“Esta es una medida que beneficia a todos los conductores del país, que se veían expuestos a la inmovilización del vehículo y a una multa si no llevaban en físico su licencia de conducción o la licencia de tránsito del vehículo. El Ministerio sigue haciendo uso de las herramientas tecnológicas existentes para facilitar la vida de los ciudadanos”.
Una nueva circular del Ministerio de Transporte dio a conocer que los conductores de cualquier tipo de vehículos ya no estarán obligados a portar, de forma física, la licencia de conducción ni la licencia del medio de transporte en el que se movilizan.
La ministra de Transporte, Ángela María Orozco, aseguró: “Esta es una medida que beneficia a todos los conductores del país, que se veían expuestos a la inmovilización del vehículo y a una multa si no llevaban en físico su licencia de conducción o la licencia de tránsito del vehículo. El Ministerio sigue haciendo uso de las herramientas tecnológicas existentes para facilitar la vida de los ciudadanos”.
Esto no quiere decir que no se debe mostrar dicha documentación en caso de que un agente del tránsito así lo requiera; en dicho caso el ciudadano deberá consultar en línea y en tiempo real la información que reposa en el Runt y deberá mostrar el mensaje de datos que arroja la consulta donde se evidencia que cuenta con los documentos requeridos.
Para consultar los datos del vehículo podrá ingresar a la página https://www.runt.com.co/consultaCiudadana/#/consultaVehiculo, y digitar número de cédula y placa.Si requiere conocer los datos e información del conductor, deberá ingresar a https://www.runt.com.co/consultaCiudadana/#/consultaPersona, allí encontrará licencia de conducción, licencia de tránsito, certificaciones y otros documentos.
“Esta es una medida que beneficia a todos los conductores del país, que se veían expuestos a la inmovilización del vehículo y a una multa si no llevaban en físico su licencia de conducción o la licencia de tránsito del vehículo. El Ministerio sigue haciendo uso de las herramientas tecnológicas existentes para facilitar la vida de los ciudadanos”.
Una nueva circular del Ministerio de Transporte dio a conocer que los conductores de cualquier tipo de vehículos ya no estarán obligados a portar, de forma física, la licencia de conducción ni la licencia del medio de transporte en el que se movilizan.
La ministra de Transporte, Ángela María Orozco, aseguró: “Esta es una medida que beneficia a todos los conductores del país, que se veían expuestos a la inmovilización del vehículo y a una multa si no llevaban en físico su licencia de conducción o la licencia de tránsito del vehículo. El Ministerio sigue haciendo uso de las herramientas tecnológicas existentes para facilitar la vida de los ciudadanos”.
Esto no quiere decir que no se debe mostrar dicha documentación en caso de que un agente del tránsito así lo requiera; en dicho caso el ciudadano deberá consultar en línea y en tiempo real la información que reposa en el Runt y deberá mostrar el mensaje de datos que arroja la consulta donde se evidencia que cuenta con los documentos requeridos.
Para consultar los datos del vehículo podrá ingresar a la página https://www.runt.com.co/consultaCiudadana/#/consultaVehiculo, y digitar número de cédula y placa.Si requiere conocer los datos e información del conductor, deberá ingresar a https://www.runt.com.co/consultaCiudadana/#/consultaPersona, allí encontrará licencia de conducción, licencia de tránsito, certificaciones y otros documentos.