Estarán exceptuadas las emergencias humanitarias, el transporte de carga y mercancía, entre otros.
Este lunes, el Ministerio del Interior amplió el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable hasta las 00:00 a.m., del 16 de enero de 2021.
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Hasta esa fecha también se mantendrán cerradas las fronteras con Panamá, Ecuador, Perú, Brasil y Venezuela, a partir de las 00:00 a.m., del 1 de diciembre de 2020.
Sin embargo, estarán exceptuadas las emergencias humanitarias, el transporte de carga y mercancía, los casos fortuitos o de fuerza mayor, y la salida del territorio nacional de extranjeros con el apoyo de Migración Colombia, autoridades distritales y municipales.
Igualmente no estarán permitidos los eventos públicos o privados, que impliquen aglomeración de personas; las discotecas, lugares de baile y el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio.
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“Los alcaldes de los municipios y distritos podrán solicitar al Ministerio del Interior autorización para la implementación de planes piloto en establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurante o bares, para el consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento o local, y para la realización de ferias empresariales, ferias ganaderas y eventos con protocolos de bioseguridad”, dice el decreto.
Estarán exceptuadas las emergencias humanitarias, el transporte de carga y mercancía, entre otros.
Este lunes, el Ministerio del Interior amplió el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable hasta las 00:00 a.m., del 16 de enero de 2021.
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Hasta esa fecha también se mantendrán cerradas las fronteras con Panamá, Ecuador, Perú, Brasil y Venezuela, a partir de las 00:00 a.m., del 1 de diciembre de 2020.
Sin embargo, estarán exceptuadas las emergencias humanitarias, el transporte de carga y mercancía, los casos fortuitos o de fuerza mayor, y la salida del territorio nacional de extranjeros con el apoyo de Migración Colombia, autoridades distritales y municipales.
Igualmente no estarán permitidos los eventos públicos o privados, que impliquen aglomeración de personas; las discotecas, lugares de baile y el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio.
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“Los alcaldes de los municipios y distritos podrán solicitar al Ministerio del Interior autorización para la implementación de planes piloto en establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurante o bares, para el consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento o local, y para la realización de ferias empresariales, ferias ganaderas y eventos con protocolos de bioseguridad”, dice el decreto.