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Colombia - 30 noviembre, 2020

Colombia amplió el cierre de fronteras hasta el 16 de enero de 2021

Estarán exceptuadas las emergencias humanitarias, el transporte de carga y mercancía, entre otros.

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Este lunes, el Ministerio del Interior amplió el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable hasta las 00:00 a.m., del 16 de enero de 2021.

Lee también: Lista la cédula digital en Colombia: así puede solicitarla

Hasta esa fecha también se mantendrán cerradas las fronteras con Panamá, Ecuador, Perú, Brasil y Venezuela, a partir de las 00:00 a.m., del 1 de diciembre de 2020.

Sin embargo, estarán exceptuadas las emergencias humanitarias, el transporte de carga y mercancía, los casos fortuitos o de fuerza mayor, y la salida del territorio nacional de extranjeros con el apoyo de Migración Colombia, autoridades distritales y municipales.

Igualmente no estarán permitidos los eventos públicos o privados, que impliquen aglomeración de personas; las discotecas, lugares de baile y el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio.

No dejes de leer: El lunes y martes suspenderán el servicio de energía en seis municipios del Cesar

Los alcaldes de los municipios y distritos podrán solicitar al Ministerio del Interior autorización para la implementación de planes piloto en establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurante o bares, para el consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento o local, y para la realización de ferias empresariales, ferias ganaderas y eventos con protocolos de bioseguridad”, dice el decreto.

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Colombia amplió el cierre de fronteras hasta el 16 de enero de 2021

Estarán exceptuadas las emergencias humanitarias, el transporte de carga y mercancía, entre otros.


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Este lunes, el Ministerio del Interior amplió el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable hasta las 00:00 a.m., del 16 de enero de 2021.

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Hasta esa fecha también se mantendrán cerradas las fronteras con Panamá, Ecuador, Perú, Brasil y Venezuela, a partir de las 00:00 a.m., del 1 de diciembre de 2020.

Sin embargo, estarán exceptuadas las emergencias humanitarias, el transporte de carga y mercancía, los casos fortuitos o de fuerza mayor, y la salida del territorio nacional de extranjeros con el apoyo de Migración Colombia, autoridades distritales y municipales.

Igualmente no estarán permitidos los eventos públicos o privados, que impliquen aglomeración de personas; las discotecas, lugares de baile y el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio.

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