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Columnista - 19 marzo, 2012

LA AVILANTEZ DEL GOBIERNO

Por: Amylkar D. Acosta M1 Una de las novedades que se introdujeron a última hora en la reglamentación del nuevo régimen de regalías tiene que ver con el destino del llamado eufemísticamente “margen de comercialización”. Como es bien sabido las empresas extractoras de los recursos naturales no renovables (RNNR) deben pagar a cambio una “contraprestación […]

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Por: Amylkar D. Acosta M1

Una de las novedades que se introdujeron a última hora en la reglamentación del nuevo régimen de regalías tiene que ver con el destino del llamado eufemísticamente “margen de comercialización”. Como es bien sabido las empresas extractoras de los recursos naturales no renovables (RNNR) deben pagar a cambio una “contraprestación económica” a título de regalías y estas se pagan en especie. Pues bien, la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), que es receptora de las regalías de manos de las empresas que explotan los hidrocarburos y a la vez se las liquida y gira a los entes territoriales que tienen derecho a ellas, se inventó lo del “margen de comercialización” para quedarse con parte de las mismas. Después que propuso en el Proyecto de ley que “cuando las regalías se paguen en especie, el Gobierno Nacional reglamentará la metodología, condiciones y términos que garanticen el adecuado flujo de recursos al Sistema General de Regalías y la aplicación de los recursos que se generen entre la determinación de los precios base de liquidación y la comercialización de las regalías”, el Gobierno ahora fué más lejos.
Lo que se aprobó en el texto que salió para conciliación y ahora quedó consagrado en el Decreto – ley  establece claramente que el Gobierno central se queda con el 50% de dicho “margen”. Es decir, que el Gobierno central, además del 4.0% de los recursos del SGR por concepto de fiscalización y administración de los SGR y SMVCE, se apropiará también del 50% del “margen de comercialización” que en derecho, como lo ha manifestado en forma reiterada la Procuraduría general de la Nación, le corresponde al titular de las regalías, en este caso al SGR.
Es obvio que las regalías tienen que ser monetizadas para proceder al giro de las mismas a sus beneficiarios, pero de allí, como lo advierte la Procuraduría, no se sigue que el “producto de la venta para monetizar las regalías recaudadas en especie, si se produce una diferencia en positivo, ese mayor valor deba o pueda ser apropiado por la Agencia Nacional de Hidrocarburos”. En igual sentido se pronunció en su momento la Contraloría General de la República, al considerar en una de sus glosas que no era apropiado que la ANH contabilizara como suyos tanto los recursos provenientes del “márgen de comercialización” como los intereses causados por las regalías invertidas en TES mientras duraba el congelamiento del giro de las mismas a sus receptores ordenada como medida cautelar por el DNP.
Mediante esta rabulada el Gobierno central estaría tratando de dirimir a su favor la dura controversia en torno a la destinación del tal “margen de comercialización”, que se suscitó a raíz de un debate de control político en el Congreso de la República. Y no estamos hablando de naderías, la suma en cuestión  a diciembre 31 de 2010 totalizaba $1.24 billones, cifra esta que se puede haber elevado a los $2 billones para diciembre 31 de 2011, de tal suerte que, de prosperar este esperpento jurídico el Gobierno Nacional se estaría embolsillando de entrada $1 billón. Es absurdo, entonces, que el Gobierno pretenda, además, quedarse con el 50% de  “los recursos disponibles a 31 de diciembre de 2011 correspondientes al márgen de comercialización y dejarle sólo el 35% a las entidades beneficiarias” y el remanente para repartirlo entre la red vial terciaria (10%) y el resto con destino al programa de Normalización de Redes Eléctricas y al Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas Rurales no Interconectadas.
Ello es tanto más absurdo, habida cuenta que las leyes no pueden ser aplicadas con retroactividad y los recursos en controversia fueron causados con antelación a la expedición del Decreto – ley. En consecuencia, esos recursos no están “disponibles a 31 de Diciembre de 2011”, como lo asume este, esos recursos que se pretenden birlar no son bienes mostrencos, tienen sus dueños. La avilantez del Gobierno central, al parecer, no tienen límites; así se deduce del alcance del cuestionado Acto legislativo y la no menos controvertida ley que lo desarrolla.

www.amylkaracosta.net

Columnista
19 marzo, 2012

LA AVILANTEZ DEL GOBIERNO

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Amylkar D. Acosta

Por: Amylkar D. Acosta M1 Una de las novedades que se introdujeron a última hora en la reglamentación del nuevo régimen de regalías tiene que ver con el destino del llamado eufemísticamente “margen de comercialización”. Como es bien sabido las empresas extractoras de los recursos naturales no renovables (RNNR) deben pagar a cambio una “contraprestación […]


Por: Amylkar D. Acosta M1

Una de las novedades que se introdujeron a última hora en la reglamentación del nuevo régimen de regalías tiene que ver con el destino del llamado eufemísticamente “margen de comercialización”. Como es bien sabido las empresas extractoras de los recursos naturales no renovables (RNNR) deben pagar a cambio una “contraprestación económica” a título de regalías y estas se pagan en especie. Pues bien, la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), que es receptora de las regalías de manos de las empresas que explotan los hidrocarburos y a la vez se las liquida y gira a los entes territoriales que tienen derecho a ellas, se inventó lo del “margen de comercialización” para quedarse con parte de las mismas. Después que propuso en el Proyecto de ley que “cuando las regalías se paguen en especie, el Gobierno Nacional reglamentará la metodología, condiciones y términos que garanticen el adecuado flujo de recursos al Sistema General de Regalías y la aplicación de los recursos que se generen entre la determinación de los precios base de liquidación y la comercialización de las regalías”, el Gobierno ahora fué más lejos.
Lo que se aprobó en el texto que salió para conciliación y ahora quedó consagrado en el Decreto – ley  establece claramente que el Gobierno central se queda con el 50% de dicho “margen”. Es decir, que el Gobierno central, además del 4.0% de los recursos del SGR por concepto de fiscalización y administración de los SGR y SMVCE, se apropiará también del 50% del “margen de comercialización” que en derecho, como lo ha manifestado en forma reiterada la Procuraduría general de la Nación, le corresponde al titular de las regalías, en este caso al SGR.
Es obvio que las regalías tienen que ser monetizadas para proceder al giro de las mismas a sus beneficiarios, pero de allí, como lo advierte la Procuraduría, no se sigue que el “producto de la venta para monetizar las regalías recaudadas en especie, si se produce una diferencia en positivo, ese mayor valor deba o pueda ser apropiado por la Agencia Nacional de Hidrocarburos”. En igual sentido se pronunció en su momento la Contraloría General de la República, al considerar en una de sus glosas que no era apropiado que la ANH contabilizara como suyos tanto los recursos provenientes del “márgen de comercialización” como los intereses causados por las regalías invertidas en TES mientras duraba el congelamiento del giro de las mismas a sus receptores ordenada como medida cautelar por el DNP.
Mediante esta rabulada el Gobierno central estaría tratando de dirimir a su favor la dura controversia en torno a la destinación del tal “margen de comercialización”, que se suscitó a raíz de un debate de control político en el Congreso de la República. Y no estamos hablando de naderías, la suma en cuestión  a diciembre 31 de 2010 totalizaba $1.24 billones, cifra esta que se puede haber elevado a los $2 billones para diciembre 31 de 2011, de tal suerte que, de prosperar este esperpento jurídico el Gobierno Nacional se estaría embolsillando de entrada $1 billón. Es absurdo, entonces, que el Gobierno pretenda, además, quedarse con el 50% de  “los recursos disponibles a 31 de diciembre de 2011 correspondientes al márgen de comercialización y dejarle sólo el 35% a las entidades beneficiarias” y el remanente para repartirlo entre la red vial terciaria (10%) y el resto con destino al programa de Normalización de Redes Eléctricas y al Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas Rurales no Interconectadas.
Ello es tanto más absurdo, habida cuenta que las leyes no pueden ser aplicadas con retroactividad y los recursos en controversia fueron causados con antelación a la expedición del Decreto – ley. En consecuencia, esos recursos no están “disponibles a 31 de Diciembre de 2011”, como lo asume este, esos recursos que se pretenden birlar no son bienes mostrencos, tienen sus dueños. La avilantez del Gobierno central, al parecer, no tienen límites; así se deduce del alcance del cuestionado Acto legislativo y la no menos controvertida ley que lo desarrolla.

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