La SIC dio a conocer este jueves que impuso una sanción de 950 millones de pesos a la compañía de telefonía Claro.
La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, dio a conocer este jueves que impuso una sanción de 950 millones de pesos a la compañía de telefonía Claro por usar los datos de los usuarios para fines publicitarios.
La Superintendencia explicó que Claro usaba su base de datos de portabilidad numérica, donde están registrados todos los números de teléfonos celulares del país, para llevar a cabo campañas masivas de ‘marketing’ que les permitieran captar nuevos clientes.
Según la SIC, la compañía hizo alrededor de 7.425.820 llamadas no autorizadas a usuarios de otros operadores para promocionar su publicidad. “Realizando un tratamiento indebido a la información contenida en la base de datos de portabilidad numérica y generando ganancias que ascienden aproximadamente a más de 13.400 millones de pesos como ganancia total presuntiva generada por el uso indebido de la base de datos de portabilidad numérica”, se puede leer en el comunicado.
Además, en el comunicado se explica que en el país existe una base de datos de portabilidad numérica creada a través de la Ley 1245 de 2008 y reglamentada por la resolución 5050 de 2016 de la CRC, Comisión de Regulación de Comunicaciones, con la que se busca “lograr, con la interacción de la totalidad de los operadores de telefonía celular, la consecución de la portabilidad numérica de acuerdo con el plan nacional de portabilidad bajo criterios técnicos estandarizados”.
Además, la SIC concluyó que Claro “aprovechó el acceso a dicha base de datos y obtuvo información de millones de personas para realizar una captación masiva de clientes de otros operadores sin contar con la autorización previa, expresa e informada de los titulares y con una finalidad absolutamente distinta la establecida en la Ley 1245 de 2008”.
Por todo esto la Superintendencia ordenó a Claro “abstenerse de continuar utilizando los números telefónicos contenidos en la Base de Portabilidad Numérica para realizar campañas de marketing o telemercadeo para la captación masiva de clientes de otros operadores de telefonía celular” y eliminar de sus bases de datos “la información obtenida de la base de datos por portabilidad numérica para fines de marketing”. Para esto la compañía contará con un plazo de 90 días siguientes a la ejecutoria de la resolución.
La SIC dio a conocer este jueves que impuso una sanción de 950 millones de pesos a la compañía de telefonía Claro.
La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, dio a conocer este jueves que impuso una sanción de 950 millones de pesos a la compañía de telefonía Claro por usar los datos de los usuarios para fines publicitarios.
La Superintendencia explicó que Claro usaba su base de datos de portabilidad numérica, donde están registrados todos los números de teléfonos celulares del país, para llevar a cabo campañas masivas de ‘marketing’ que les permitieran captar nuevos clientes.
Según la SIC, la compañía hizo alrededor de 7.425.820 llamadas no autorizadas a usuarios de otros operadores para promocionar su publicidad. “Realizando un tratamiento indebido a la información contenida en la base de datos de portabilidad numérica y generando ganancias que ascienden aproximadamente a más de 13.400 millones de pesos como ganancia total presuntiva generada por el uso indebido de la base de datos de portabilidad numérica”, se puede leer en el comunicado.
Además, en el comunicado se explica que en el país existe una base de datos de portabilidad numérica creada a través de la Ley 1245 de 2008 y reglamentada por la resolución 5050 de 2016 de la CRC, Comisión de Regulación de Comunicaciones, con la que se busca “lograr, con la interacción de la totalidad de los operadores de telefonía celular, la consecución de la portabilidad numérica de acuerdo con el plan nacional de portabilidad bajo criterios técnicos estandarizados”.
Además, la SIC concluyó que Claro “aprovechó el acceso a dicha base de datos y obtuvo información de millones de personas para realizar una captación masiva de clientes de otros operadores sin contar con la autorización previa, expresa e informada de los titulares y con una finalidad absolutamente distinta la establecida en la Ley 1245 de 2008”.
Por todo esto la Superintendencia ordenó a Claro “abstenerse de continuar utilizando los números telefónicos contenidos en la Base de Portabilidad Numérica para realizar campañas de marketing o telemercadeo para la captación masiva de clientes de otros operadores de telefonía celular” y eliminar de sus bases de datos “la información obtenida de la base de datos por portabilidad numérica para fines de marketing”. Para esto la compañía contará con un plazo de 90 días siguientes a la ejecutoria de la resolución.