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Judicial - 24 febrero, 2022

Condenaron a conductor de Martín Elías por su muerte

El sentenciado Armando Quintero fue declarado culpable del delito de homicidio culposo.

El cantante murió en el 2017.
El cantante murió en el 2017.
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El Juzgado Cuarto Penal del Circuito con función de Conocimiento de Sincelejo condenó a 32 meses de prisión al conductor Armado Quintero Ponce, tras hallarlo responsable del accidente de tránsito que ocasionó la muerte del cantante de música vallenata, Martín Elías.


El fallo fue proferido por el delito de homicidio culposo en una audiencia desarrollada la tarde del jueves. Sin embargo, Quintero Ponce no irá a prisión debido a que le concedieron por un periodo de prueba de tres años la suspensión condicional de la ejecución de la pena, una figura que permite al infractor suspender por un determinado tiempo la sanción de privación de libertad impuesta.


El juez consideró que el exceso de velocidad sería la causa determinante de la muerte del artista en el accidente de tránsito sucedido el 14 de abril del año 2017.


Una circunstancia que en el juicio probó la Fiscalía al considerar que Quintero Ponce transitó con un exceso de velocidad de 157 Km/h, ignorando no solo las señales de tránsito, sino el mal estado de la vía, generando así el volcamiento de la camioneta en la que iba con el cantante por San Onofre, Sucre.

NO LE RETIRARON LA LICENCIA PARA MANEJAR

No obstante, el despacho judicial no vio necesario retirarle la licencia de conducción a Armado Quintero Ponce por considerar que la pena impuesta era suficiente sanción.


“En el presente asunto estimamos muy razonable suspender aquella de privación del derecho a conducir vehículos automotores atendiendo a la personalidad y compromiso que ha tenido el justiciable con este juicio dado a su vez el dolor que ha logrado percibir este juzgador en el acusado, sobre todo cuando iniciamos el juicio de forma presencial”, consideró el juez.


Agregó que posiblemente Quintero manejó de forma errada por una eventual presión del grupo laboral al que recientemente había llegado y al que deseaba acoplarse.


El abogado Oscar Sierra Fajardo, representante de víctima, por su parte se mostró satisfecho con el fallo.
“Es un fallo que reconoce que la única causa de la muerte del cantante vallenato son los 147 km/h en una vía en la cual solo se podía transitar a 50 kilómetros. Esto satisface el componente de verdad y justicia que esperaba la familia del cantante vallenato”, precisó Sierra.


La defensa del conductor interpuso recurso de apelación.

Judicial
24 febrero, 2022

Condenaron a conductor de Martín Elías por su muerte

El sentenciado Armando Quintero fue declarado culpable del delito de homicidio culposo.


El cantante murió en el 2017.
El cantante murió en el 2017.
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El Juzgado Cuarto Penal del Circuito con función de Conocimiento de Sincelejo condenó a 32 meses de prisión al conductor Armado Quintero Ponce, tras hallarlo responsable del accidente de tránsito que ocasionó la muerte del cantante de música vallenata, Martín Elías.


El fallo fue proferido por el delito de homicidio culposo en una audiencia desarrollada la tarde del jueves. Sin embargo, Quintero Ponce no irá a prisión debido a que le concedieron por un periodo de prueba de tres años la suspensión condicional de la ejecución de la pena, una figura que permite al infractor suspender por un determinado tiempo la sanción de privación de libertad impuesta.


El juez consideró que el exceso de velocidad sería la causa determinante de la muerte del artista en el accidente de tránsito sucedido el 14 de abril del año 2017.


Una circunstancia que en el juicio probó la Fiscalía al considerar que Quintero Ponce transitó con un exceso de velocidad de 157 Km/h, ignorando no solo las señales de tránsito, sino el mal estado de la vía, generando así el volcamiento de la camioneta en la que iba con el cantante por San Onofre, Sucre.

NO LE RETIRARON LA LICENCIA PARA MANEJAR

No obstante, el despacho judicial no vio necesario retirarle la licencia de conducción a Armado Quintero Ponce por considerar que la pena impuesta era suficiente sanción.


“En el presente asunto estimamos muy razonable suspender aquella de privación del derecho a conducir vehículos automotores atendiendo a la personalidad y compromiso que ha tenido el justiciable con este juicio dado a su vez el dolor que ha logrado percibir este juzgador en el acusado, sobre todo cuando iniciamos el juicio de forma presencial”, consideró el juez.


Agregó que posiblemente Quintero manejó de forma errada por una eventual presión del grupo laboral al que recientemente había llegado y al que deseaba acoplarse.


El abogado Oscar Sierra Fajardo, representante de víctima, por su parte se mostró satisfecho con el fallo.
“Es un fallo que reconoce que la única causa de la muerte del cantante vallenato son los 147 km/h en una vía en la cual solo se podía transitar a 50 kilómetros. Esto satisface el componente de verdad y justicia que esperaba la familia del cantante vallenato”, precisó Sierra.


La defensa del conductor interpuso recurso de apelación.