La JEP consideró que durante su instancia sus aportes a la verdad fueron insuficientes, debido a que se dedicó a debatir las circunstancias por las que fue sentenciado en la justicia ordinaria.
La Sala de Definición Jurídica de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, expulsó al exsenador Pedro Muvdi Arangüena, condenado por haber tenido alianza con los paramilitares en el departamento del Cesar.
La JEP consideró que durante su instancia sus aportes a la verdad fueron insuficientes, debido a que se dedicó a debatir las circunstancias por las que fue sentenciado en la justicia ordinaria.
“El aporte a la verdad plena, efectuado en las distintas sesiones de la diligencia de aporte, no alcanzó ni siquiera el umbral de lo esclarecido por la justicia ordinaria, pues el compareciente negó todos los hechos que fundamentaron su condena. Y la información que suministró, respecto de conductas ilícitas cometidas por terceros y otros agentes del Estado, no es significativa”, dijo la JEP en la decisión conocida por Blu Radio.
El excongresista fue admitido por esa dependencia judicial en el año 2020 en calidad de actor del conflicto armado como agente de Estado no integrante de la Fuerza Pública.
El sometimiento se debió a que en el año 2017 fue condenado por la Corte Suprema de Justicia por el delito de concierto para delinquir agravado.
Durante el proceso consideraron probado que el político tuvo nexos con el frente ‘Mártires del Cesar’ del Bloque Norte de las Autodefensas, al mando de Rodrigo Tovar, alias ‘Jorge 40’.
La JEP consideró que durante su instancia sus aportes a la verdad fueron insuficientes, debido a que se dedicó a debatir las circunstancias por las que fue sentenciado en la justicia ordinaria.
La Sala de Definición Jurídica de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, expulsó al exsenador Pedro Muvdi Arangüena, condenado por haber tenido alianza con los paramilitares en el departamento del Cesar.
La JEP consideró que durante su instancia sus aportes a la verdad fueron insuficientes, debido a que se dedicó a debatir las circunstancias por las que fue sentenciado en la justicia ordinaria.
“El aporte a la verdad plena, efectuado en las distintas sesiones de la diligencia de aporte, no alcanzó ni siquiera el umbral de lo esclarecido por la justicia ordinaria, pues el compareciente negó todos los hechos que fundamentaron su condena. Y la información que suministró, respecto de conductas ilícitas cometidas por terceros y otros agentes del Estado, no es significativa”, dijo la JEP en la decisión conocida por Blu Radio.
El excongresista fue admitido por esa dependencia judicial en el año 2020 en calidad de actor del conflicto armado como agente de Estado no integrante de la Fuerza Pública.
El sometimiento se debió a que en el año 2017 fue condenado por la Corte Suprema de Justicia por el delito de concierto para delinquir agravado.
Durante el proceso consideraron probado que el político tuvo nexos con el frente ‘Mártires del Cesar’ del Bloque Norte de las Autodefensas, al mando de Rodrigo Tovar, alias ‘Jorge 40’.