las acciones y metas que implementarán por parte de la entidad, las cuales deberán responder a cada una de las debilidades detectadas y comunicadas por el equipo auditor, el cronograma para su implementación y los responsables de su desarrollo.

Política
21 noviembre, 2011

Contraloría detectó hallazgos en Planeación Municipal

Según el concepto de la Contraloría Municipal, luego de la auditoría realizada a la gestión de Oficina de Planeación Municipal concluyó que esta Oficina no cumple con los principios de economía, eficiencia, eficacia, equidad y valoración de los costos ambientales.


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Según el concepto de la Contraloría Municipal, luego de la auditoría realizada a la gestión de Oficina de Planeación Municipal  concluyó que esta Oficina no cumple con los principios de economía, eficiencia, eficacia, equidad y valoración de los costos ambientales.

Las principales deficiencias fueron encontradas en el manejo presupuestal y baja ejecución en los proyectos. Un común denominador fue el incumplimiento de metas en los proyectos evaluados. Hechos que permitieron establecer la dificultad que tiene la entidad para materializar estrategias establecidas  con el propósito de dar cumplimiento a los objetivos institucionales esperados en un periodo determinado.

En cuanto a las acciones de control urbano posterior que realiza la Oficina de Planeación Municipal, se observa además que de las 823 licencias expedidas en la vigencia 2010 por las Curadurías urbanas del municipio de Valledupar, solo se realizó  control posterior a 39 licencias, es decir al 4.7% de las licencias expedidas; lo que denota la falta de vigilancia y control por parte de la oficina asesora de planeación municipal al cumplimiento de las normas urbanísticas en el municipio de Valledupar.

A esta serie de inconsistencias  se suma que los procesos abiertos por la Oficina de Planeación Municipal en contra de los infractores urbanísticos, se observa que estos no se llevan de acuerdo a los procedimientos legales establecidos. De acuerdo a una muestra seleccionada, se pudo constatar que se inician procesos y solo se llega hasta los descargos del presunto infractor, no se continúa dicho proceso, no se sanciona a pesar de tener plenamente establecido la infracción cometida; inclusive existen casos donde los infractores son reiterativos en la contravención.

Ausencia de política de  archivos documentales

De otro lado, la Administración Municipal no recibe, ni realiza las gestiones pertinentes para garantizar la escrituración de las zonas de cesión obligatoria y gratuita de los proyectos urbanísticos a favor del Municipio de Valledupar. No están definidos los parámetros y procedimientos que conduzcan a materializar estos procesos; no se tiene un inventario de las áreas de cesión pertenecientes al Municipio, lo cual impide la vigilancia y control de las mismas; permitiendo el apropio por parte de particulares de estas áreas que deberían ser de uso público.

En el área de Gestión Documental y de la Administración de archivos, la oficina asesora de planeación municipal, no cuenta con la infraestructura adecuada de espacios, dotaciones, ni con la tecnología conveniente, para atender espacios, de dotaciones, ni con la tecnología conveniente para atender eficientemente a todo el cúmulo de usuarios que diariamente de forma presencial y por medio de diversas comunicaciones requiere respuestas efectivas, agiles y oportunas a sus necesidades de información.

Hasta la fecha, la Oficina Asesora de Planeación Municipal no cuenta con una política eficaz de manejo de los archivos documentales, incumpliendo lo establecido en la Ley 594 de  2000.

Hallazgos

En la auditoria se establecieron cuatro hallazgos con presunta incidencia disciplinaria; los cuales serán trasladados ante las autoridades competentes.

Hallazgo 1. Control Urbano.

Hallazgo 2. Procesos por Infracciones  Urbanísticas.

Hallazgo 3. Incorporación de áreas públicas.

Hallazgo 4. Impuesto de Delineación Urbana

La entidad debe ajustar el plan de mejoramiento que se encuentra desarrollando, con acciones y metas que permitan solucionar las deficiencias comunicadas durante el proceso auditor y que se describen en el informe.

El plan de mejoramiento ajustado debe ser entregado a la Contraloría Municipal de Valledupar dentro de los ocho días hábiles siguientes al recibo del informe, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Resolución Reglamentaria No. 0147 del 21 de diciembre de 2009, en el formato diseñado para  ello.

El plan en mención debe contener las acciones y metas que implementarán por parte de la entidad, las cuales deberán responder a cada una de las debilidades detectadas y comunicadas por el equipo auditor, el cronograma para su implementación y los responsables de su desarrollo.