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Política - 28 noviembre, 2023

Concejo podrá continuar con la elección del personero de Valledupar por decisión del Tribunal

En el fallo, el Tribunal Administrativo desestimó el uso de la tutela por parte del abogado Belisario Jiménez al considerar que existían otros mecanismos y que no se pudo comprobar la vulneración de derechos.

Mesa directiva del Concejo de Valledupar.
Mesa directiva del Concejo de Valledupar.

El Tribunal Administrativo del Cesar ordenó revocar el fallo de tutela proferido por el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Valledupar el 4 de octubre de 2023 en el que ordenó rehacer el concurso de méritos para elegir personero de Valledupar para el periodo 2024-2027.

En su lugar, el Tribunal Administrativo declaró improcedente la solicitud de amparo interpuesta por el abogado Belisario Jiménez en contra del Concejo

Recomendado: De contratistas a obtener las mejores calificaciones en el concurso del Concejo de Valledupar

MOTIVOS

En el fallo, el Tribunal Administrativo desestimó el uso de la tutela por parte del abogado Belisario Jiménez al considerar que existían otros mecanismos y que no se pudo comprobar la vulneración de derechos.

En primer lugar,  la Sala del Tribunal señala que la tutela no fue interpuesta como mecanismo transitorio, “además no se probaron los hechos que pudieran constituir un perjuicio irremediable que amerite la intervención del Juez constitucional de manera excepcional, lo cual se constituye en el elemento esencial para definir la procedencia de la acción de amparo”.

Adicionalmente recordó que la Corte Constitucional ha establecido que resulta improcedente la acción de tutela ante la “existencia de medios judiciales idóneos y eficaces previstos en la Ley 1437 de 2011, por medio de la cual se adoptó el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.

Recomendado: Concejo suspendió concurso para elegir personero de Valledupar por denuncias de corrupción

Incluso, para el Tribunal, pedir que se rehaga el proceso contractual, sin que se encuentre configurado la vulneración de derechos fundamentales personales del accionante, “atenta contra la garantía y efectividad de los derechos fundamentales al acceso a cargos públicos de los participantes del concurso”. 

PROCESO CUESTIONADO

El pasado 22 de septiembre, 72 abogados presentaron la prueba de conocimiento dentro del concurso de méritos para elegir al personero de Valledupar para el periodo 2024-2027. De la prueba solo quedaron cuestionamientos. 

Varios participantes le dijeron a EL PILÓN que las preguntas tenían serias inconsistencias en materia de ortografía y gramática, y las hojas de respuesta no tenían ningún tipo de serial o número de identificación para su seguridad.

Otro participante denunció que “no hubo cadena de custodia en el traslado de los cuadernillos de las pruebas hacia Santa Marta”. “Pueden ser alterados fácilmente”, agregó. Cabe recordar que la Universidad del Magdalena es la encargada de realizar el proceso, contratada por el Concejo de Valledupar.

Política
28 noviembre, 2023

Concejo podrá continuar con la elección del personero de Valledupar por decisión del Tribunal

En el fallo, el Tribunal Administrativo desestimó el uso de la tutela por parte del abogado Belisario Jiménez al considerar que existían otros mecanismos y que no se pudo comprobar la vulneración de derechos.


Mesa directiva del Concejo de Valledupar.
Mesa directiva del Concejo de Valledupar.

El Tribunal Administrativo del Cesar ordenó revocar el fallo de tutela proferido por el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Valledupar el 4 de octubre de 2023 en el que ordenó rehacer el concurso de méritos para elegir personero de Valledupar para el periodo 2024-2027.

En su lugar, el Tribunal Administrativo declaró improcedente la solicitud de amparo interpuesta por el abogado Belisario Jiménez en contra del Concejo

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MOTIVOS

En el fallo, el Tribunal Administrativo desestimó el uso de la tutela por parte del abogado Belisario Jiménez al considerar que existían otros mecanismos y que no se pudo comprobar la vulneración de derechos.

En primer lugar,  la Sala del Tribunal señala que la tutela no fue interpuesta como mecanismo transitorio, “además no se probaron los hechos que pudieran constituir un perjuicio irremediable que amerite la intervención del Juez constitucional de manera excepcional, lo cual se constituye en el elemento esencial para definir la procedencia de la acción de amparo”.

Adicionalmente recordó que la Corte Constitucional ha establecido que resulta improcedente la acción de tutela ante la “existencia de medios judiciales idóneos y eficaces previstos en la Ley 1437 de 2011, por medio de la cual se adoptó el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.

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Incluso, para el Tribunal, pedir que se rehaga el proceso contractual, sin que se encuentre configurado la vulneración de derechos fundamentales personales del accionante, “atenta contra la garantía y efectividad de los derechos fundamentales al acceso a cargos públicos de los participantes del concurso”. 

PROCESO CUESTIONADO

El pasado 22 de septiembre, 72 abogados presentaron la prueba de conocimiento dentro del concurso de méritos para elegir al personero de Valledupar para el periodo 2024-2027. De la prueba solo quedaron cuestionamientos. 

Varios participantes le dijeron a EL PILÓN que las preguntas tenían serias inconsistencias en materia de ortografía y gramática, y las hojas de respuesta no tenían ningún tipo de serial o número de identificación para su seguridad.

Otro participante denunció que “no hubo cadena de custodia en el traslado de los cuadernillos de las pruebas hacia Santa Marta”. “Pueden ser alterados fácilmente”, agregó. Cabe recordar que la Universidad del Magdalena es la encargada de realizar el proceso, contratada por el Concejo de Valledupar.