El proyecto de Plan de Desarrollo contempla la asignación “a la CREG la regulación económica de los combustibles líquidos. Así mismo revisará la metodología de formación de precio de combustibles líquidos, biocombustibles y GLP”. Ímproba tarea la que le estarían delegando a la CREG, en momentos en los que la Corte Constitucional le dió 2 […]
El proyecto de Plan de Desarrollo contempla la asignación “a la CREG la regulación económica de los combustibles líquidos. Así mismo revisará la metodología de formación de precio de combustibles líquidos, biocombustibles y GLP”. Ímproba tarea la que le estarían delegando a la CREG, en momentos en los que la Corte Constitucional le dió 2 años al Congreso para establecer la base gravable de la sobretasa a la gasolina.
El Congreso debería aprovechar esta oportunidad para hacerlo, aunque el proyecto plantea que “el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Transporte y el Ministerio de Energía revisarán el esquema de sobretasa que aplican los municipios para considerar los nuevos energéticos que se incorporen a la matriz para movilidad”. Por su parte el Ministerio de Minas y Energía, según se dice en las Bases del Plan, “revisará los subsidios del transporte de combustibles líquidos, gas combustible”. Y ya sabemos que cuando se habla de “revisar”, se trata es de eliminar el subsidio.
En cuanto al Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC) se plantea que “se hará una revisión…a fin de establecer una metodología que posibilite una estructura con sostenibilidad fiscal a largo plazo”. Se establece en el artículo 31 que las “obligaciones derivadas de las cuentas por cobrar constituidas por la Nación al FEPC, se entenderá extintas a partir de la expedición de la presente Ley”, lo cual querría decir en buen romance que quedaría saldado el déficit de $14 billones del FEPC.
A renglón seguido se dice que “para dar cumplimiento a lo establecido en el presente artículo, antes del 31 de diciembre de 2019, el Ministerio de Hacienda realizará las operaciones necesarias para la extinción de la deuda de la que trata el presente artículo y de sus respectivos intereses”. Es decir, borrón y cuenta nueva. Pero nos asalta la inquietud de saber cuáles van a ser “las operaciones necesarias” que realizará el Ministerio de Hacienda para hacer desaparecer esa enorme deuda.
En el artículo 32 del proyecto se tiene previsto que “el Ministerio de Minas y Energía o la entidad delegada establecerá la metodología de cálculo del valor del ingreso del productor de los combustibles líquidos y los biocombustibles, así como las tarifas y los márgenes asociados a la remuneración de toda la cadena” Y añade que “el Ministerio de Hacienda determinará el mecanismo de estabilización de los precios de referencia de venta al público de los combustibles, que se hará a través del FEPC”.
Compadezco al Ministro que le toque esta ingrata pero impostergable tarea. Si los precios de referencia no reflejan fielmente los costos en que se incurre, que siempre dejan por fuera los costos ocultos de lo que le cuesta al Estado el tratamiento de las enfermedades asociadas a la polución ambiental y las muertes que se le atribuyen, a poco andar reaparecerá y se agigantará nuevamente el déficit del FEPC (!).
El proyecto de Plan de Desarrollo contempla la asignación “a la CREG la regulación económica de los combustibles líquidos. Así mismo revisará la metodología de formación de precio de combustibles líquidos, biocombustibles y GLP”. Ímproba tarea la que le estarían delegando a la CREG, en momentos en los que la Corte Constitucional le dió 2 […]
El proyecto de Plan de Desarrollo contempla la asignación “a la CREG la regulación económica de los combustibles líquidos. Así mismo revisará la metodología de formación de precio de combustibles líquidos, biocombustibles y GLP”. Ímproba tarea la que le estarían delegando a la CREG, en momentos en los que la Corte Constitucional le dió 2 años al Congreso para establecer la base gravable de la sobretasa a la gasolina.
El Congreso debería aprovechar esta oportunidad para hacerlo, aunque el proyecto plantea que “el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Transporte y el Ministerio de Energía revisarán el esquema de sobretasa que aplican los municipios para considerar los nuevos energéticos que se incorporen a la matriz para movilidad”. Por su parte el Ministerio de Minas y Energía, según se dice en las Bases del Plan, “revisará los subsidios del transporte de combustibles líquidos, gas combustible”. Y ya sabemos que cuando se habla de “revisar”, se trata es de eliminar el subsidio.
En cuanto al Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC) se plantea que “se hará una revisión…a fin de establecer una metodología que posibilite una estructura con sostenibilidad fiscal a largo plazo”. Se establece en el artículo 31 que las “obligaciones derivadas de las cuentas por cobrar constituidas por la Nación al FEPC, se entenderá extintas a partir de la expedición de la presente Ley”, lo cual querría decir en buen romance que quedaría saldado el déficit de $14 billones del FEPC.
A renglón seguido se dice que “para dar cumplimiento a lo establecido en el presente artículo, antes del 31 de diciembre de 2019, el Ministerio de Hacienda realizará las operaciones necesarias para la extinción de la deuda de la que trata el presente artículo y de sus respectivos intereses”. Es decir, borrón y cuenta nueva. Pero nos asalta la inquietud de saber cuáles van a ser “las operaciones necesarias” que realizará el Ministerio de Hacienda para hacer desaparecer esa enorme deuda.
En el artículo 32 del proyecto se tiene previsto que “el Ministerio de Minas y Energía o la entidad delegada establecerá la metodología de cálculo del valor del ingreso del productor de los combustibles líquidos y los biocombustibles, así como las tarifas y los márgenes asociados a la remuneración de toda la cadena” Y añade que “el Ministerio de Hacienda determinará el mecanismo de estabilización de los precios de referencia de venta al público de los combustibles, que se hará a través del FEPC”.
Compadezco al Ministro que le toque esta ingrata pero impostergable tarea. Si los precios de referencia no reflejan fielmente los costos en que se incurre, que siempre dejan por fuera los costos ocultos de lo que le cuesta al Estado el tratamiento de las enfermedades asociadas a la polución ambiental y las muertes que se le atribuyen, a poco andar reaparecerá y se agigantará nuevamente el déficit del FEPC (!).