Aún ningún evento diferente al del Parque cuenta con permiso, puesto que no se ha hecho la evaluación técnica, la evaluación de riesgos y no se han pagado los impuestos requeridos.
Por: ANNELISE BARRIGA RAMÍREZ / EL PILÓN
[email protected]
A menos de un mes del Festival de la Leyenda Vallenata aún no se sabe con exactitud los espectáculos alternos al Parque de la Leyenda Vallenata. Al respecto, el secretario de Gobierno Municipal, Gonzalo Arzuza, aseguró: “No se puede hacer publicidad de ningún evento diferente al de la Fundación del Festival de la Leyenda porque todavía no hemos hecho la evaluación de estos”.
El funcionario argumentó que “aún ningún evento diferente al del Parque cuenta con permiso, puesto que no se ha hecho la evaluación técnica, la evaluación de riesgos y no se han pagado los impuestos requeridos. Cuando sale la publicidad significa que ya se tienen todos los permisos establecidos”.
Entre los requisitos exigidos a los empresarios de la música están: contar con un plan de emergencia y contingencia para la prevención y mitigación del riesgo (certificación Cuerpo de Bomberos, ambulancia y organismos de socorro), certificación logística en el evento, contrato del escenario, certificación planta eléctrica, disponibilidad de parqueadero, y concepto de la Secretaría de Salud que certifique el cumplimiento de las condiciones sanitarias según la legislación vigente.
Asimismo se estipula la necesidad de cumplir con los horarios y ubicación señalada por la Secretaría de Gobierno Municipal, comprobante de pago de los derechos de autor y derechos conexos previstos en la ley, y copia del registro ante el Ministerio de Cultura como productor permanente u ocasional de espectáculos públicos de las artes escénicas.
Para los productores permanentes, se pide comprobante de pago de la contribución parafiscal cultural, correspondiente al período inmediatamente anterior al espectáculo público de las artes escénicas; para los productores ocasionales, se exige garantía o póliza que ampare el pago de la contribución parafiscal cultural, según lo establecido en el artículo 10 de la Ley 1493 de 2011 y la reglamentación vigente.
Asimismo se estipula: certificación expedida por la Oficina del grupo de Gestión Financiera y Contable del Ministerio de Cultura; esta gestión se puede realizar vía correo electrónico elevando la solicitud a la coordinadora del Grupo de Gestión Financiera y Contable, Cecilia Castañeda Cárdenas. Póliza de responsabilidad civil extracontractual como política de la administración municipal en materia de gestión del riesgo; certificación de paz y salvo donde se acredite la prestación del servicio público de aseo en el evento, plan vial certificado por la Secretaría de Tránsito y Transporte de Valledupar, paz y salvo industria y comercio expedido por la Secretaría de Hacienda Municipal, contrato de los artistas y certificación vigilancia privada.
La fecha máxima para pasar la documentación exigida en Secretaría de Gobierno es el lunes primero de abril.
Aún ningún evento diferente al del Parque cuenta con permiso, puesto que no se ha hecho la evaluación técnica, la evaluación de riesgos y no se han pagado los impuestos requeridos.
Por: ANNELISE BARRIGA RAMÍREZ / EL PILÓN
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A menos de un mes del Festival de la Leyenda Vallenata aún no se sabe con exactitud los espectáculos alternos al Parque de la Leyenda Vallenata. Al respecto, el secretario de Gobierno Municipal, Gonzalo Arzuza, aseguró: “No se puede hacer publicidad de ningún evento diferente al de la Fundación del Festival de la Leyenda porque todavía no hemos hecho la evaluación de estos”.
El funcionario argumentó que “aún ningún evento diferente al del Parque cuenta con permiso, puesto que no se ha hecho la evaluación técnica, la evaluación de riesgos y no se han pagado los impuestos requeridos. Cuando sale la publicidad significa que ya se tienen todos los permisos establecidos”.
Entre los requisitos exigidos a los empresarios de la música están: contar con un plan de emergencia y contingencia para la prevención y mitigación del riesgo (certificación Cuerpo de Bomberos, ambulancia y organismos de socorro), certificación logística en el evento, contrato del escenario, certificación planta eléctrica, disponibilidad de parqueadero, y concepto de la Secretaría de Salud que certifique el cumplimiento de las condiciones sanitarias según la legislación vigente.
Asimismo se estipula la necesidad de cumplir con los horarios y ubicación señalada por la Secretaría de Gobierno Municipal, comprobante de pago de los derechos de autor y derechos conexos previstos en la ley, y copia del registro ante el Ministerio de Cultura como productor permanente u ocasional de espectáculos públicos de las artes escénicas.
Para los productores permanentes, se pide comprobante de pago de la contribución parafiscal cultural, correspondiente al período inmediatamente anterior al espectáculo público de las artes escénicas; para los productores ocasionales, se exige garantía o póliza que ampare el pago de la contribución parafiscal cultural, según lo establecido en el artículo 10 de la Ley 1493 de 2011 y la reglamentación vigente.
Asimismo se estipula: certificación expedida por la Oficina del grupo de Gestión Financiera y Contable del Ministerio de Cultura; esta gestión se puede realizar vía correo electrónico elevando la solicitud a la coordinadora del Grupo de Gestión Financiera y Contable, Cecilia Castañeda Cárdenas. Póliza de responsabilidad civil extracontractual como política de la administración municipal en materia de gestión del riesgo; certificación de paz y salvo donde se acredite la prestación del servicio público de aseo en el evento, plan vial certificado por la Secretaría de Tránsito y Transporte de Valledupar, paz y salvo industria y comercio expedido por la Secretaría de Hacienda Municipal, contrato de los artistas y certificación vigilancia privada.
La fecha máxima para pasar la documentación exigida en Secretaría de Gobierno es el lunes primero de abril.