El contrato para realizar la modificación del POT inició en agosto de 2022 con una vigencia inicial de 5 meses, pero tras múltiples dificultades para realizar los estudios contratados, la Universidad del Magdalena solicitó 4 prórrogas.
El Juzgado Octavo Administrativo Oral del Circuito Judicial de Valledupar admitió una demanda en contra del acuerdo municipal por medio del cual se aprobó la modificación al Plan de Ordenamiento Territorial, POT, de la ciudad.
La acción de control de nulidad fue interpuesta por el abogado Carlos Andrés Añez. Dentro de sus argumentos, el abogado señaló que el exalcalde Mello Castro convocó a sesiones extraordinarias para estudio y aprobación de modificación excepcional de normas urbanísticas del POT “sin que el documento se encontrara consolidado porque aún faltaba el concepto del Consejo Territorial de Planeación”.
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Asimismo, argumentó que en el acuerdo “no se establecen las causas que llevaron a la modificación excepcional ya que cada una de las normas urbanísticas que se pretendían modificar debían estar técnicamente sustentadas”.
Igualmente, sostuvo que violaron el decreto 4002 del 2004 porque abordaron una revisión ordinaria y una revisión excepcional del POT, “para luego terminar aplicando un ajuste al modelo de planificación de mediano y largo plazo”.
En contra de esta modificación se han interpuesto varias medidas legales. Ricardo Vives Fernández, exconcejal y excandidato a la Alcaldía de Valledupar, denunció que había existido un presunto detrimento patrimonial.
El contrato para realizar la modificación del POT inició en agosto de 2022 con una vigencia inicial de 5 meses, pero tras múltiples dificultades para realizar los estudios contratados, la Universidad del Magdalena solicitó 4 prórrogas, extendiendo así el tiempo de la ejecución a 17 meses, con plazo final hasta el 31 de diciembre de 2023, cuando finalizó el gobierno del entonces alcalde Mello Castro.
Por Redacción EL PILÓN.
El contrato para realizar la modificación del POT inició en agosto de 2022 con una vigencia inicial de 5 meses, pero tras múltiples dificultades para realizar los estudios contratados, la Universidad del Magdalena solicitó 4 prórrogas.
El Juzgado Octavo Administrativo Oral del Circuito Judicial de Valledupar admitió una demanda en contra del acuerdo municipal por medio del cual se aprobó la modificación al Plan de Ordenamiento Territorial, POT, de la ciudad.
La acción de control de nulidad fue interpuesta por el abogado Carlos Andrés Añez. Dentro de sus argumentos, el abogado señaló que el exalcalde Mello Castro convocó a sesiones extraordinarias para estudio y aprobación de modificación excepcional de normas urbanísticas del POT “sin que el documento se encontrara consolidado porque aún faltaba el concepto del Consejo Territorial de Planeación”.
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Asimismo, argumentó que en el acuerdo “no se establecen las causas que llevaron a la modificación excepcional ya que cada una de las normas urbanísticas que se pretendían modificar debían estar técnicamente sustentadas”.
Igualmente, sostuvo que violaron el decreto 4002 del 2004 porque abordaron una revisión ordinaria y una revisión excepcional del POT, “para luego terminar aplicando un ajuste al modelo de planificación de mediano y largo plazo”.
En contra de esta modificación se han interpuesto varias medidas legales. Ricardo Vives Fernández, exconcejal y excandidato a la Alcaldía de Valledupar, denunció que había existido un presunto detrimento patrimonial.
El contrato para realizar la modificación del POT inició en agosto de 2022 con una vigencia inicial de 5 meses, pero tras múltiples dificultades para realizar los estudios contratados, la Universidad del Magdalena solicitó 4 prórrogas, extendiendo así el tiempo de la ejecución a 17 meses, con plazo final hasta el 31 de diciembre de 2023, cuando finalizó el gobierno del entonces alcalde Mello Castro.
Por Redacción EL PILÓN.