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General - 23 octubre, 2017

Conozca los 3 tipos de visa que exigirá Colombia a los extranjeros

La normatividad de visados en Colombia cambió hace poco con la Resolución 6045 del 2017 , la cual entrará en vigencia el próximo 15 de diciembre.

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La normatividad de visados en Colombia cambió hace poco con la Resolución 6045 del 2017 , la cual entrará en vigencia el próximo 15 de diciembre.

Según el diario El Portafolio, la nueva medida que le dará un giro al sistema de visas del país, el Ministerio de Relaciones Exteriores fijó tres tipos de categoría: V (visitantes), M (migrantes) y R (residentes),  (tipo V), para migrantes (tipo M) y para residentes (tipo R). Cada documento tiene unas características, condiciones y beneficios especiales.

Visa de visitante (tipo V)

Este tipo de visa es destinada para los extranjeros que quieran visitar una o varias veces el país o quedarse temporalmente sin radicarse en él con fines turísticos, académicos, médicos, de ocio, culturales, profesionales, gestiones de negocios, trámites de inversión directa, celebración de contratos, representación comercial y constitución de sociedades comerciales. También a quienes participen en temas relacionados con el arte, deportes o quienes visiten la nación para cubrimientos periodísticos.

Este documento solo puede tramitarse en Colombia y tendrá una vigencia de un año, tiempo que no es susceptible de prorrogas o renovaciones. Sin embargo, puede existir la posibilidad de ser asignada una visa con vigencia de dos años, dependiendo de los argumentos del extranjero.

Visa de migrante (tipo M)

Esta tendrá una vigencia de tres años  para aquellos foráneos  que quieran arribar a Colombia con la intención de establecerse en el país , y deberán cumplir con alguna de las siguientes condiciones:

Ser cónyuge o compañero(a) permanente de un colombiano(a)
Ser padre o hijo de nacional colombiano por adopción
Ser nacional de alguno de los Estados parte del “Acuerdo sobre Residencia para nacionales de los Estados Partes del Mercosur, Bolivia y Chile”.
Ser reconocido como refugiado en Colombia.
Ser religioso, misionero o religioso en formación, de una iglesia o confesión religiosa reconocida por el Estado colombiano.
Ser estudiante matriculado en institución educativa en Colombia para llevar a cabo estudios de básica primaria, secundaria, media o un programa de educación superior.
Es importante aclarar que para recibir es tipo de visado es fundamental tener un empleo fijo en Colombia o de larga duración producto de una vinculación laboral con una persona natural o jurídica domiciliada en Colombia.

Visa de residente (tipo R)

Se le entregará a aquel visitante que desea establecerse de manera permanente o fijar su domicilio en Colombia. Su vigencia será de cinco años y podrá ser renovada por periodos iguales a través del trámite de traspaso de visa.

 Tomado de El Portafolio

General
23 octubre, 2017

Conozca los 3 tipos de visa que exigirá Colombia a los extranjeros

La normatividad de visados en Colombia cambió hace poco con la Resolución 6045 del 2017 , la cual entrará en vigencia el próximo 15 de diciembre.


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La normatividad de visados en Colombia cambió hace poco con la Resolución 6045 del 2017 , la cual entrará en vigencia el próximo 15 de diciembre.

Según el diario El Portafolio, la nueva medida que le dará un giro al sistema de visas del país, el Ministerio de Relaciones Exteriores fijó tres tipos de categoría: V (visitantes), M (migrantes) y R (residentes),  (tipo V), para migrantes (tipo M) y para residentes (tipo R). Cada documento tiene unas características, condiciones y beneficios especiales.

Visa de visitante (tipo V)

Este tipo de visa es destinada para los extranjeros que quieran visitar una o varias veces el país o quedarse temporalmente sin radicarse en él con fines turísticos, académicos, médicos, de ocio, culturales, profesionales, gestiones de negocios, trámites de inversión directa, celebración de contratos, representación comercial y constitución de sociedades comerciales. También a quienes participen en temas relacionados con el arte, deportes o quienes visiten la nación para cubrimientos periodísticos.

Este documento solo puede tramitarse en Colombia y tendrá una vigencia de un año, tiempo que no es susceptible de prorrogas o renovaciones. Sin embargo, puede existir la posibilidad de ser asignada una visa con vigencia de dos años, dependiendo de los argumentos del extranjero.

Visa de migrante (tipo M)

Esta tendrá una vigencia de tres años  para aquellos foráneos  que quieran arribar a Colombia con la intención de establecerse en el país , y deberán cumplir con alguna de las siguientes condiciones:

Ser cónyuge o compañero(a) permanente de un colombiano(a)
Ser padre o hijo de nacional colombiano por adopción
Ser nacional de alguno de los Estados parte del “Acuerdo sobre Residencia para nacionales de los Estados Partes del Mercosur, Bolivia y Chile”.
Ser reconocido como refugiado en Colombia.
Ser religioso, misionero o religioso en formación, de una iglesia o confesión religiosa reconocida por el Estado colombiano.
Ser estudiante matriculado en institución educativa en Colombia para llevar a cabo estudios de básica primaria, secundaria, media o un programa de educación superior.
Es importante aclarar que para recibir es tipo de visado es fundamental tener un empleo fijo en Colombia o de larga duración producto de una vinculación laboral con una persona natural o jurídica domiciliada en Colombia.

Visa de residente (tipo R)

Se le entregará a aquel visitante que desea establecerse de manera permanente o fijar su domicilio en Colombia. Su vigencia será de cinco años y podrá ser renovada por periodos iguales a través del trámite de traspaso de visa.

 Tomado de El Portafolio