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Judicial - 19 enero, 2012

Absuelto médico implicado en millonario desfalco al Departamento

El Juzgado Tercero Penal del Circuito de Valledupar, absolvió al médico cirujano Rubén Darío Calderón Orozco, quien era investigado como responsable del delito de peculado por apropiación en concurso heterogéneo con celebración de contrato sin el lleno de los requisitos legales.

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El Juzgado Tercero Penal del Circuito de Valledupar, absolvió al médico cirujano Rubén Darío Calderón Orozco, quien era investigado como responsable del delito de peculado por apropiación en concurso heterogéneo con celebración de contrato sin el lleno de los requisitos legales.
El médico era procesado por haber constituido la empresa Same- Ltda (Servicios de Atención Médica Escolar), que solo existía en papel, a la cual  le otorgaron un contrato del Fondo de Educación Departamental del Cesar, FED, por un monto de 700 millones de pesos.
Según lo establecido por las autoridades, dicho contrato fue el número 028 y su adicional de septiembre y 20 de octubre de 1999, respectivamente, adjudicado a la empresa Same- Ltda, cuyo objeto era la prestación de servicios médicos odontológicos a estudiantes de diferentes planteles educativos.
En este y otros contratos mediante una auditoria de la Contraloría Departamental detectó irregularidades cometidas por parte del FED, a cargo de Wilson Molina Jiménez, en su calidad de Secretario de Educación.
Fue así como la Fiscalía 12 delegada de la Unidad Nacional Especializada en Delitos Contra la Administración Pública, mediante providencia de 31 de diciembre de 2008, profirió resolución de acusación contra Rubén Darío Calderón Orozco.
El ente acusador adujo que la empresa Same- Ltda, no contaba con la infraestructura operativa, técnica y humana para cumplir con el objeto del contrato, entre otras inconsistencias.
Sin embargo, en la sentencia absolutoria emitida por el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Valledupar, el juez argumenta que la Fiscalía en la formulación de acusación no tipificó el delito de celebración indebida de contratos y tampoco el de peculado por apropiación, por lo tanto no se cumplieron las exigencias jurídicas para condenar al procesado.

Judicial
19 enero, 2012

Absuelto médico implicado en millonario desfalco al Departamento

El Juzgado Tercero Penal del Circuito de Valledupar, absolvió al médico cirujano Rubén Darío Calderón Orozco, quien era investigado como responsable del delito de peculado por apropiación en concurso heterogéneo con celebración de contrato sin el lleno de los requisitos legales.


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El Juzgado Tercero Penal del Circuito de Valledupar, absolvió al médico cirujano Rubén Darío Calderón Orozco, quien era investigado como responsable del delito de peculado por apropiación en concurso heterogéneo con celebración de contrato sin el lleno de los requisitos legales.
El médico era procesado por haber constituido la empresa Same- Ltda (Servicios de Atención Médica Escolar), que solo existía en papel, a la cual  le otorgaron un contrato del Fondo de Educación Departamental del Cesar, FED, por un monto de 700 millones de pesos.
Según lo establecido por las autoridades, dicho contrato fue el número 028 y su adicional de septiembre y 20 de octubre de 1999, respectivamente, adjudicado a la empresa Same- Ltda, cuyo objeto era la prestación de servicios médicos odontológicos a estudiantes de diferentes planteles educativos.
En este y otros contratos mediante una auditoria de la Contraloría Departamental detectó irregularidades cometidas por parte del FED, a cargo de Wilson Molina Jiménez, en su calidad de Secretario de Educación.
Fue así como la Fiscalía 12 delegada de la Unidad Nacional Especializada en Delitos Contra la Administración Pública, mediante providencia de 31 de diciembre de 2008, profirió resolución de acusación contra Rubén Darío Calderón Orozco.
El ente acusador adujo que la empresa Same- Ltda, no contaba con la infraestructura operativa, técnica y humana para cumplir con el objeto del contrato, entre otras inconsistencias.
Sin embargo, en la sentencia absolutoria emitida por el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Valledupar, el juez argumenta que la Fiscalía en la formulación de acusación no tipificó el delito de celebración indebida de contratos y tampoco el de peculado por apropiación, por lo tanto no se cumplieron las exigencias jurídicas para condenar al procesado.