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Columnista - 24 octubre, 2019

Responsabilidad Ambiental de los municipios

En estos precisos momentos que estamos en este proceso electoral se hace menester hacer recorderis de la responsabilidad que no les importa a los alcaldes en los municipios. Necesitamos tener claro que la responsabilidad ambiental en grado sumo es de los municipios, aunque a todos nos corresponde proteger los ecosistemas, sobre esto no hay duda, […]

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En estos precisos momentos que estamos en este proceso electoral se hace menester hacer recorderis de la responsabilidad que no les importa a los alcaldes en los municipios.

Necesitamos tener claro que la responsabilidad ambiental en grado sumo es de los municipios, aunque a todos nos corresponde proteger los ecosistemas, sobre esto no hay duda, tal como lo expresan las leyes 1333 del 21 de Julio de 2009 y 99 de 1993.

Veamos: los municipios, como entes territoriales administrados por las alcaldías, tienen la responsabilidad de incorporar la dimensión ambiental en sus planes de desarrollo, como uno de los objetivos primordiales de la gestión ambiental. Es así que los municipios deben implementar los Planes Ambientales Locales (PAL), como una herramienta de planificación y desarrollo, que oriente y dinamice los procesos de gestión ambiental. Esta medida ha sido promovida por el Ministerio de Ambiente y le corresponde a la administración municipal hacer el respectivo control, seguimiento y evaluación de dicho plan.

En este mismo sentido, los municipios tienen la gran responsabilidad de implementar el Plan Operativo Anual de Inversión Ambiental (POAI), el Programa Agropecuario Municipal (PAM) y el Plan Operativo Anual Ambiental (POA). Los municipios deben trabajar articuladamente con otras organizaciones gubernamentales y no gubernamentales existentes en el municipio, entre ellas, el Comité Local para la Prevención y Atención de Desastres (CIDEA); en la ejecución de programas, proyectos o acciones que favorezcan la preservación y el cuidado del ambiente.

En las Juntas de Acción Comunal (JAC) municipales se han venido creando y fortaleciendo los Comités Ambientales Comunitarios, cuya función es articular y dinamizar acciones orientadas a mejorar la calidad del ambiente promoviendo la participación, la solidaridad y el trabajo en equipo.
Según el articulo 313 de la Constitución y 65 de la Ley 99 de 1993, los municipios tienen asignadas entre otras, las siguientes funciones: (Programa Colombia Universidad de Georgetown):

Promover y ejecutar programas y políticas nacionales, regionales y sectoriales, en relación con el medioambiente y los recursos naturales renovables.

Elaborar los planes, programas, proyectos ambientales, municipales articuladas a los departamentos.

Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y la defensa del patrimonio ecológico del municipio.

Adoptar los planes, programas y proyectos de desarrollo ambiental y de los recursos naturales renovables en los departamentos.

Colaborar con las Corporaciones Autónomas Regionales en la elaboración de los planes regionales y la ejecución de programas, proyectos y tareas necesarias para la conservación del medioambiente y los recursos naturales renovables.

Ejercer funciones de control y vigilancia del medioambiente.

Columnista
24 octubre, 2019

Responsabilidad Ambiental de los municipios

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Hernán Maestre Martínez

En estos precisos momentos que estamos en este proceso electoral se hace menester hacer recorderis de la responsabilidad que no les importa a los alcaldes en los municipios. Necesitamos tener claro que la responsabilidad ambiental en grado sumo es de los municipios, aunque a todos nos corresponde proteger los ecosistemas, sobre esto no hay duda, […]


En estos precisos momentos que estamos en este proceso electoral se hace menester hacer recorderis de la responsabilidad que no les importa a los alcaldes en los municipios.

Necesitamos tener claro que la responsabilidad ambiental en grado sumo es de los municipios, aunque a todos nos corresponde proteger los ecosistemas, sobre esto no hay duda, tal como lo expresan las leyes 1333 del 21 de Julio de 2009 y 99 de 1993.

Veamos: los municipios, como entes territoriales administrados por las alcaldías, tienen la responsabilidad de incorporar la dimensión ambiental en sus planes de desarrollo, como uno de los objetivos primordiales de la gestión ambiental. Es así que los municipios deben implementar los Planes Ambientales Locales (PAL), como una herramienta de planificación y desarrollo, que oriente y dinamice los procesos de gestión ambiental. Esta medida ha sido promovida por el Ministerio de Ambiente y le corresponde a la administración municipal hacer el respectivo control, seguimiento y evaluación de dicho plan.

En este mismo sentido, los municipios tienen la gran responsabilidad de implementar el Plan Operativo Anual de Inversión Ambiental (POAI), el Programa Agropecuario Municipal (PAM) y el Plan Operativo Anual Ambiental (POA). Los municipios deben trabajar articuladamente con otras organizaciones gubernamentales y no gubernamentales existentes en el municipio, entre ellas, el Comité Local para la Prevención y Atención de Desastres (CIDEA); en la ejecución de programas, proyectos o acciones que favorezcan la preservación y el cuidado del ambiente.

En las Juntas de Acción Comunal (JAC) municipales se han venido creando y fortaleciendo los Comités Ambientales Comunitarios, cuya función es articular y dinamizar acciones orientadas a mejorar la calidad del ambiente promoviendo la participación, la solidaridad y el trabajo en equipo.
Según el articulo 313 de la Constitución y 65 de la Ley 99 de 1993, los municipios tienen asignadas entre otras, las siguientes funciones: (Programa Colombia Universidad de Georgetown):

Promover y ejecutar programas y políticas nacionales, regionales y sectoriales, en relación con el medioambiente y los recursos naturales renovables.

Elaborar los planes, programas, proyectos ambientales, municipales articuladas a los departamentos.

Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y la defensa del patrimonio ecológico del municipio.

Adoptar los planes, programas y proyectos de desarrollo ambiental y de los recursos naturales renovables en los departamentos.

Colaborar con las Corporaciones Autónomas Regionales en la elaboración de los planes regionales y la ejecución de programas, proyectos y tareas necesarias para la conservación del medioambiente y los recursos naturales renovables.

Ejercer funciones de control y vigilancia del medioambiente.