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Política - 16 febrero, 2024

“Ausencia de prueba”: Magistrada se apartó de la condena por peculado contra Monsalvo

El lunes 18 de marzo, la Corte Suprema dará a conocer la condena contra el gobernador.

Luis Alberto Monsalvo, exgobernador del Cesar, condenado por la Corte Suprema.
Luis Alberto Monsalvo, exgobernador del Cesar, condenado por la Corte Suprema.

El pasado miércoles 14 de febrero, la Corte Suprema de Justicia condenó en primera instancia al exgobernador del Cesar, Luis Alberto Monsalvo, por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros. 

Lo anterior por presuntas irregularidades cometidas en la contratación del Programa de Alimentación Escolar del departamento del Cesar en el 2015, cuando Monsalvo era gobernador. 

Sin embargo, la magistrada Blanca Nélida Barreto presentó un salvamento de voto y se apartó de la decisión mayoritaria. La magistrada manifestó estar de acuerdo con que se declare culpable al exgobernador por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, más no “con la decisión de emitir sentido del fallo condenatorio por el ilícito de peculado por apropiación dada la ausencia de prueba que acredite más allá de toda duda razonable su intervención en calidad de coautor en tal ilícito patrimonial”.

Destacado: Kilo de hígado a $65 mil: los sobrecostos en el PAE por los que condenaron a Luis Alberto Monsalvo 

Para la Sala mayoritaria, al haberse celebrado y liquidado el contrato de forma irregular con el asentimiento de Luis Alberto Monsalvo, no solo se configuró el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, sino que a su vez “este se constituyó en el medio idóneo para apropiarse en provecho ajeno de recursos estatales”, sin que tal resultado lesivo, como se plasma en la providencia, pueda considerarse producto de la causalidad”.

“COAUTOR”

La magistrada aseguró que se apartó de la decisión porque, en su criterio, “los medios probatorios aducidos para sustentar la condena en contra de Monsalvo Gnecco por el delito de peculado por apropiación”, solo se basan en la duda razonable de su intervención en calidad de coautor y, en concreto, “que haya delegado la contratación con la finalidad de eludir los requisitos legales, como medio para, en conjunto con otras personas, apropiarse dolosamente de recursos estatales”.

El lunes 18 de marzo, la Corte Suprema dará a conocer la condena contra el gobernador. El abogado José Luis Barceló, defensa de Monsalvo, aseguró que apelarán la decisión, por lo que irá a segunda instancia. Igualmente, pidió que no sea enviado a prisión hasta que sea ejecutoriado el fallo.

Política
16 febrero, 2024

“Ausencia de prueba”: Magistrada se apartó de la condena por peculado contra Monsalvo

El lunes 18 de marzo, la Corte Suprema dará a conocer la condena contra el gobernador.


Luis Alberto Monsalvo, exgobernador del Cesar, condenado por la Corte Suprema.
Luis Alberto Monsalvo, exgobernador del Cesar, condenado por la Corte Suprema.

El pasado miércoles 14 de febrero, la Corte Suprema de Justicia condenó en primera instancia al exgobernador del Cesar, Luis Alberto Monsalvo, por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros. 

Lo anterior por presuntas irregularidades cometidas en la contratación del Programa de Alimentación Escolar del departamento del Cesar en el 2015, cuando Monsalvo era gobernador. 

Sin embargo, la magistrada Blanca Nélida Barreto presentó un salvamento de voto y se apartó de la decisión mayoritaria. La magistrada manifestó estar de acuerdo con que se declare culpable al exgobernador por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, más no “con la decisión de emitir sentido del fallo condenatorio por el ilícito de peculado por apropiación dada la ausencia de prueba que acredite más allá de toda duda razonable su intervención en calidad de coautor en tal ilícito patrimonial”.

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Para la Sala mayoritaria, al haberse celebrado y liquidado el contrato de forma irregular con el asentimiento de Luis Alberto Monsalvo, no solo se configuró el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, sino que a su vez “este se constituyó en el medio idóneo para apropiarse en provecho ajeno de recursos estatales”, sin que tal resultado lesivo, como se plasma en la providencia, pueda considerarse producto de la causalidad”.

“COAUTOR”

La magistrada aseguró que se apartó de la decisión porque, en su criterio, “los medios probatorios aducidos para sustentar la condena en contra de Monsalvo Gnecco por el delito de peculado por apropiación”, solo se basan en la duda razonable de su intervención en calidad de coautor y, en concreto, “que haya delegado la contratación con la finalidad de eludir los requisitos legales, como medio para, en conjunto con otras personas, apropiarse dolosamente de recursos estatales”.

El lunes 18 de marzo, la Corte Suprema dará a conocer la condena contra el gobernador. El abogado José Luis Barceló, defensa de Monsalvo, aseguró que apelarán la decisión, por lo que irá a segunda instancia. Igualmente, pidió que no sea enviado a prisión hasta que sea ejecutoriado el fallo.