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Columnista - 2 agosto, 2011

Condenan a Menor de 14 años en México

Entre Otras Cosas… Por: Dario Arregoces La información internacional da cuenta de que un menor de 14 años de edad, acusado de homicidio doloso, secuestro, porte ilegal de arma entre otros,  fue hallado culpable imponiéndosele una condena consistente en tres años de prisión y una indemnización a los familiares de las cuatro víctimas por un […]

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Entre Otras Cosas…

Por: Dario Arregoces

La información internacional da cuenta de que un menor de 14 años de edad, acusado de homicidio doloso, secuestro, porte ilegal de arma entre otros,  fue hallado culpable imponiéndosele una condena consistente en tres años de prisión y una indemnización a los familiares de las cuatro víctimas por un monto equivalente a $ US400 mil.  El cable noticioso no revela la identidad del joven, pero aclara que la condena  impuesta, es la máxima a imponer a niños de esta edad en el Estado de Morelos, México.
Al margen de la controversia que este caso ha generado  a escala mundial, muchos sectores de opinión no ocultan su sorpresa, por la forma en que fue llevado el proceso por parte  de la defensa del menor. Pues mientras la parte acusatoria presentó, nada menos y nada más, que 43 testigos, la defensa no presentó ninguno y tampoco presentó prueba de descargo, es decir dirigida a demostrar la inocencia del procesado. Así las cosas, a nadie podría extrañarle el resultado final del juicio.
La defensa técnica es uno de los derechos a que tiene derecho todo procesado – sea o no, menor de edad -, y se encuentra consagrado en la Convención Americana de los derechos humanos, establece que nadie puede ser sometido a encarcelamientos arbitrarios (Artículo 7 Numeral 3°). Asimismo  consagra también el mencionado instrumento, que el inculpado tiene derecho a defenderse personalmente o a ser asistido por un defensor y que este defensor está en el derecho de interrogar a los testigos que sean presentados  y convocar a otros testigos o peritos que puedan arrojar luz sobre los hechos  (Artículo 8 numera 2 Literal d y f.).
Llama poderosamente la atención que en el caso de marras, la defensa asumió, en mi sentir, una actitud negligente, pues no se tomó la molestia de presentar pruebas, que pudieran beneficiar al hoy condenado menor y es claro, entonces, que no hubo defensa técnica, que no es más que obrar de conformidad al interés que se le ha encomendado, haciendo uso de los medios probatorios que la ley pone a  su alcance.
Considero que este juicio debe tener una segunda instancia, en donde los sujetos procesales puedan esgrimir sus argumentos y donde haya un verdadero juicio, pues es claro que el juzgamiento al menor, presenta una grave fisura en materia de garantías, y es la ausencia inexcusable, de una verdadera  defensa técnica.
Ahora bien, nadie desconoce la gravedad de los hechos que se le imputan a este joven, a quien apodan “Ponchis”, solo se aboga por que sea juzgado conforme al Debido Proceso, a que todo ciudadano tiene derecho.

NOTA DE CIERRE: Me congratulo con el nombramiento del doctor Wisam Hasan Faraj Obregón, como gerente del Sistema Estratégico de Transporte Público, por tratarse de una persona joven, honesta, y que ha demostrado capacidad de gestión.
[email protected]

Columnista
2 agosto, 2011

Condenan a Menor de 14 años en México

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Dario Arregoces

Entre Otras Cosas… Por: Dario Arregoces La información internacional da cuenta de que un menor de 14 años de edad, acusado de homicidio doloso, secuestro, porte ilegal de arma entre otros,  fue hallado culpable imponiéndosele una condena consistente en tres años de prisión y una indemnización a los familiares de las cuatro víctimas por un […]


Entre Otras Cosas…

Por: Dario Arregoces

La información internacional da cuenta de que un menor de 14 años de edad, acusado de homicidio doloso, secuestro, porte ilegal de arma entre otros,  fue hallado culpable imponiéndosele una condena consistente en tres años de prisión y una indemnización a los familiares de las cuatro víctimas por un monto equivalente a $ US400 mil.  El cable noticioso no revela la identidad del joven, pero aclara que la condena  impuesta, es la máxima a imponer a niños de esta edad en el Estado de Morelos, México.
Al margen de la controversia que este caso ha generado  a escala mundial, muchos sectores de opinión no ocultan su sorpresa, por la forma en que fue llevado el proceso por parte  de la defensa del menor. Pues mientras la parte acusatoria presentó, nada menos y nada más, que 43 testigos, la defensa no presentó ninguno y tampoco presentó prueba de descargo, es decir dirigida a demostrar la inocencia del procesado. Así las cosas, a nadie podría extrañarle el resultado final del juicio.
La defensa técnica es uno de los derechos a que tiene derecho todo procesado – sea o no, menor de edad -, y se encuentra consagrado en la Convención Americana de los derechos humanos, establece que nadie puede ser sometido a encarcelamientos arbitrarios (Artículo 7 Numeral 3°). Asimismo  consagra también el mencionado instrumento, que el inculpado tiene derecho a defenderse personalmente o a ser asistido por un defensor y que este defensor está en el derecho de interrogar a los testigos que sean presentados  y convocar a otros testigos o peritos que puedan arrojar luz sobre los hechos  (Artículo 8 numera 2 Literal d y f.).
Llama poderosamente la atención que en el caso de marras, la defensa asumió, en mi sentir, una actitud negligente, pues no se tomó la molestia de presentar pruebas, que pudieran beneficiar al hoy condenado menor y es claro, entonces, que no hubo defensa técnica, que no es más que obrar de conformidad al interés que se le ha encomendado, haciendo uso de los medios probatorios que la ley pone a  su alcance.
Considero que este juicio debe tener una segunda instancia, en donde los sujetos procesales puedan esgrimir sus argumentos y donde haya un verdadero juicio, pues es claro que el juzgamiento al menor, presenta una grave fisura en materia de garantías, y es la ausencia inexcusable, de una verdadera  defensa técnica.
Ahora bien, nadie desconoce la gravedad de los hechos que se le imputan a este joven, a quien apodan “Ponchis”, solo se aboga por que sea juzgado conforme al Debido Proceso, a que todo ciudadano tiene derecho.

NOTA DE CIERRE: Me congratulo con el nombramiento del doctor Wisam Hasan Faraj Obregón, como gerente del Sistema Estratégico de Transporte Público, por tratarse de una persona joven, honesta, y que ha demostrado capacidad de gestión.
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