En las pasadas elecciones del 29 de octubre de 2023, Unaldo Rocha resultó electo como alcalde de San Diego con 5.738 votos, superando a Maritza Cecilia Villero, quien sumó 4.483 votos.
El Tribunal Administrativo del Cesar negó las pretensiones de la demanda de nulidad electoral interpuesta por Maritza Cecillia Villero en contra del alcalde de San Diego, Unaldo Rocha.
En las pasadas elecciones del 29 de octubre de 2023, Unaldo Rocha resultó electo como alcalde de San Diego con 5.738 votos, superando a Maritza Cecilia Villero, quien sumó 4.483 votos.
Según la demandante, se habrían registrado irregularidades en los escrutinios, a causa de las diferencias en los Formularios E-14 y E-24 de varias mesas, así como en el cómputo de votos, que habrían favorecido a Rocha. Así se le habrían sumado 1.274 votos al alcalde, aseguró la excandidata.
No obstante, el Tribunal Administrativo señaló que las acusaciones eran infundadas pues no tenían soporte en pruebas verídicas. “Incumpliendo la demandante con el deber que le asistía para arribar al conocimiento de la Sala de Decisión las pruebas que permitieran acoger sus pedimentos y desvirtuaran la presunción de legalidad que reviste el acto demandado”, concluyó el Tribunal.
En segundo lugar, Maritza Villero aseguró en la demanda que del total de los votos del alcalde Unaldo Rocha, 1.274 eran de personas trashumantes. En ese punto presentó como prueba un listado de 123 personas con sus respectivos nombres y apellidos, documentos de identidad y municipio de residencia.
No obstante, el Tribunal Administrativo explicó que omitió informar si esas personas habían sufragado, la mesa en que habían ejercido su derecho al voto y si tampoco hacían parte del censo electoral consolidado para las votaciones, entre otros vacíos.
A raíz de esa orfandad probatoria, el Tribunal recordó que la norma establece que para la configuración de la causal de nulidad por trashumancia se debe “confrontar varias bases de datos”.
“Comoquiera que existen por disposición legal varias bases de datos que se deben confrontar antes de determinar si un ciudadano reside o no en un municipio, amén de que pueda que no resida en el mismo pero sí tiene un asiento laboral en el mismo, por lo que la simple verificación del lugar de residencia registrado en el ADRES no tiene la entidad suficiente para considerar que una persona es trashumante”, afirmó el Tribunal.
En entrevista para EL PILÓN, Unaldo Rocha aseguró que él era el alcalde de todos los sandieganos, no solo de los que lo apoyaron.
“No hay vencedores, ni vencidos, sino un alcalde haciendo patria y cumpliendo con los acápites consignados en el Plan de Desarrollo. Me siento feliz, yo creo en la justicia. Siempre he hecho las cosas bien, y esto nos lleva a trabajar más, como lo hemos venido haciendo”, comentó.
Por Deivis Caro
En las pasadas elecciones del 29 de octubre de 2023, Unaldo Rocha resultó electo como alcalde de San Diego con 5.738 votos, superando a Maritza Cecilia Villero, quien sumó 4.483 votos.
El Tribunal Administrativo del Cesar negó las pretensiones de la demanda de nulidad electoral interpuesta por Maritza Cecillia Villero en contra del alcalde de San Diego, Unaldo Rocha.
En las pasadas elecciones del 29 de octubre de 2023, Unaldo Rocha resultó electo como alcalde de San Diego con 5.738 votos, superando a Maritza Cecilia Villero, quien sumó 4.483 votos.
Según la demandante, se habrían registrado irregularidades en los escrutinios, a causa de las diferencias en los Formularios E-14 y E-24 de varias mesas, así como en el cómputo de votos, que habrían favorecido a Rocha. Así se le habrían sumado 1.274 votos al alcalde, aseguró la excandidata.
No obstante, el Tribunal Administrativo señaló que las acusaciones eran infundadas pues no tenían soporte en pruebas verídicas. “Incumpliendo la demandante con el deber que le asistía para arribar al conocimiento de la Sala de Decisión las pruebas que permitieran acoger sus pedimentos y desvirtuaran la presunción de legalidad que reviste el acto demandado”, concluyó el Tribunal.
En segundo lugar, Maritza Villero aseguró en la demanda que del total de los votos del alcalde Unaldo Rocha, 1.274 eran de personas trashumantes. En ese punto presentó como prueba un listado de 123 personas con sus respectivos nombres y apellidos, documentos de identidad y municipio de residencia.
No obstante, el Tribunal Administrativo explicó que omitió informar si esas personas habían sufragado, la mesa en que habían ejercido su derecho al voto y si tampoco hacían parte del censo electoral consolidado para las votaciones, entre otros vacíos.
A raíz de esa orfandad probatoria, el Tribunal recordó que la norma establece que para la configuración de la causal de nulidad por trashumancia se debe “confrontar varias bases de datos”.
“Comoquiera que existen por disposición legal varias bases de datos que se deben confrontar antes de determinar si un ciudadano reside o no en un municipio, amén de que pueda que no resida en el mismo pero sí tiene un asiento laboral en el mismo, por lo que la simple verificación del lugar de residencia registrado en el ADRES no tiene la entidad suficiente para considerar que una persona es trashumante”, afirmó el Tribunal.
En entrevista para EL PILÓN, Unaldo Rocha aseguró que él era el alcalde de todos los sandieganos, no solo de los que lo apoyaron.
“No hay vencedores, ni vencidos, sino un alcalde haciendo patria y cumpliendo con los acápites consignados en el Plan de Desarrollo. Me siento feliz, yo creo en la justicia. Siempre he hecho las cosas bien, y esto nos lleva a trabajar más, como lo hemos venido haciendo”, comentó.
Por Deivis Caro