La solicitud la había presentado la defensa de Carlos Flórez González, que también apeló la decisión para que sea nuevamente revisada en segunda instancia.
El Juzgado Segundo Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías en audiencia de sustitución de medida de aseguramiento negó la libertad al exguardián del Inpec, Carlos Andrés Flórez González, acusado de aprovecharse sexualmente de una visitante de la Cárcel Judicial de Valledupar mientras laboraba en esta como dragoneante.
El togado consideró que no existían los fines constitucionales suficientes para acceder a la petición realizada por la defensa de Flórez González que pretendía que a este le fuera sustituida la detención preventiva en centro carcelario por una domiciliaria o en su defecto una no privativa de la libertad.
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La solicitud la había presentado recientemente la abogada Yasmina Ibáñez con base en nuevos elementos probatorios que aparentemente demostrarían que el incriminado no representa un peligro para la sociedad y que fue objeto de un entramado para que cayera en el ‘señuelo’ impuesto por una visitante del centro de reclusión.
Entre las pruebas mostradas estuvo la hoja de vida del implicado y varias entrevistas de quienes fueron sus compañeros o superiores en su lugar de trabajo para demostrar que Flórez en el tiempo que laboró tuvo un comportamiento ejemplar y fue uno de los guardias más destacados en controles de seguridad.
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Sin embargo, este compendio no logró demostrar que el detenido no representa un peligro para la sociedad, no obstruirá el proceso y comparecerá durante el pleito en los estrados judiciales de la capital del Cesar.
LA DEFENSA APELÓ
Ante la negativa del juez, la abogada Yasmina Ibáñez apeló la decisión para que fuera nuevamente analizada en segunda instancia por un juez de conocimiento en el Palacio de Justicia.
“Apelé porque la defensa presenta unos elementos materiales nuevos para que se verifiquen y se ha constatado que efectivamente ese fin constitucional en el cual la Fiscalía sustentó su petición ese cinco de mayo de 2018 lo hizo considerando que era un peligro para la víctima, el cual estaba dentro de la institución penitenciaria. El hecho que le conceda una medida en su lugar de residencia no incide en que sea un peligro para la comunidad porque está sustraído de esa entidad. Sin embargo, el señor juez el ponderativo que demanda la constitución política no lo realiza conforme lo indica la sentencia… que es de obligatorio cumplimiento”, manifestó Ibáñez.
Entre tanto, la Fiscalía 13 seccional en su intervención manifestó que en segunda instancia el juez debe tener en cuenta los argumentos por los que actualmente se le negó la medida solicitada y que si la defensa presenta como prueba la hoja de vida del acusado para desdibujar su peligrosidad en el entorno social, entonces también debe tener a consideración que el delito presuntamente cometido lo realizó cumpliendo funciones en su lugar de trabajo.
“A este no se le está imputando cualquier conducta punible, se le está imputando un hecho grave como un acceso carnal violento cometido en su lugar de trabajo lo cual dista de esa impecable hoja de vida que presentó la defensa”, dijo el ente acusador.
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Al implicado las autoridades lo acusan de haberse aprovechado de su condición de funcionario, como guardia del Inpec, para supuestamente obligar a una visitante a que le practicara sexo oral en medio de una requisa en el mismo centro carcelario donde trabajaba, en hechos denunciados el 12 de noviembre de 2017.
Desde entonces Flórez fue detenido a inicios del mes de mayo del año 2018 y permanece privado de la libertad.
LA VÍCTIMA ESTÁ MUERTA
La denunciante y aparente víctima del abuso, Amalia Cecilia Castrellón, fue hallada muerta a mediados de mayo del año 2017 en una zona enmontada, entre los barrios Altos de Pimienta y Bello Horizonte Dos de Valledupar, por motivos que son materia de investigación.
Por Marllelys Salinas M. / EL PILÓN
[email protected]
La solicitud la había presentado la defensa de Carlos Flórez González, que también apeló la decisión para que sea nuevamente revisada en segunda instancia.
El Juzgado Segundo Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías en audiencia de sustitución de medida de aseguramiento negó la libertad al exguardián del Inpec, Carlos Andrés Flórez González, acusado de aprovecharse sexualmente de una visitante de la Cárcel Judicial de Valledupar mientras laboraba en esta como dragoneante.
El togado consideró que no existían los fines constitucionales suficientes para acceder a la petición realizada por la defensa de Flórez González que pretendía que a este le fuera sustituida la detención preventiva en centro carcelario por una domiciliaria o en su defecto una no privativa de la libertad.
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La solicitud la había presentado recientemente la abogada Yasmina Ibáñez con base en nuevos elementos probatorios que aparentemente demostrarían que el incriminado no representa un peligro para la sociedad y que fue objeto de un entramado para que cayera en el ‘señuelo’ impuesto por una visitante del centro de reclusión.
Entre las pruebas mostradas estuvo la hoja de vida del implicado y varias entrevistas de quienes fueron sus compañeros o superiores en su lugar de trabajo para demostrar que Flórez en el tiempo que laboró tuvo un comportamiento ejemplar y fue uno de los guardias más destacados en controles de seguridad.
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Sin embargo, este compendio no logró demostrar que el detenido no representa un peligro para la sociedad, no obstruirá el proceso y comparecerá durante el pleito en los estrados judiciales de la capital del Cesar.
LA DEFENSA APELÓ
Ante la negativa del juez, la abogada Yasmina Ibáñez apeló la decisión para que fuera nuevamente analizada en segunda instancia por un juez de conocimiento en el Palacio de Justicia.
“Apelé porque la defensa presenta unos elementos materiales nuevos para que se verifiquen y se ha constatado que efectivamente ese fin constitucional en el cual la Fiscalía sustentó su petición ese cinco de mayo de 2018 lo hizo considerando que era un peligro para la víctima, el cual estaba dentro de la institución penitenciaria. El hecho que le conceda una medida en su lugar de residencia no incide en que sea un peligro para la comunidad porque está sustraído de esa entidad. Sin embargo, el señor juez el ponderativo que demanda la constitución política no lo realiza conforme lo indica la sentencia… que es de obligatorio cumplimiento”, manifestó Ibáñez.
Entre tanto, la Fiscalía 13 seccional en su intervención manifestó que en segunda instancia el juez debe tener en cuenta los argumentos por los que actualmente se le negó la medida solicitada y que si la defensa presenta como prueba la hoja de vida del acusado para desdibujar su peligrosidad en el entorno social, entonces también debe tener a consideración que el delito presuntamente cometido lo realizó cumpliendo funciones en su lugar de trabajo.
“A este no se le está imputando cualquier conducta punible, se le está imputando un hecho grave como un acceso carnal violento cometido en su lugar de trabajo lo cual dista de esa impecable hoja de vida que presentó la defensa”, dijo el ente acusador.
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Al implicado las autoridades lo acusan de haberse aprovechado de su condición de funcionario, como guardia del Inpec, para supuestamente obligar a una visitante a que le practicara sexo oral en medio de una requisa en el mismo centro carcelario donde trabajaba, en hechos denunciados el 12 de noviembre de 2017.
Desde entonces Flórez fue detenido a inicios del mes de mayo del año 2018 y permanece privado de la libertad.
LA VÍCTIMA ESTÁ MUERTA
La denunciante y aparente víctima del abuso, Amalia Cecilia Castrellón, fue hallada muerta a mediados de mayo del año 2017 en una zona enmontada, entre los barrios Altos de Pimienta y Bello Horizonte Dos de Valledupar, por motivos que son materia de investigación.
Por Marllelys Salinas M. / EL PILÓN
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