Esta semana, el Senado entra a discutir el Proyecto de acto legislativo 02 de 2016 de Cámara (acumulado con el Proyecto de acto legislativo 03 de 2016 de Cámara), “por medio del cual se crea un título de disposiciones transitorias de la Constitución para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz […]
Esta semana, el Senado entra a discutir el Proyecto de acto legislativo 02 de 2016 de Cámara (acumulado con el Proyecto de acto legislativo 03 de 2016 de Cámara), “por medio del cual se crea un título de disposiciones transitorias de la Constitución para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera y se dictan otras disposiciones”.
En aras de que dicho proyecto contribuya efectivamente al objeto consignado en su título, en representación de las víctimas de las Farc reunidas en FEVCOL, presentaré una serie de proposiciones. En caso de que fueran aprobadas, el Congreso daría un paso adelante en la defensa de su independencia y de los intereses de la gran mayoría de nuestro pueblo. Quisiera compartir con ustedes algunas de estas sugerencias:
– Los desmovilizados de grupos ilegales estarán obligados a asistir a audiencias públicas transmitidas por medios audiovisuales ante las víctimas y a responder a todos sus reclamos. Deberán declarar y confesar la verdad completa, detallada y exhaustiva de manera individual, reconocer su responsabilidad sin justificarlos o negar los hechos. La omisión de la verdad completa se calificará como incumplimiento a los compromisos.
– Sólo podrán estar relacionados con la dejación de armas el delito de porte ilegal de armas y los demás delitos políticos. No estarán relacionados con la dejación de armas los delitos continuados de reclutamiento de menores; cultivo, producción o comercialización de estupefacientes; secuestro; extorsión; homicidio; explotación ilegal de minas, entre otros.
– Es preciso prohibir la negociación con grupos ilegales sin que estos previamente hayan cesado hostilidades, incluidos los delitos continuados contra la población, y sin que se haya verificado la liberación de secuestrados y de menores de edad reclutados, y la entrega de información sobre todos los desaparecidos, fosas y minas antipersonales.
– Los desmovilizados de grupos ilegales que incumplan los compromisos transicionales o reincidan deben perder todos los beneficios de la justicia transicional y se someterán a las penas y medidas de la jurisdicción ordinaria, con posibilidad de extradición, cuando apliquen los casos.
– Los desmovilizados no podrán portar armas, ni pertenecer a organismos de seguridad pública o privada, ni a organismos de inteligencia, unidades o salas técnicas de investigación delictiva, ni podrán estar en zonas donde tuvieron relación con cultivo, producción o comercialización de estupefacientes, actividades extorsivas o terroristas, hasta haber cumplido sus penas.
– Las decisiones, procedimientos y normas penales de la Jurisdicción Especial para la Paz tendrán que ser acordes con la jurisprudencia constitucional y ordinaria de la Corte Constitucional, de la Corte suprema de justicia y del Consejo de Estado. Sus magistrados no dictarán normas procedimentales ni harán interpretaciones fuera de las normas preestablecidas.
Guardaremos, como Pandora en su cofre, la esperanza de que esta vez los congresistas se comprometan a corregir el proceso, para que este sí conduzca a la verdad, a la justicia y a la reparación de las víctimas, apostándole a estas propuestas, cuya materialización reduciría el mal sabor que ha dejado la firma de un acuerdo por encima del mandato sagrado de la mayoría del país, que se pronunció en el plebiscito.
*Senadora de la República
Presidenta honoraria Federación Colombiana de Víctimas de las Farc.
Esta semana, el Senado entra a discutir el Proyecto de acto legislativo 02 de 2016 de Cámara (acumulado con el Proyecto de acto legislativo 03 de 2016 de Cámara), “por medio del cual se crea un título de disposiciones transitorias de la Constitución para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz […]
Esta semana, el Senado entra a discutir el Proyecto de acto legislativo 02 de 2016 de Cámara (acumulado con el Proyecto de acto legislativo 03 de 2016 de Cámara), “por medio del cual se crea un título de disposiciones transitorias de la Constitución para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera y se dictan otras disposiciones”.
En aras de que dicho proyecto contribuya efectivamente al objeto consignado en su título, en representación de las víctimas de las Farc reunidas en FEVCOL, presentaré una serie de proposiciones. En caso de que fueran aprobadas, el Congreso daría un paso adelante en la defensa de su independencia y de los intereses de la gran mayoría de nuestro pueblo. Quisiera compartir con ustedes algunas de estas sugerencias:
– Los desmovilizados de grupos ilegales estarán obligados a asistir a audiencias públicas transmitidas por medios audiovisuales ante las víctimas y a responder a todos sus reclamos. Deberán declarar y confesar la verdad completa, detallada y exhaustiva de manera individual, reconocer su responsabilidad sin justificarlos o negar los hechos. La omisión de la verdad completa se calificará como incumplimiento a los compromisos.
– Sólo podrán estar relacionados con la dejación de armas el delito de porte ilegal de armas y los demás delitos políticos. No estarán relacionados con la dejación de armas los delitos continuados de reclutamiento de menores; cultivo, producción o comercialización de estupefacientes; secuestro; extorsión; homicidio; explotación ilegal de minas, entre otros.
– Es preciso prohibir la negociación con grupos ilegales sin que estos previamente hayan cesado hostilidades, incluidos los delitos continuados contra la población, y sin que se haya verificado la liberación de secuestrados y de menores de edad reclutados, y la entrega de información sobre todos los desaparecidos, fosas y minas antipersonales.
– Los desmovilizados de grupos ilegales que incumplan los compromisos transicionales o reincidan deben perder todos los beneficios de la justicia transicional y se someterán a las penas y medidas de la jurisdicción ordinaria, con posibilidad de extradición, cuando apliquen los casos.
– Los desmovilizados no podrán portar armas, ni pertenecer a organismos de seguridad pública o privada, ni a organismos de inteligencia, unidades o salas técnicas de investigación delictiva, ni podrán estar en zonas donde tuvieron relación con cultivo, producción o comercialización de estupefacientes, actividades extorsivas o terroristas, hasta haber cumplido sus penas.
– Las decisiones, procedimientos y normas penales de la Jurisdicción Especial para la Paz tendrán que ser acordes con la jurisprudencia constitucional y ordinaria de la Corte Constitucional, de la Corte suprema de justicia y del Consejo de Estado. Sus magistrados no dictarán normas procedimentales ni harán interpretaciones fuera de las normas preestablecidas.
Guardaremos, como Pandora en su cofre, la esperanza de que esta vez los congresistas se comprometan a corregir el proceso, para que este sí conduzca a la verdad, a la justicia y a la reparación de las víctimas, apostándole a estas propuestas, cuya materialización reduciría el mal sabor que ha dejado la firma de un acuerdo por encima del mandato sagrado de la mayoría del país, que se pronunció en el plebiscito.
*Senadora de la República
Presidenta honoraria Federación Colombiana de Víctimas de las Farc.