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Columnista - 5 julio, 2011

20 AÑOS CUMPLIÓ NUESTRA CONSTITUCIÓN POLITICA

Entre otras cosas…. Por: Dario Arregoces El pasado lunes cumplió nuestra Constitución Política 20 años de haber nacido a la vida jurídica, motivo por el cual me permito hacer algunos comentarios sobre la llamada norma de normas. Considero que  lo  más importantes que introduce  la Carta Política en el ámbito familiar, es el reconocimiento de […]

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Entre otras cosas….

Por: Dario Arregoces
El pasado lunes cumplió nuestra Constitución Política 20 años de haber nacido a la vida jurídica, motivo por el cual me permito hacer algunos comentarios sobre la llamada norma de normas. Considero que  lo  más importantes que introduce  la Carta Política en el ámbito familiar, es el reconocimiento de la Unión Marital de Hecho como forma válida de conformar una familia. Es que sucede que la Constitución de 1886, estableció como  forma válida de constituir una familia,  era únicamente a través del matrimonio. Desconociendo  palmariamente que  la mayoría de nuestros compatriotas, opta por la unión marital, antes que por el matrimonio. Con ello se pone fin a situaciones vergonzantes de otrora, donde las parejas que convivían en unión libre, eran discriminadas, tildándolas de relación de concubinato, amancebamiento o barraganería. Este último término heredado del medievo, para señalar la comunidad de vida entre un hombre y una mujer solteros.
Y qué decir de la descendencia de estas parejas, estigmatizadas en su registro civil de nacimiento con el rótulo: “hijo de dañado y punible ayuntamiento”. Suficiente para ser rechazados en los mejores centros de enseñanza y clubes sociales, amén de heredar la mitad de lo que corresponde al hijo legítimo, situación que fue superada en virtud de la ley  29 de 1982, que establece la igualdad de derechos y deberes de los hijos, matrimoniales, extramatrimoniales y adoptivos y que nuestra Carta Política ratifica en el precepto 42 Inciso 6° en cuyo tenor prescribe: “Los hijos habidos en el matrimonio, o fuera de él, adoptados o procreados  naturalmente o con asistencia científica, tienen iguales derechos y deberes”.
En este orden de ideas, es preciso detenerse en el concepto de familia que nos trae la Carta Magna en el citado artículo 42 en cuyo texto se expresa: “La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla”. Se contemplan aquí las dos formas de conformar una familia-matrimonio y unión marital de hecho- pero se incluye aquí como requisito normativo básico la heterosexualidad de la pareja. Situación que por vía de jurisprudencia se ha venido modificando, al punto  que los efectos patrimoniales propios de la Unión marital de Hecho- Ley 54 de 1990- se hacen extensivos a  parejas del mismo sexo, y está en remojo reformas que legalizarían tanto el matrimonio de estas parejas como la adopción.
Otro aspecto crucial en el tema familia, lo constituye,  sin lugar a dudas,  el reconocer los efectos civiles de todo matrimonio y el divorcio con arreglo a la ley civil –Artículo 42 Inciso 11. Pues con ello, es viable hacer cesar los efectos civiles del matrimonio, a través del divorcio, tanto en el matrimonio civil como en el religioso. Se aclara que para la iglesia católica el matrimonio es un vínculo indisoluble pues sostiene que lo que Dios ha unido no lo separe el hombre. No obstante, nuestra Carta Política, consagra la cesación de los efectos civiles del matrimonio católico, a través de sus autoridades civiles, llámese jueces o notarios y contempla además, la posibilidad de contraer nuevas nupcias a través del matrimonio civil. Por razones de espacio, dejo hasta aquí.
Por fin parió Paula. Damos la bienvenida al doctor Jesualdo  Hernández Mieles, como nuevo rector de la Universidad Popular del Cesar, deseándole el mejor de los éxitos en su gestión administrativa.2- Congratulaciones a El Pilón por sus diecisiete años de labor periodística en defensa de los más caros intereses regionales.
[email protected]

Columnista
5 julio, 2011

20 AÑOS CUMPLIÓ NUESTRA CONSTITUCIÓN POLITICA

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Dario Arregoces

Entre otras cosas…. Por: Dario Arregoces El pasado lunes cumplió nuestra Constitución Política 20 años de haber nacido a la vida jurídica, motivo por el cual me permito hacer algunos comentarios sobre la llamada norma de normas. Considero que  lo  más importantes que introduce  la Carta Política en el ámbito familiar, es el reconocimiento de […]


Entre otras cosas….

Por: Dario Arregoces
El pasado lunes cumplió nuestra Constitución Política 20 años de haber nacido a la vida jurídica, motivo por el cual me permito hacer algunos comentarios sobre la llamada norma de normas. Considero que  lo  más importantes que introduce  la Carta Política en el ámbito familiar, es el reconocimiento de la Unión Marital de Hecho como forma válida de conformar una familia. Es que sucede que la Constitución de 1886, estableció como  forma válida de constituir una familia,  era únicamente a través del matrimonio. Desconociendo  palmariamente que  la mayoría de nuestros compatriotas, opta por la unión marital, antes que por el matrimonio. Con ello se pone fin a situaciones vergonzantes de otrora, donde las parejas que convivían en unión libre, eran discriminadas, tildándolas de relación de concubinato, amancebamiento o barraganería. Este último término heredado del medievo, para señalar la comunidad de vida entre un hombre y una mujer solteros.
Y qué decir de la descendencia de estas parejas, estigmatizadas en su registro civil de nacimiento con el rótulo: “hijo de dañado y punible ayuntamiento”. Suficiente para ser rechazados en los mejores centros de enseñanza y clubes sociales, amén de heredar la mitad de lo que corresponde al hijo legítimo, situación que fue superada en virtud de la ley  29 de 1982, que establece la igualdad de derechos y deberes de los hijos, matrimoniales, extramatrimoniales y adoptivos y que nuestra Carta Política ratifica en el precepto 42 Inciso 6° en cuyo tenor prescribe: “Los hijos habidos en el matrimonio, o fuera de él, adoptados o procreados  naturalmente o con asistencia científica, tienen iguales derechos y deberes”.
En este orden de ideas, es preciso detenerse en el concepto de familia que nos trae la Carta Magna en el citado artículo 42 en cuyo texto se expresa: “La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla”. Se contemplan aquí las dos formas de conformar una familia-matrimonio y unión marital de hecho- pero se incluye aquí como requisito normativo básico la heterosexualidad de la pareja. Situación que por vía de jurisprudencia se ha venido modificando, al punto  que los efectos patrimoniales propios de la Unión marital de Hecho- Ley 54 de 1990- se hacen extensivos a  parejas del mismo sexo, y está en remojo reformas que legalizarían tanto el matrimonio de estas parejas como la adopción.
Otro aspecto crucial en el tema familia, lo constituye,  sin lugar a dudas,  el reconocer los efectos civiles de todo matrimonio y el divorcio con arreglo a la ley civil –Artículo 42 Inciso 11. Pues con ello, es viable hacer cesar los efectos civiles del matrimonio, a través del divorcio, tanto en el matrimonio civil como en el religioso. Se aclara que para la iglesia católica el matrimonio es un vínculo indisoluble pues sostiene que lo que Dios ha unido no lo separe el hombre. No obstante, nuestra Carta Política, consagra la cesación de los efectos civiles del matrimonio católico, a través de sus autoridades civiles, llámese jueces o notarios y contempla además, la posibilidad de contraer nuevas nupcias a través del matrimonio civil. Por razones de espacio, dejo hasta aquí.
Por fin parió Paula. Damos la bienvenida al doctor Jesualdo  Hernández Mieles, como nuevo rector de la Universidad Popular del Cesar, deseándole el mejor de los éxitos en su gestión administrativa.2- Congratulaciones a El Pilón por sus diecisiete años de labor periodística en defensa de los más caros intereses regionales.
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