La decisión de primera instancia está relacionada con el polémico caso de la elección de personero municipal.
La Procuraduría General de la Nación emitió fallo absolutorio en el caso donde era investigada la alcaldesa de Chiriguaná, Zunilda Toloza Pérez, y los siete concejales vinculados a una investigación por la elección del personero municipal.
El Ministerio Público informó ayer sobre el fallo absolutorio para ambas partes, dejando como base que lo emanado en la tutela del Juzgado Civil del Circuito de Chiriguaná, del 8 de junio de 2016, fue una “conducta atípica” endilgada en la audiencia del 28 de febrero de 2017, en contra de los demandados por Pedro Miguel Peinado, actual personero.
“El no cumplimiento de la decisión de tutela, no fue el resultado del acate de la resolución judicial y mucho menos de un prevaricato por omisión, pues ante el pronunciamiento de fecha de 1 de agosto de 2016 de la jurisdicción contenciosa administrativa que declaraba la nulidad de la personero Luzoán Caro Padilla, debían los concejales acatarla y proceder de conformidad ya no regidos por el fallo de tutela, sino por lo dispuesto en la sentencia de nulidad electoral”, dijo la Procuraduría en la audiencia transmitida de manera virtual, en la sala de la Procuraduría Regional de Valledupar.
Con esas consideraciones, la Procuraduría Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa resolvió declarar “desvirtuado y no probado el cargo disciplinario formulado” a Zunilda Toloza Pérez en calidad de alcaldesa, y a los concejales José Juaquín Coronel Martínez, José Oiden Pérez Batista, Diego María García Infante, Iván Antonio Cadena Rivera, Alexander Barragán Galvis, Alejandro Malkúm Oyaga, Jainer Payares Angulo, Yusuanni Marallo Armenta, Alejando Elías Malkún Payares, Ernesto Javier López Salazar, Miguelina Orta Montecristo, Walter García Machado y Jaime Enrique Cadena Muñoz.
Esta es una decisión en primera instancia, para la cual procede recurso de apelación que fue presentado inmediatamente por Pedro Miguel Peinado, quien la semana anterior tomó posesión como personero de Chiriguaná gracias a la decisión proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Valledupar.
Este proceso mantuvo al municipio por un año sin personero, debido a que la alcaldesa Toloza Pérez no atendió una orden del Juez Promiscuo Municipal, quien la exhortó a convocar a sesiones extraordinarias al Concejo Municipal para que dieran cumplimiento a la orden de tutela pero la funcionaria desatendió lo dispuesto.
La investigación fue trasladada a Bogotá desde julio como consecuencia de la audiencia que el procurador general, Fernando Carrillo, adelantó en Valledupar a finales de mayo, durante la cual se expusieron posibles hechos de corrupción, entre ellos el caso de la Personería de Chiriguaná.
En el pliego de cargos contra los investigados del caso se determinó la conducta como gravísima a título de dolo, por los delitos de prevaricato y fraude a resolución judicial. Todo esto, hasta ahora, quedaría archivado por orden de Héctor Eduardo Real de Chamorro, procurador Primero Delegado para la Vigilancia Administrativa.
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La audiencia de lectura de fallo se realizó la mañana de ayer en la Procuraduría Regional de Valledupar, diligencia que no contó con la presencia la alcaldesa de Chiriguaná, Zunilda Toloza Pérez.
La decisión de primera instancia está relacionada con el polémico caso de la elección de personero municipal.
La Procuraduría General de la Nación emitió fallo absolutorio en el caso donde era investigada la alcaldesa de Chiriguaná, Zunilda Toloza Pérez, y los siete concejales vinculados a una investigación por la elección del personero municipal.
El Ministerio Público informó ayer sobre el fallo absolutorio para ambas partes, dejando como base que lo emanado en la tutela del Juzgado Civil del Circuito de Chiriguaná, del 8 de junio de 2016, fue una “conducta atípica” endilgada en la audiencia del 28 de febrero de 2017, en contra de los demandados por Pedro Miguel Peinado, actual personero.
“El no cumplimiento de la decisión de tutela, no fue el resultado del acate de la resolución judicial y mucho menos de un prevaricato por omisión, pues ante el pronunciamiento de fecha de 1 de agosto de 2016 de la jurisdicción contenciosa administrativa que declaraba la nulidad de la personero Luzoán Caro Padilla, debían los concejales acatarla y proceder de conformidad ya no regidos por el fallo de tutela, sino por lo dispuesto en la sentencia de nulidad electoral”, dijo la Procuraduría en la audiencia transmitida de manera virtual, en la sala de la Procuraduría Regional de Valledupar.
Con esas consideraciones, la Procuraduría Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa resolvió declarar “desvirtuado y no probado el cargo disciplinario formulado” a Zunilda Toloza Pérez en calidad de alcaldesa, y a los concejales José Juaquín Coronel Martínez, José Oiden Pérez Batista, Diego María García Infante, Iván Antonio Cadena Rivera, Alexander Barragán Galvis, Alejandro Malkúm Oyaga, Jainer Payares Angulo, Yusuanni Marallo Armenta, Alejando Elías Malkún Payares, Ernesto Javier López Salazar, Miguelina Orta Montecristo, Walter García Machado y Jaime Enrique Cadena Muñoz.
Esta es una decisión en primera instancia, para la cual procede recurso de apelación que fue presentado inmediatamente por Pedro Miguel Peinado, quien la semana anterior tomó posesión como personero de Chiriguaná gracias a la decisión proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Valledupar.
Este proceso mantuvo al municipio por un año sin personero, debido a que la alcaldesa Toloza Pérez no atendió una orden del Juez Promiscuo Municipal, quien la exhortó a convocar a sesiones extraordinarias al Concejo Municipal para que dieran cumplimiento a la orden de tutela pero la funcionaria desatendió lo dispuesto.
La investigación fue trasladada a Bogotá desde julio como consecuencia de la audiencia que el procurador general, Fernando Carrillo, adelantó en Valledupar a finales de mayo, durante la cual se expusieron posibles hechos de corrupción, entre ellos el caso de la Personería de Chiriguaná.
En el pliego de cargos contra los investigados del caso se determinó la conducta como gravísima a título de dolo, por los delitos de prevaricato y fraude a resolución judicial. Todo esto, hasta ahora, quedaría archivado por orden de Héctor Eduardo Real de Chamorro, procurador Primero Delegado para la Vigilancia Administrativa.
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La audiencia de lectura de fallo se realizó la mañana de ayer en la Procuraduría Regional de Valledupar, diligencia que no contó con la presencia la alcaldesa de Chiriguaná, Zunilda Toloza Pérez.