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General - 22 junio, 2016

Código de Policía, a la espera de sanción presidencial

Luego de la aprobación por parte del Congreso de la República, el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional contarán con seis meses para realizar la socialización del nuevo Código de Policía, que le brindará a la institución todas las herramientas necesarias para enfrentar los nuevos retos en materia de criminalidad.

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Luego de la aprobación por parte del Congreso de la República, el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional contarán con seis meses para realizar la socialización del nuevo Código de Policía, que le brindará a la institución todas las herramientas necesarias para enfrentar los nuevos retos en materia de criminalidad.

Así lo informó el ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas, quien además explicó que este Código, que solo espera la sanción presidencial para entrar en vigencia, no busca ser un instrumento represivo, sino más bien persuadir a los ciudadanos de no cometer infracciones o daños al ordenamiento jurídico.

“Las normas de Policía no son un instrumento represivo, sino básicamente preventivo, porque aplica medidas correctivas, que no son propiamente sanciones, sino que corrigen y dan el mensaje a los demás”, destacó Villegas.

El jefe de la cartera de Defensa destacó además que este Código tuvo una amplia socialización al interior del Congreso y que el texto estuvo enriquecido por las experiencias y el conocimiento de la Fuerza Pública e instituciones gubernamentales.

“Es un código que se presentó ocho veces, incluida esta, en este siglo y que finalmente pasó a sanción presidencial. Es un texto que se trabajó durante más de cuatro años, en donde tuvimos la participación, no solo de nuestras Fuerzas, tanto de Policía como de algunas asesorías de las Fuerzas Militares, sino también del Ministerio de Defensa y de la Alta Consejería para la Seguridad Ciudadana”, puntualizó Villegas.

Villegas además explicó 10 puntos destacables del nuevo Código de Policía

1.    Contra el robo de celulares: sólo podrán comercializar equipos celulares quienes tengan la autorización expedida por el Ministerio de las TIC. Por otra parte, se cerrarán definitivamente los establecimientos que revendan equipos que hayan sido hurtados.
2.    Mayor convivencia para reducir riñas y agresiones físicas: medidas correctivas de multa y se desarrollarán actividades pedagógicas a quienes participen en riñas, o inciten o incurran en confrontaciones violentas que puedan derivar en agresiones físicas.
3.    Freno a los daños a estaciones y buses articulados de transporte masivo: impondrán multas y la obligación de reparar daños materiales, a quienes manipulen, deterioren, destruyan o bloqueen las puertas de estaciones y de buses articulados de los sistemas masivos de transporte. Igualmente se adoptan medidas severas contra el fenómeno de los colados en estos medios de transporte.
4.    Protección efectiva en casos de emergencia: la Policía podrá penetrar en domicilios sin mandamiento escrito, ante una situación de imperiosa necesidad, para, entre otros, socorrer a quien pida auxilio, extinguir un incendio, dar caza a un animal rabioso, proteger bienes de personas ausentes cuando se descubra que un extraño ha penetrado violentamente el domicilio y en los casos de manipulación de pólvora sin el cumplimiento de los requisitos de ley.
5.    Buena convivencia en la tenencia de animales y protección a los animales: regula la tenencia de animales domésticos para, por ejemplo, evitar que aquellos animales potencialmente peligrosos puedan generar daños a otros, mediante la exigencia del bozal y de una póliza civil extracontractual, o para incentivar a quienes paseen su mascota para que recojan sus deposiciones, particularmente en lugares abiertos al público donde se desarrollen actividades de recreación. Igualmente para proteger a los animales, se establecen prohibiciones, tales como promover actividades de apuestas con animales, la venta de animales domésticos en vía pública y que los dueños de los semovientes permitan que deambulen sin control por el espacio púbico.

6.    Control del ruido excesivo en vecindarios: Hoy en día, si se presenta una fiesta altamente ruidosa en un vecindario, solo es posible solicitar al organizador que baje los niveles de ruido. Con el nuevo Código, la policía está autorizada hasta para desactivar la fuente de ruido y restablecer la tranquilidad en el vecindario.

7.    Control del ruido excesivo por parte de establecimientos: En el caso de establecimientos de comercio que emitan altos niveles de ruido, se podrá intervenir de forma inmediata, y se podrá hacer cesar las actividades comerciales de manera temporal hasta tanto no se corrija el comportamiento. Igualmente en el caso de personas jurídicas con o sin ánimo de lucro, o los denominados clubes sociales sin ánimo de lucro, las alcaldías pueden establecer horarios y se faculta a las autoridades de policía para ingresar a estos establecimientos para verificar el cumplimiento de los horarios.

8.    Protección de la convivencia en los centros educativos: establecen una serie de disposiciones que prohíben comportamientos que afectan en los centros educativos como el consumo y porte de bebidas alcohólicas, drogas o sustancias prohibidas. Igualmente se faculta al Consejo para que establezca perímetros alrededor de los colegios para prohibir el consumo de bebidas alcohólicas.

9.    Protección de la integridad de niños, niñas y adolescentes: establecen una serie de comportamientos que son prohibidos para proteger a los niños, niñas y adolescentes como permitir, inducir o tolerar que realicen actividades sexuales o pornográficas, o que se ejerza la prostitución o la exploración sexual. Igualmente se prohíbe la venta o alquiler de material pornográfico, bebidas alcohólicas, cigarrillo, tabaco y sus derivados, sustancias psicoactivas o cualquier otra que afecte su salud, pólvora o sustancias prohibidas, armas neumáticas o de aire o similares.

10. Adecuado uso del suelo de los establecimientos: no se abrirán establecimientos de comercio sin que antes se verifiquen las normas sobre uso del suelo, con lo cual, por ejemplo, se podrá evitar la apertura de clubes nocturnos en zonas residenciales. La apertura de cualquier establecimiento deberá informarse con anterioridad al comandante de Estación o Subestación de Policía. Igualmente, en caso de no cumplir con los requisitos establecidos en la ley para el funcionamiento, se podrán cerrar este tipo de establecimientos sin tener que someterse a tortuosos procedimientos que antes duraban años e impedían el sellamiento inmediato.

 

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22 junio, 2016

Código de Policía, a la espera de sanción presidencial

Luego de la aprobación por parte del Congreso de la República, el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional contarán con seis meses para realizar la socialización del nuevo Código de Policía, que le brindará a la institución todas las herramientas necesarias para enfrentar los nuevos retos en materia de criminalidad.


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Luego de la aprobación por parte del Congreso de la República, el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional contarán con seis meses para realizar la socialización del nuevo Código de Policía, que le brindará a la institución todas las herramientas necesarias para enfrentar los nuevos retos en materia de criminalidad.

Así lo informó el ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas, quien además explicó que este Código, que solo espera la sanción presidencial para entrar en vigencia, no busca ser un instrumento represivo, sino más bien persuadir a los ciudadanos de no cometer infracciones o daños al ordenamiento jurídico.

“Las normas de Policía no son un instrumento represivo, sino básicamente preventivo, porque aplica medidas correctivas, que no son propiamente sanciones, sino que corrigen y dan el mensaje a los demás”, destacó Villegas.

El jefe de la cartera de Defensa destacó además que este Código tuvo una amplia socialización al interior del Congreso y que el texto estuvo enriquecido por las experiencias y el conocimiento de la Fuerza Pública e instituciones gubernamentales.

“Es un código que se presentó ocho veces, incluida esta, en este siglo y que finalmente pasó a sanción presidencial. Es un texto que se trabajó durante más de cuatro años, en donde tuvimos la participación, no solo de nuestras Fuerzas, tanto de Policía como de algunas asesorías de las Fuerzas Militares, sino también del Ministerio de Defensa y de la Alta Consejería para la Seguridad Ciudadana”, puntualizó Villegas.

Villegas además explicó 10 puntos destacables del nuevo Código de Policía

1.    Contra el robo de celulares: sólo podrán comercializar equipos celulares quienes tengan la autorización expedida por el Ministerio de las TIC. Por otra parte, se cerrarán definitivamente los establecimientos que revendan equipos que hayan sido hurtados.
2.    Mayor convivencia para reducir riñas y agresiones físicas: medidas correctivas de multa y se desarrollarán actividades pedagógicas a quienes participen en riñas, o inciten o incurran en confrontaciones violentas que puedan derivar en agresiones físicas.
3.    Freno a los daños a estaciones y buses articulados de transporte masivo: impondrán multas y la obligación de reparar daños materiales, a quienes manipulen, deterioren, destruyan o bloqueen las puertas de estaciones y de buses articulados de los sistemas masivos de transporte. Igualmente se adoptan medidas severas contra el fenómeno de los colados en estos medios de transporte.
4.    Protección efectiva en casos de emergencia: la Policía podrá penetrar en domicilios sin mandamiento escrito, ante una situación de imperiosa necesidad, para, entre otros, socorrer a quien pida auxilio, extinguir un incendio, dar caza a un animal rabioso, proteger bienes de personas ausentes cuando se descubra que un extraño ha penetrado violentamente el domicilio y en los casos de manipulación de pólvora sin el cumplimiento de los requisitos de ley.
5.    Buena convivencia en la tenencia de animales y protección a los animales: regula la tenencia de animales domésticos para, por ejemplo, evitar que aquellos animales potencialmente peligrosos puedan generar daños a otros, mediante la exigencia del bozal y de una póliza civil extracontractual, o para incentivar a quienes paseen su mascota para que recojan sus deposiciones, particularmente en lugares abiertos al público donde se desarrollen actividades de recreación. Igualmente para proteger a los animales, se establecen prohibiciones, tales como promover actividades de apuestas con animales, la venta de animales domésticos en vía pública y que los dueños de los semovientes permitan que deambulen sin control por el espacio púbico.

6.    Control del ruido excesivo en vecindarios: Hoy en día, si se presenta una fiesta altamente ruidosa en un vecindario, solo es posible solicitar al organizador que baje los niveles de ruido. Con el nuevo Código, la policía está autorizada hasta para desactivar la fuente de ruido y restablecer la tranquilidad en el vecindario.

7.    Control del ruido excesivo por parte de establecimientos: En el caso de establecimientos de comercio que emitan altos niveles de ruido, se podrá intervenir de forma inmediata, y se podrá hacer cesar las actividades comerciales de manera temporal hasta tanto no se corrija el comportamiento. Igualmente en el caso de personas jurídicas con o sin ánimo de lucro, o los denominados clubes sociales sin ánimo de lucro, las alcaldías pueden establecer horarios y se faculta a las autoridades de policía para ingresar a estos establecimientos para verificar el cumplimiento de los horarios.

8.    Protección de la convivencia en los centros educativos: establecen una serie de disposiciones que prohíben comportamientos que afectan en los centros educativos como el consumo y porte de bebidas alcohólicas, drogas o sustancias prohibidas. Igualmente se faculta al Consejo para que establezca perímetros alrededor de los colegios para prohibir el consumo de bebidas alcohólicas.

9.    Protección de la integridad de niños, niñas y adolescentes: establecen una serie de comportamientos que son prohibidos para proteger a los niños, niñas y adolescentes como permitir, inducir o tolerar que realicen actividades sexuales o pornográficas, o que se ejerza la prostitución o la exploración sexual. Igualmente se prohíbe la venta o alquiler de material pornográfico, bebidas alcohólicas, cigarrillo, tabaco y sus derivados, sustancias psicoactivas o cualquier otra que afecte su salud, pólvora o sustancias prohibidas, armas neumáticas o de aire o similares.

10. Adecuado uso del suelo de los establecimientos: no se abrirán establecimientos de comercio sin que antes se verifiquen las normas sobre uso del suelo, con lo cual, por ejemplo, se podrá evitar la apertura de clubes nocturnos en zonas residenciales. La apertura de cualquier establecimiento deberá informarse con anterioridad al comandante de Estación o Subestación de Policía. Igualmente, en caso de no cumplir con los requisitos establecidos en la ley para el funcionamiento, se podrán cerrar este tipo de establecimientos sin tener que someterse a tortuosos procedimientos que antes duraban años e impedían el sellamiento inmediato.