Desde que surgió la iniciativa han salido voces a favor y en contra por parte de académicos, juristas y congresistas.
A una plenaria del Senado de la República quedó pendiente la aprobación de un proyecto de acto legislativo que busca imponer la cadena perpetua en la justicia ordinaria para los violadores y asesinos de niños.
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La iniciativa que recientemente fue aprobada en la Comisión Primera, de pasar la última ‘prueba de fuego’ antes del 20 de junio podrá ser ley, pero al pretender modificar el artículo 34 de la Constitución Política del país, suprimiendo la prohibición de la pena de prisión perpetua, tendría que ser revisada por la Corte Constitucional.
El proyecto pretende que esta pena sea aplicada por los administradores de justicia en casos excepcionales como cuando un menor de edad en incapacidad de resistir sea víctima de homicidio o acceso carnal violento.
De igual manera en caso de ser aprobado, contempla la posibilidad de la revisión de la condena perpetua a los 25 años de haber sido impuesta.
No obstante, desde que surgió el acto legislativo voces en contra y a favor se han presentado en los distintos sectores sociales.
Para el personero de Valledupar, Silvio Cuello Chinchilla, en la proposición no se vulnerarían derechos humanos porque los condenados no serían privados de otros aspectos.
“La cadena perpetua sería factible para ver si se frena esa persecución o delirio que tienen algunos personajes contra nuestros infantes. Es una propuesta que debería ser aprobada de forma positiva. No se estaría generando violación de derechos porque aunque la persona tenga condena perpetua también tendría la oportunidad para comunicarse con el mismo Estado, sus abogados, sus familiares”, expresó el funcionario.
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Agregó también que existe la necesidad de crear políticas públicas que posibiliten una mejor protección de la niñez en el territorio nacional.
Por su parte el abogado Benjamín Quintero Jaimes, especialista en Derecho Penal, explicó que el país no está preparado para aplicar ese tipo de sanción punitiva.
“Una condena perpetua para una persona en la situación en la que están los establecimientos carcelarios, es un poco absurdo. Ahora en los fines de la pena se establecen unos ingredientes tales como resocialización, en fin muchos aspectos que deben ser tenidos en cuenta en Colombia para el tratamiento penitenciario y no tenemos la infraestructura física ni formativa de las personas que tienen la competencia”, dijo el jurista.
Argumentó además que lo establecido actualmente es suficiente porque las condenas en los delitos que atentan contra la integridad sexual de los menores de edad no tienen beneficios, por lo que su aplicación es casi que efectiva.
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“Una de las funciones de la pena es la disuasoria, es decir, que la persona entienda que no puede cometer delitos porque tiene una condena a aplicar y aquí esa finalidad no obra porque la aplicación de la sanción penal no convierte a la persona, por el temor de ser castigado, en un ser social. Entonces no necesariamente ni la prisión perpetua ni la pena de muerte o dosificada normalmente va lograr que no se cometa el delito. No es cierto que este tipo de castigo controle ese comportamiento”, concluyó el abogado Benjamín Quintero Jaimes.
Desde que surgió la iniciativa han salido voces a favor y en contra por parte de académicos, juristas y congresistas.
A una plenaria del Senado de la República quedó pendiente la aprobación de un proyecto de acto legislativo que busca imponer la cadena perpetua en la justicia ordinaria para los violadores y asesinos de niños.
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La iniciativa que recientemente fue aprobada en la Comisión Primera, de pasar la última ‘prueba de fuego’ antes del 20 de junio podrá ser ley, pero al pretender modificar el artículo 34 de la Constitución Política del país, suprimiendo la prohibición de la pena de prisión perpetua, tendría que ser revisada por la Corte Constitucional.
El proyecto pretende que esta pena sea aplicada por los administradores de justicia en casos excepcionales como cuando un menor de edad en incapacidad de resistir sea víctima de homicidio o acceso carnal violento.
De igual manera en caso de ser aprobado, contempla la posibilidad de la revisión de la condena perpetua a los 25 años de haber sido impuesta.
No obstante, desde que surgió el acto legislativo voces en contra y a favor se han presentado en los distintos sectores sociales.
Para el personero de Valledupar, Silvio Cuello Chinchilla, en la proposición no se vulnerarían derechos humanos porque los condenados no serían privados de otros aspectos.
“La cadena perpetua sería factible para ver si se frena esa persecución o delirio que tienen algunos personajes contra nuestros infantes. Es una propuesta que debería ser aprobada de forma positiva. No se estaría generando violación de derechos porque aunque la persona tenga condena perpetua también tendría la oportunidad para comunicarse con el mismo Estado, sus abogados, sus familiares”, expresó el funcionario.
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Agregó también que existe la necesidad de crear políticas públicas que posibiliten una mejor protección de la niñez en el territorio nacional.
Por su parte el abogado Benjamín Quintero Jaimes, especialista en Derecho Penal, explicó que el país no está preparado para aplicar ese tipo de sanción punitiva.
“Una condena perpetua para una persona en la situación en la que están los establecimientos carcelarios, es un poco absurdo. Ahora en los fines de la pena se establecen unos ingredientes tales como resocialización, en fin muchos aspectos que deben ser tenidos en cuenta en Colombia para el tratamiento penitenciario y no tenemos la infraestructura física ni formativa de las personas que tienen la competencia”, dijo el jurista.
Argumentó además que lo establecido actualmente es suficiente porque las condenas en los delitos que atentan contra la integridad sexual de los menores de edad no tienen beneficios, por lo que su aplicación es casi que efectiva.
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“Una de las funciones de la pena es la disuasoria, es decir, que la persona entienda que no puede cometer delitos porque tiene una condena a aplicar y aquí esa finalidad no obra porque la aplicación de la sanción penal no convierte a la persona, por el temor de ser castigado, en un ser social. Entonces no necesariamente ni la prisión perpetua ni la pena de muerte o dosificada normalmente va lograr que no se cometa el delito. No es cierto que este tipo de castigo controle ese comportamiento”, concluyó el abogado Benjamín Quintero Jaimes.