Dicho decreto fue creado con el fin de que las entidades territoriales puedan destinar el 10 % de los ingresos adquiridos a través de la Estampilla Procultura para financiar una anualidad vitalicia máximo del 30 % del salario mínimo vigente.
Conociendo el derecho que poseen los creadores y gestores culturales de acceder al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos y Periódicos, BEPS, la administración municipal en articulación con el Ministerio de Cultura convoca al gremio de gestores y creadores culturales a que participen del proceso de identificación, que les permitirá disfrutar de los beneficios otorgados por el Decreto 2012 de 2017.
El proceso de registro se desarrollará hasta el próximo 3 de septiembre en la Oficina Municipal de Cultura que funciona en las instalaciones de la patrimonial Casa de la Cultura ‘Cecilia Caballero de López’ del municipio de Valledupar.
Dicho decreto fue creado con el fin de que las entidades territoriales puedan destinar el 10 % de los ingresos adquiridos a través de la Estampilla Procultura para financiar una anualidad vitalicia máximo del 30 % del salario mínimo vigente, con el fin de favorecer a creadores y gestores culturales de la región.
Así las cosas quienes deseen participar de la convocatoria deberán cumplir con los siguientes requisitos: ser colombiano, tener mínimo 62 años de edad si es hombre y 57 años de edad si es mujer, residir durante los últimos diez años en el territorio nacional, percibir ingresos inferiores a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente; que se acredite, a través del Ministerio de Cultura, su condición de gestor o creador cultural, de acuerdo con los requisitos que esa cartera ministerial determine para tal fin.
Por otra parte, la Oficina de Cultura de Valledupar bajo las instrucciones del decreto priorizará la recepción de los aspirantes que tengan máximo 60 años de edad, minusvalía o discapacidad física o mental del aspirante, ser adulto mayor que vive solo y no depender económicamente de ninguna persona, el tiempo de dedicación del creador o gestor cultural en este campo máximo, fecha de postulación al beneficio.
Dicho decreto fue creado con el fin de que las entidades territoriales puedan destinar el 10 % de los ingresos adquiridos a través de la Estampilla Procultura para financiar una anualidad vitalicia máximo del 30 % del salario mínimo vigente.
Conociendo el derecho que poseen los creadores y gestores culturales de acceder al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos y Periódicos, BEPS, la administración municipal en articulación con el Ministerio de Cultura convoca al gremio de gestores y creadores culturales a que participen del proceso de identificación, que les permitirá disfrutar de los beneficios otorgados por el Decreto 2012 de 2017.
El proceso de registro se desarrollará hasta el próximo 3 de septiembre en la Oficina Municipal de Cultura que funciona en las instalaciones de la patrimonial Casa de la Cultura ‘Cecilia Caballero de López’ del municipio de Valledupar.
Dicho decreto fue creado con el fin de que las entidades territoriales puedan destinar el 10 % de los ingresos adquiridos a través de la Estampilla Procultura para financiar una anualidad vitalicia máximo del 30 % del salario mínimo vigente, con el fin de favorecer a creadores y gestores culturales de la región.
Así las cosas quienes deseen participar de la convocatoria deberán cumplir con los siguientes requisitos: ser colombiano, tener mínimo 62 años de edad si es hombre y 57 años de edad si es mujer, residir durante los últimos diez años en el territorio nacional, percibir ingresos inferiores a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente; que se acredite, a través del Ministerio de Cultura, su condición de gestor o creador cultural, de acuerdo con los requisitos que esa cartera ministerial determine para tal fin.
Por otra parte, la Oficina de Cultura de Valledupar bajo las instrucciones del decreto priorizará la recepción de los aspirantes que tengan máximo 60 años de edad, minusvalía o discapacidad física o mental del aspirante, ser adulto mayor que vive solo y no depender económicamente de ninguna persona, el tiempo de dedicación del creador o gestor cultural en este campo máximo, fecha de postulación al beneficio.