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Política - 3 julio, 2016

Chiriguaná sigue sin personero

El Concejo Municipal se abstuvo de nombrar a Miguel Peinado Quiroz, quien alcanzó el mayor puntaje a través del concurso de méritos.

Pedro Miguel Peinado interpuso una acción de tutela para reclamar sus derechos y lograr posesionarse como Personero de Chiriguaná. Foto: Leonardo Alvarado / EL PILÓN.
Pedro Miguel Peinado interpuso una acción de tutela para reclamar sus derechos y lograr posesionarse como Personero de Chiriguaná. Foto: Leonardo Alvarado / EL PILÓN.
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En el municipio de Chiriguaná, la comunidad está a la espera de que el Concejo acoja la decisión de un Juez de la República y así nombrar al nuevo Personero Municipal.

La mesa directiva del Concejo no acató la orden del Juez Civil del Circuito de Chiriguaná, Cesar, de elegir y posesionar a Pedro Miguel Peinado, como el Personero Municipal, quien emitió fallo dictado en segunda instancia el pasado 8 de junio del presente año.

La mesa directiva del Concejo emitió la resolución No 011, con fecha 10 de junio de 2016, por medio del cual se da cumplimiento a un fallo judicial de tutela ordenado por el Juez Civil del Circuito de Chiriguaná, donde se suspende e inaplica el acta 005 sin fecha y la resolución No 004 del 10 de enero de 2016, mediante los cuales eligieron a Luzoan Caro Padilla como personera encargada; se dispone además, retomar la lista de elegibles de aspirantes para ocupar el cargo, publicada por la Universidad de Cundinamarca respetando las reglas del concurso establecidas en las resoluciones 019 y 020 de noviembre de 2015 y de tal se a elija a quien resulte ocupar el primer puesto en el concurso de mérito.

“La mesa directiva es enfática en manifestarles que se abstendrá de elegir Personero Municipal, como lo ordena el Juez Civil del Circuito de Chiriguaná en el fallo de tutela cuyo cumplimiento se demanda, por cuanto hacerlo significa violar la ley y ese no es el talante de quienes ostentamos esta dignidad”, sustenta el Concejo Municipal en la resolución.

El afectado Pedro Miguel Peinado Quiroz, afirmó que el Concejo de Chiriguaná está incurriendo en gravísimos errores en el ejercicio de sus funciones y toma de decisiones en el proceso de elección del cargo del representante del Ministerio Público en esa población ubicada en el centro del Cesar.

 

El proceso

El pasado 8 de enero, la Universidad de Cundinamarca, encargada de desarrollar el concurso de méritos para escoger al Personero de Chiriguaná, después de que se sometieran a unas pruebas de rigor, publicó la puntuación de los resultados de la lista de elegibles, quedando en primer lugar Pedro Miguel Peinado Quiroz, con un 64.7 %; en segundo lugar, Jhoan Jairo Dajil, con 64.3 % y en tercer lugar, Luzoan Caro Padilla con 60.2 %. Sin embargo, Concejo tomó la decisión de elegir a Caro Padilla.

Pedro Peinado, quien tiene el primer lugar gracias al concurso de méritos, manifiesta su inconformidad puesto que el Concejo no está cumpliendo con el núcleo central de la tutela que tiene como objetivo restablecer sus derechos fundamentales, que son violados al no posesionarlo en el cargo.

Debido a que los ediles no cumplieron el fallo de tutela, Peinado Quiroz presentó un incidente de desacato contra la mesa directiva del Concejo ante el Juzgado Primero Promiscuo de Chiriguaná. Este juzgado se declaró impedido porque la juez está lisiada, por una queja disciplinaria que interpuso Peinado ante el Concejo Superior de la Judicatura y una denuncia penal por prevaricato por desconocimiento del precedente constitucional, respecto a las tutelas para amparar los derechos fundamentales en los procesos de concurso de mérito.

“El Concejo Municipal se contradice en lo que expresa en la resolución 011 del 10 de junio de 2016, donde dicen que suspenden e implican el acto administrativo de la elección, no sé porque la dejan otra vez encargada, error gravísimo porque el juez no ordena que encarguen, los encargos proceden cuando hay una incapacidad, un permiso, vacaciones, pero no proceden para las vacancias absolutas, además, cuando se presenta una vacancia absoluta, por renuncia, por muerte del titular del cargo o por nulidad de los actos mediante los cuales es elegido, el Alcalde Municipal tiene la obligación de convocar inmediatamente a sesiones extraordinarias para que se supla esa vacancia, que no es temporal; por eso hay una orden del juez, que en 48 horas elija y posesione”, expresó Pedro Miguel Peinado.

¿Cómo resuelve el juez?

El juez Tomás Padilla encargado del Juzgado Primero Promiscuo de Chiriguaná, analizará las respuestas de los concejales y luego entregará un determinación bien sea disciplinaria teniendo en cuenta el decreto 2591. La sanción podría contemplar arresto hasta por seis meses y hasta 20 salarios mínimos contra la mesa directiva del Concejo.

El tocado tiene 10 días hábiles para resolver el incidente de desacato.

Pedro Miguel Peinado indicó que dado el caso, llegue a posesionar, ejecutará las funciones definida por la ley, entre ellas está en ayudar a que la gestión de la Administración Municipal sea transparente y que salgan adelante todos los proyectos que sean de beneficio para la comunidad, como también las otras funciones de control, y de vigilancia, ante todo, la principal función ser defensor, de los derechos humanos.

 

“No sé porque la dejan otra vez encargada, error gravísimo del Concejo Municipal, porque el Juez no ordena que encarguen, ordena que elijan y posesionen”: Miguel Peinado Quiroz.

Por Isabel Cristina Pérez Argote / EL PILÓN

 

Política
3 julio, 2016

Chiriguaná sigue sin personero

El Concejo Municipal se abstuvo de nombrar a Miguel Peinado Quiroz, quien alcanzó el mayor puntaje a través del concurso de méritos.


Pedro Miguel Peinado interpuso una acción de tutela para reclamar sus derechos y lograr posesionarse como Personero de Chiriguaná. Foto: Leonardo Alvarado / EL PILÓN.
Pedro Miguel Peinado interpuso una acción de tutela para reclamar sus derechos y lograr posesionarse como Personero de Chiriguaná. Foto: Leonardo Alvarado / EL PILÓN.
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En el municipio de Chiriguaná, la comunidad está a la espera de que el Concejo acoja la decisión de un Juez de la República y así nombrar al nuevo Personero Municipal.

La mesa directiva del Concejo no acató la orden del Juez Civil del Circuito de Chiriguaná, Cesar, de elegir y posesionar a Pedro Miguel Peinado, como el Personero Municipal, quien emitió fallo dictado en segunda instancia el pasado 8 de junio del presente año.

La mesa directiva del Concejo emitió la resolución No 011, con fecha 10 de junio de 2016, por medio del cual se da cumplimiento a un fallo judicial de tutela ordenado por el Juez Civil del Circuito de Chiriguaná, donde se suspende e inaplica el acta 005 sin fecha y la resolución No 004 del 10 de enero de 2016, mediante los cuales eligieron a Luzoan Caro Padilla como personera encargada; se dispone además, retomar la lista de elegibles de aspirantes para ocupar el cargo, publicada por la Universidad de Cundinamarca respetando las reglas del concurso establecidas en las resoluciones 019 y 020 de noviembre de 2015 y de tal se a elija a quien resulte ocupar el primer puesto en el concurso de mérito.

“La mesa directiva es enfática en manifestarles que se abstendrá de elegir Personero Municipal, como lo ordena el Juez Civil del Circuito de Chiriguaná en el fallo de tutela cuyo cumplimiento se demanda, por cuanto hacerlo significa violar la ley y ese no es el talante de quienes ostentamos esta dignidad”, sustenta el Concejo Municipal en la resolución.

El afectado Pedro Miguel Peinado Quiroz, afirmó que el Concejo de Chiriguaná está incurriendo en gravísimos errores en el ejercicio de sus funciones y toma de decisiones en el proceso de elección del cargo del representante del Ministerio Público en esa población ubicada en el centro del Cesar.

 

El proceso

El pasado 8 de enero, la Universidad de Cundinamarca, encargada de desarrollar el concurso de méritos para escoger al Personero de Chiriguaná, después de que se sometieran a unas pruebas de rigor, publicó la puntuación de los resultados de la lista de elegibles, quedando en primer lugar Pedro Miguel Peinado Quiroz, con un 64.7 %; en segundo lugar, Jhoan Jairo Dajil, con 64.3 % y en tercer lugar, Luzoan Caro Padilla con 60.2 %. Sin embargo, Concejo tomó la decisión de elegir a Caro Padilla.

Pedro Peinado, quien tiene el primer lugar gracias al concurso de méritos, manifiesta su inconformidad puesto que el Concejo no está cumpliendo con el núcleo central de la tutela que tiene como objetivo restablecer sus derechos fundamentales, que son violados al no posesionarlo en el cargo.

Debido a que los ediles no cumplieron el fallo de tutela, Peinado Quiroz presentó un incidente de desacato contra la mesa directiva del Concejo ante el Juzgado Primero Promiscuo de Chiriguaná. Este juzgado se declaró impedido porque la juez está lisiada, por una queja disciplinaria que interpuso Peinado ante el Concejo Superior de la Judicatura y una denuncia penal por prevaricato por desconocimiento del precedente constitucional, respecto a las tutelas para amparar los derechos fundamentales en los procesos de concurso de mérito.

“El Concejo Municipal se contradice en lo que expresa en la resolución 011 del 10 de junio de 2016, donde dicen que suspenden e implican el acto administrativo de la elección, no sé porque la dejan otra vez encargada, error gravísimo porque el juez no ordena que encarguen, los encargos proceden cuando hay una incapacidad, un permiso, vacaciones, pero no proceden para las vacancias absolutas, además, cuando se presenta una vacancia absoluta, por renuncia, por muerte del titular del cargo o por nulidad de los actos mediante los cuales es elegido, el Alcalde Municipal tiene la obligación de convocar inmediatamente a sesiones extraordinarias para que se supla esa vacancia, que no es temporal; por eso hay una orden del juez, que en 48 horas elija y posesione”, expresó Pedro Miguel Peinado.

¿Cómo resuelve el juez?

El juez Tomás Padilla encargado del Juzgado Primero Promiscuo de Chiriguaná, analizará las respuestas de los concejales y luego entregará un determinación bien sea disciplinaria teniendo en cuenta el decreto 2591. La sanción podría contemplar arresto hasta por seis meses y hasta 20 salarios mínimos contra la mesa directiva del Concejo.

El tocado tiene 10 días hábiles para resolver el incidente de desacato.

Pedro Miguel Peinado indicó que dado el caso, llegue a posesionar, ejecutará las funciones definida por la ley, entre ellas está en ayudar a que la gestión de la Administración Municipal sea transparente y que salgan adelante todos los proyectos que sean de beneficio para la comunidad, como también las otras funciones de control, y de vigilancia, ante todo, la principal función ser defensor, de los derechos humanos.

 

“No sé porque la dejan otra vez encargada, error gravísimo del Concejo Municipal, porque el Juez no ordena que encarguen, ordena que elijan y posesionen”: Miguel Peinado Quiroz.

Por Isabel Cristina Pérez Argote / EL PILÓN