En contratación estatal, el principio de igualdad implica el derecho del particular de participar en un proceso de selección en idénticas oportunidades respecto de otros oferentes y de recibir el mismo tratamiento, por lo cual las administraciones no pueden establecer cláusulas discriminatorias o beneficiar a uno de los interesados o participantes.
En el Cesar, al parecer, este y otros principios no se estarían respetando en la contratación pública. Prueba de ello son los pliegos licitatorios que limitan la pluralidad de oferentes. Ejemplos hay muchos, donde algunas administraciones colocan ‘trampitas’ para favorecer a una empresa. Es como si antes de publicitarlo, el contrato ya tuviera dueño.
Ingenieros expertos en contratación señalaron que a través de calificaciones subjetivas o exigencias ajustadas a cierta empresa envían un mensaje claro para que no haya competencia y se presente un único oferente.











